Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

En reformar, adicionar y derogar diversos artículos del Decreto de Creación del organismo público descentralizado Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos (CAPUFE), a fin de reestructurar su organización y funcionamiento, con la finalidad de transformarse en un organismo con un nuevo esquema de prestación de servicios especializados que, además de llevar a cabo la inspección, supervisión y operación de los caminos y puentes federales concesionados, le permita construir, operar, conservar y brindar mantenimiento a los caminos y puentes federales y sus instalaciones complementarias, que administre, explote y opere el organismo; así como prestar servicios auxiliares que complementen su operación y explotación, y de igual forma, en su caso, desarrollar y operar, por sí o a través de terceros, un sistema de telepeaje para lograr su reposicionamiento competitivo en materia tecnológica y de operación de autopistas de cuota, en concordancia con la normativa de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes

Apartado II.- Impacto de la regulación

No se genera un costo de cumplimiento para los particulares, por tratarse de reformas al Decreto de creación de CAPUFE, relativo a la reestructuración de su organización y funcionamiento.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos