Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

Logosimir

Estás aquí­: Inicio /mirs/57225

Exención de AIR

Información general
Punto de contacto
¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

Se emite el Tercer Aviso para que el propietario o poseedor de las aeronaves abandonadas en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México “Benito Juárez”, presente las objeciones correspondientes que conforme a derecho procedan, en términos del artículo 77 de la Ley de Aviación Civil.

Apartado II.- Impacto de la regulación

No genera costo de cumplimiento, toda vez que solo se trata de un Tercer Aviso de declaratoria de abandono de aeronaves en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México “Benito Juárez”.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos