Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

La propuesta regulatoria tiene por objeto emitir la declaratoria de Zona de Desarrollo Turístico Sustentable (ZDTS) potencial, denominada como “Tulum”, que se ubica en el Estado de Quintana Roo, de conformidad con los artículos 3, fracción XXI y 31, de la Ley General de Turismo; 50, del Reglamento de la Ley General de Turismo; y 3, apartado B, de los Lineamientos para la Dictaminación de las Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable.

Apartado II.- Impacto de la regulación

La propuesta regulatoria tiene por objeto emitir la declaratoria de Zona de Desarrollo Turístico Sustentable (ZDTS) potencial, denominada como “Tulum”, que se ubica en el estado de Quintana Roo. En razón de que su carácter es informativo, no implica costos de cumplimiento para los particulares; por tanto, no genera nuevas obligaciones o sanciones, o hace más estrictas las existentes en el marco jurídico vigente; no modifica o crea trámites que signifiquen mayores cargas administrativas a las ya previstas; no reduce o restringe prestaciones o derechos para los particulares; y no establece o modifica nuevas definiciones, clasificaciones, metodologías, criterios, características o cualquier otro término de referencia que pudiera afectar los derechos, obligaciones, prestaciones o trámites.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos