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Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

En cumplimiento a lo establecido en el Punto 13 del Acuerdo por el que se sujeta a permiso previo la exportación de azúcar y se establece un cupo máximo para su exportación (Acuerdo), se da a conocer el ajuste ordinario de marzo de 2024 al monto del cupo máximo para exportar a los Estados Unidos de América (EUA) azúcar originaria de los Estados Unidos Mexicanos, que derive de la caña de azúcar o de remolacha, del ciclo azucarero comprendido del 1 de octubre de 2023 al 30 de septiembre de 2024, por un monto de 617,361.929 Toneladas métricas valor crudo (TMVC). Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el Punto 15, párrafos primero, fracción III, y segundo, inciso c) del Acuerdo, que indica que para la tercera asignación se debe considerar los montos previamente asignados, se tiene que el monto de cupo asignado con datos de julio y septiembre de 2023, fue de 640,728.741 TMVC. En este sentido, con base en el cálculo de cupo total descrito anteriormente, así como los montos del cupo previamente asignados, se informa que durante marzo de 2024 no se tiene monto disponible por asignar

Apartado II.- Impacto de la regulación

El Acuerdo por el que se sujeta a permiso previo la exportación de azúcar y se establece un cupo máximo para su exportación (Acuerdo), publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 5 de octubre de 2017, y modificado mediante diversos publicados en el mismo órgano de difusión oficial el 27 de diciembre de 2020 y el 22 de noviembre de 2022, establece un cupo máximo para exportar a los Estados Unidos de América (EUA), azúcar originaria de los Estados Unidos Mexicanos que derive de la caña de azúcar o de remolacha. El Punto 13 del Acuerdo establece la fórmula para determinar el monto del cupo total de cada ciclo azucarero, que se calculará en julio de cada año y tendrá ajustes ordinarios en septiembre, diciembre y marzo de cada ciclo azucarero de acuerdo a las necesidades de los EUA del mes al que correspondan los ajustes, mismo que debe ser dado a conocer por la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior y la Dirección General de Industrias Ligeras, de la Secretaría de Economía, mediante aviso publicado en el DOF y en el portal electrónico del Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior (SNICE) http://www.snice.gob.mx. El 29 de septiembre de 2023 se publicó en el DOF y en el portal electrónico del SNICE el Aviso mediante el cual se da a conocer el monto del cupo máximo, para exportar azúcar a los Estados Unidos de América del ciclo azucarero comprendido entre el 1 de octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024, con datos de julio de 2023; monto que se actualizó con datos de septiembre y diciembre del 2023 y se dio a conocer mediante diversos publicados en los mismos medios de difusión oficial el 24 de octubre de 2023 y el 7 de marzo de 2024. El informe sobre las estimaciones de la oferta y la demanda agropecuaria mundiales (WASDE por sus siglas en inglés) correspondiente al mes de marzo de 2024, se encuentra publicado por el Departamento de Agricultura de EUA (USDA por sus siglas en inglés), por lo que procede realizar el ajuste ordinario correspondiente a la citada publicación. En ese sentido, con fundamento en los artículos 34, fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 12, fracciones IV y XXIX, 32, fracciones VII, inciso a), y XI, y 33, fracciones I y IX, del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y el Punto 13 del Acuerdo, es necesario dar a conocer el Aviso mediante el cual se da a conocer el ajuste ordinario de marzo de 2024 al monto del cupo máximo para exportar azúcar a los Estados Unidos de América del ciclo azucarero comprendido entre el 1 de octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024.

No

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Apartado III.- Anexos