Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación
La modificación al Estatuto Orgánico de Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) aprobada por la Junta de Gobierno de IMSS-BIENESTAR en su 5ª Sesión Extraordinaria, celebrada en la Ciudad de México, el 20 de marzo de 2024, tiene por objeto modificar y ampliar la organización y funcionamiento del organismo, en específico lo correspondiente a la Estructura Orgánica y sus atribuciones, de la Dirección General, la Unidad de Atención a la Salud, la Coordinación de Unidades de Primer Nivel, la Coordinación de Unidades de Segundo Nivel, la Coordinación de Hospitales de Alta Especialidad y Programas Especiales, la Coordinación de Supervisión, la Coordinación de Educación e Investigación, la Coordinación de Programas Preventivos, la Coordinación de Normatividad y Planeación Médica, las Coordinaciones en cada uno de los Hospitales Regionales de Alta Especialidad, la Unidad de Administración y Finanzas, la Coordinación de Programación y Presupuesto, la Coordinación de Contabilidad y Trámite de Erogaciones, la Coordinación de Servicios de Administración, la Coordinación de Abasto, la Coordinación de Recursos Humanos, la Coordinación de Administración de Nómina Federalizada e IMSS-BIENESTAR, la Coordinación de Tecnologías de la Información, la Coordinación de Proyectos y Construcción de Obra, la Coordinación de Equipamiento para Establecimientos de Salud, la Coordinación de Conservación y Mantenimiento de Infraestructura, la Coordinación de Evaluación y Seguimiento de Infraestructura Operativa, la Unidad Jurídica, la Coordinación de Convenios, Contratos y Regularización Inmobiliaria, la Coordinación de Asuntos Consultivos y Normativos, la Coordinación de lo Contencioso, la Coordinación de Vinculación Estatal, la Coordinación de Acción Comunitaria, la Coordinación de Transparencia y Vinculación, la División de Comunicación Social y Medios Alternativos, el Órgano de Vigilancia, el Órgano Interno de Control Específico, las Coordinaciones Estatales, la Jefatura de Servicios de Atención a la Salud, la Jefatura de Servicios Administrativos y Finanzas y la Jefatura de Servicios Jurídicos, a fin de cumplir con sus objetivos y atribuciones que le confiere su decreto de creación, la Ley General de Salud y el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, para regular el Sistema de Salud para el Bienestar publicado en el Diario Oficial de Federación el 29 de mayo de 2023.
Apartado II.- Impacto de la regulación
4. Justifique las razones por las que considera que la regulación propuesta no genera costos de cumplimiento para los particulares, independientemente de los beneficios que ésta genera:
*
La regulación propuesta no genera costos de cumplimiento para los particulares, toda vez que la misma únicamente tiene por objeto precisar y ampliar las facultades y funciones que corresponden a las distintas áreas, referidas en el acuerdo, que integran al organismo público descentralizado denominado Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR), se trata de normatividad aplicable al interior del organismo.
5.1 Crea nuevas obligaciones y/o sanciones para los particulares o hace más estrictas las existentes:
No
5.2 Modifica o crea trámites que signifiquen mayores cargas administrativas o costos de cumplimiento para los particulares:
No
5.3 Reduce o restringe prestaciones o derechos para los particulares:
No
5.4 Establece o modifica definiciones, clasificaciones, metodologías, criterios, caracterizaciones o cualquier otro término de referencia, afectando derechos, obligaciones, prestaciones o trámites de los particulares:
No
Apartado III.- Anexos
Anexe las versiones electrónicas de los documentos consultados o elaborados para diseñar la regulación:
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