Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

El Acuerdo por el que se Modifican, Adicionan y Derogan las Bases para la recepción de bienes muebles e inmuebles que transfieran a favor de los Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR), expedido por el Director General y aprobado por la Junta de Gobierno de Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR), mediante Acuerdo 3ª.E.3.2/0324.R, dictado en su Tercera Sesión Extraordinaria, celebrada en la Ciudad de México, el 01 de marzo de 2024, tiene como objetivo modificar las Bases que establecen los términos y condiciones conforme a los cuales, el IMSS-BIENESTAR recibirá en transferencia los bienes muebles e inmuebles que integran la infraestructura y recursos materiales necesarios para la implementación del Modelo de Atención a la Salud para el Bienestar (MAS-BIENESTAR), por parte de las entidades federativas, los cuales podrán formar parte de su patrimonio.

Apartado II.- Impacto de la regulación

La regulación propuesta no genera costos de cumplimiento para particulares, pues su objetivo principal es modificar las Bases que establecen los términos y condiciones conforme a los cuales, el IMSS-BIENESTAR recibirá en transferencia los bienes muebles e inmuebles que integran la infraestructura y recursos materiales necesarios para la implementación del Modelo de Atención a la Salud para el Bienestar (MAS-BIENESTAR), por parte de las entidades federativas, los cuales podrán formar parte de su patrimonio.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos