Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Exención de AIR

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

La propuesta de reforma a las Disposiciones Generales en Materia de Funciones de Tesorería consiste principalmente en precisar y esclarecer la vigencia de las cuentas bancarias que haya autorizado la Tesorería de la Federación a las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, conforme a lo previsto en el artículo 18, último párrafo de la Ley de Tesorería de la Federación, a fin de que la administración de los recursos públicos federales se realice de una forma más transparente, eficiente y oportuna. Al respecto, toda vez que las mejoras propuestas a las Disposiciones no crea nuevas obligaciones o hace más estrictas las obligaciones existentes; no crea o modifica trámites; no reduce o restringe derechos o prestaciones; y no afecta los derechos, obligaciones, prestaciones o trámites, sino al contrario reduce cargas administrativas y hace más eficiente la operación en materia de tesorería, se solicita la procedencia de exención de presentación de la AIR como en su momento se otorgó a esta Tesorería mediante el oficio COFEME/23/1576 de fecha 8 de marzo de 2023, el cual se incorpora en el apartado de Anexos para pronta referencia.

Apartado II.- Impacto de la regulación

No genera costos de cumplimiento para los particulares ya que su ámbito de aplicación es para las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal. Por lo anterior, no crea obligaciones ni sanciones, no crea trámites, no reduce ni restringe prestaciones o derechos, para los particulares.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos