Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

Los presentes Lineamientos tienen como propósito establecer acciones para la prevención, atención (detección, notificación, intervención y seguimiento) y medidas de no repetición que permitan la erradicación del acoso escolar en los planteles educativos de tipo básico (preescolar, primaria y secundaria).

Apartado II.- Impacto de la regulación

Los presentes Lineamientos están dirigidos a las Autoridades Educativas Estatales, de la Ciudad de México y Municipales (Autoridades Educativas Locales – AEL) que proveen educación básica (preescolar, primaria y secundaria) para que en el ámbito de sus atribuciones impulsen la implementación de acciones que procuren garantizar a niñas, niños y adolescentes (NNA) el derecho a una educación libre de violencia y discriminación y a la convivencia pacífica, inclusiva y democrática, que favorezca su bienestar integral y una educación de excelencia.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos