Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

Se trata de un acuerdo administrativo el cual tiene por objeto suspender los plazos que se prevén en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y el Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial, durante el periodo comprendido del 25 de octubre al 15 de diciembre de 2023, en las solicitudes, promociones y, en general todo tipo de trámite ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, que hayan señalado como domicilio para oír y recibir notificaciones el estado de Guerrero, con anterioridad al 24 de octubre de 2023.

Apartado II.- Impacto de la regulación

No genera costos de cumplimiento a los particulares, en virtud de que el objetivo de la regulación es dar a conocer la suspensión de los plazos previstos en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y el Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial, con motivo de la situación de emergencia (huracán Otis).

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos