Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

Logosimir

Estás aquí­: Inicio /mirs/55670

Exención de AIR

Información general
Punto de contacto
¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

El objeto del presente Reglamento es regular el funcionamiento y operación del Mecanismo para la Implementación y Protección de los Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicano, que es la instancia de formulación y coordinación de las políticas públicas transversales para el reconocimiento, implementación y protección de los derechos de los pueblos indígenas y afromexicano, para su desarrollo integral, intercultural y sostenible y bienestar común. Dicho Mecanismo tiene tiene por objeto proponer, definir, coordinar y supervisar las políticas públicas, planes, programas, proyectos y acciones institucionales e interinstitucionales, con pertinencia social, económica, cultural y lingüística, bajo los principios de igualdad y no discriminación.

Apartado II.- Impacto de la regulación

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 del referido Reglamento, el Mecanismo para la Implementación y Protección de los Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicano contará con una Secretaría Técnica a cargo de la Dirección General del Instituto Nacional de los Pueblos Indigenas, misma que correrá con los gastos que genere la aplicación de éste.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos