Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

Logosimir

Estás aquí­: Inicio /mirs/55318

Exención de AIR

Información general
Punto de contacto
¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

El Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico, suscrito en Cartagena de Indias, D.T. C. República de Colombia el 10 de febrero de 2014 (Protocolo Adicional), entró en vigor el 1 de mayo de 2016. Por su parte, el Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de las Mercancías (Sistema Armonizado), del cual los países de la Alianza del Pacífico son parte, establece una nomenclatura común para agilizar los trámites aduaneros y facilitar el intercambio comercial internacional. El 1 de enero de 2022, la Organización Mundial de Aduanas adoptó la Séptima Enmienda al Sistema Armonizado que incluyen modificaciones que inciden directamente en el Anexo 4.2 (Requisitos Específicos de Origen) del Protocolo Adicional, por lo que, el Comité de Reglas de Origen, Procedimientos Relacionados con el Origen, Facilitación del Comercio y Cooperación Aduanera, adecuó dicho anexo a la Séptima Enmienda. En ese sentido, el 24 de noviembre de 2022, la Comisión de Libre Comercio del Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico, de conformidad con el artículo 16.2.2 del Protocolo Adicional, adoptó la Decisión No. 15 relativa a la actualización del Anexo 4.2 (Requisitos Específicos de Origen) al Sistema Armonizado 2022 y su Anexo. En este sentido, el presente instrumento tiene por objeto dar a conocer a los particulares y autoridades aduaneras la Decisión No. 15 y su Anexo, los cuales no generan obligaciones, ni costos para los particulares.

Apartado II.- Impacto de la regulación

El presente Acuerdo tiene por objeto dar a conocer a los particulares y autoridades aduaneras la Decisión No. 15 de la Comisión de Libre Comercio del Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico y su Anexo, los cuales no generan obligaciones, ni costos para los particulares.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos