Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

Logosimir

Estás aquí­: Inicio /mirs/54923

Exención de AIR

Información general
Punto de contacto
¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

El instrumento tiene como finalidad hacer del conocimiento del público en general el levantamiento de la suspensión de plazos y términos legales de todos los trámites, procedimientos y cualquier actividad competencia de la Secretaría de Energía y sus órganos administrativos desconcentrados, suspendidos en virtud del “ACUERDO por el que se establece la suspensión de plazos y términos legales en la Secretaría de Energía, como medida de prevención y combate a la propagación del Coronavirus COVID-19”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de marzo de 2020, y sus modificatorios publicados en el mismo órgano de difusión del Gobierno Federal los días 17 y 30 de abril y 29 de mayo de 2020.

Apartado II.- Impacto de la regulación

La propuesta regulatoria materia de la presente solicitud, no genera costos de cumplimiento a los particulares en virtud de que tiene un carácter meramente informativo, toda vez que prevé que a partir del 1° de marzo de 2023 se reanudan los plazos y términos legales de todos los trámites, procedimientos y servicios de la competencia de la Secretaría de Energía y sus órganos administrativos desconcentrados, y con ello, no se crean nuevas obligaciones y/o sanciones para los particulares, ni hace más estrictas las existentes; asimismo, no modifica o crea nuevos trámites, tampoco se reduce o restringe derechos a los particulares ni establece o modifica definiciones, clasificaciones, metodologías, criterios, caracterizaciones o cualquier otro término de referencia, afectando derechos, obligaciones, prestaciones o trámites de los particulares, por lo que no genera costos de cumplimiento y, en consecuencia, se estima que no genera un impacto regulatorio.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos