Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

Derivado de la práctica en la implementación del registro, y para la mayor eficacia en el desarrollo de las acciones de vigilancia y promoción del cumplimiento de la normatividad laboral que regula la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas, se ha estimado conveniente modificar las disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que los presten, en donde se establece que la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo será la encargada de vigilar y promover el cumplimiento de la legislación laboral en materia de subcontratación, en todos los centros de trabajo que estén inscritos en el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas, así como en las empresas beneficiarias de dichos servicios.

Apartado II.- Impacto de la regulación

El presente acuerdo no crea nuevas obligaciones y/o sanciones para los particulares; no modifica o crea trámites que signifiquen mayores cargas administrativas o costos de cumplimiento para los particulares; no reduce ni restringe prestaciones o derechos para los particulares; no establece ni modifica definiciones, clasificaciones, metodologías, criterios, caracterizaciones o cualquier otro término de referencia, afectando derechos, obligaciones, prestaciones o trámites a particulares.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos