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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Indique el (los) supuesto (s) de calidad para la emisión de regulación en términos del artículo 3 del Acuerdo de Calidad Regulatoria.

Si

No

Si

Si

Realizar las reformas al REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL PARA EL CONTROL DEL TABACO., para dar cumplimiento a lo establecido en el DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General para el Control del Tabaco., publicado en el Diario oficial de la Federación el 17 de febrero del 2022 en el que se señala las medidas que se van a tomar para proteger la salud de la población de los efectos nocivos del tabaco, por lo que se armoniza a nivel de reglamento las disposiciones relativas a la protección de los derechos de los no fumadores a vivir y convivir en espacios cien por ciento libres de humo de tabaco; reducir su consumo sobre todo en menores de edad así como difundir el conocimiento de los riesgos atribuibles al consumo y a la exposición al humo de tabaco, quitar los productos de tabaco en puntos de venta y todo tipo de anuncios, la contempla además la prohibición de la importación, exportación, comercialización, venta, producción o fabricación de cigarros electrónicos, vaporizadores, productos de administración de nicotina y calentado de tabaco, así como su uso en espacios públicos. VER anexo ECB

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación
1. Describa los objetivos generales de la regulación propuesta#1

La regulación propuesta, tiene por objeto la vigilancia sanitaria de los productos del tabaco, su elaboración, fabricación, importación y prohibiciones en toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los mismos; así como la regulación para la protección contra la exposición al humo de tabaco y emisiones, en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley General para el Control del Tabaco.

El tabaquismo es un gran problema para la salud pública, que requiere de atención inmediata pues mato a más de 8 millones de personas al año, de las cuales más de 7 millones son consumidores directos y alrededor de 1,2 millones son no fumadores expuestas al humo ajeno: El tabaco es perjudicial en todas sus modalidades y no existe un nivel seguro de exposición al tabaco. En nuestro país, cerca de 14.2 millones de mexicanos adultos fuman tabaco y 585 mil adolescentes, los hombres son quienes más consumen (11.1 millones), mientras que aproximadamente 3.8 millones de mujeres san fumadoras. De los cuales, 5.5 millones fuman diario; 9.4 millones son fumadores ocasionales y 1.8 millones tienen adicción a les nicotina. Las enfermedades derivadas del consumo de productos de tabeen tienen un impacto social y económico muy grande, sobre todo en afectaciones en salud de las personas. En gran parte es atribuible a los factores que incentivan a las personas al consumo y dependencia el tabaco, como tal mercadotecnia mundial. Estés factores son los responsables del consumo excesivo del tabaco tanto en adultos como en adolescentes y niños. Es México En la edad promedio de inicio entre los fumadores diarios adolescentes es de 15 años. Lo anterior representa un problema social de índole mundial que afectan tanto a las personas que lo consumen directamente como a los que están alrededor de estos consumidores. Ocasionando diversas enfermedades pues el consumo de tabaco es uno de los principales factores de riesgo de varias enfermedades crónicas como el cáncer y enfermedades pulmonares y cardiovasculares. En México se estima que anualmente 16,408 personas son diagnosticadas de un cáncer provocado por el tabaquismo, cada año ocurren 94,033 infartos y hospitalizaciones por enfermedad cardiaca a causa del tabaquismo y se pierde: 1, 081,206 años de vida por muerte prematura o discapacidad. El humo de tabaco de segunda mano es la mezcla del humo que exhala e fumador y el humo que emana el cigarrillo encendido. Este humo genera una mezcla mortal de más de 7,000 sustancias químicas, de las cuales al menos 250 provocan daños comprobadoras la salud y al menos 69 de esas sustancias son cancerígenas. Se estima que un México anualmente 40 millones de personas se encuentran expuestas al humo de tabaco de segunda mano en lugares públicos o privados. Aunado a lo criterio, existe el humo de tercera mano, el cual se genera cuando la nicotina y otros compuestos reaccionan con elementos presentes en el aire y producen otras: Nuevas y muy peligrosas sustancias, como las llamadas nitrosas minas, probablemente más tóxicas que el propio tabaco. Existe datos que evidencian que la exposición a las emisiones del tabaco afecta a la salud de la familia de las personas con tabaquismo: los cónyuges e hijos que se ven dentro de un ambiente doméstico con humo de tabaco es alta. Además de causar asma, bronquitis, neumonía e infecciones del oído en lo niños y cáncer del pulmón y cardiopatía en los adultos, el humo de tabaco en el ambiente tiene repercusión enorme sobre la salud perinatal. La exposición del feto al tabaquismo de la madre o en tomo a ella aumenta enormemente el riesgo del aborto espontaneo, complicaciones del parto, bajo peso al nacer y problemas de desarrollo. El humo de tabaco en el ambiente es causante de hasta 40% de los casos de muerte súbita del lactante. Por otra parte, las enfermedades respiratorias como el asma son potencializadas por el humo de tabaco, ya que este aumenta le frecuencia de los episodios y la severidad de los síntomas en los niños asmáticos y es un factor de nesgo para nuevos casos de esa sin síntomas previos. Y aquellos adultos asmáticos se ven obligados a mantenerse alejados de lugares públicos donde no se prohíbe fumar. El tabaquismo es un factor de riesgo de 6 de & principales causas de muertes a nivel mundial y de 4 de 6 enfermados no transmisibles más prevalentes, las cuales son responsables de casi dos tercios de las muertes a nivel mundial. En México se estima que cada año mueren poco más de 51 mil personas por enfermedades atribuibles al tabaquismo, que representan: 7.3% del total de las muertes producidas por enfermedades: al año, 141 muertes al día que pueden ser prevenibles y 1,2 millones de años de vida saludables perdidos anualmente atribuibles al consumo de tabaco. "Se estima que, en México de las muertes por enfermedades atribuibles al tabaco, 11,469 Corresponden a enfermedades cardiacas, 10,664 a enfermedad pulmonar obstructiva. Por lo anterior se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 17 de febrero del 2022, del DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General para el Control del Tabaco, mediante el cual se mandata que son facultades de la Secretaría, de conformidad con lo dispuesto en la Ley, sus reglamentos y demás disposiciones aplicables la formulación de las disposiciones relativas a los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y emisiones, establecer cualquier otro lugar con acceso al público adicional en los señalados en el artículo 26 de dicha ley la prohibición a cualquier persona consumir o tener encendido cualquier producto del tabaco y nicotina en los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y emisiones, así como determinar la ubicación de las zonas exclusivamente para fumar, y delimitar las prohibiciones en toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los mismos. Asimismo, dichas reformas contemplan acciones de prevención y mitigación de daños derivados de los productos del tabaco mediante la definición de espacios 100 libres de humo de tabaco y sus emisiones como toda área física de acceso público, lugar de trabajo, transporte público o espacio de concurrencia colectiva (tanto público como privado sea abierto o cerrado) con el objetivo de proteger, además de los derecho antes citados, el derecho a un Medio Ambiente sano y adecuado para el desarrollo y bienestar de la población.

Reglamento

Disposiciones jurídicas vigentes#1

Ley General para el Control del Tabaco. El Decreto de Modificación de la Ley General para el Control del Tabaco publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 17 de febrero del 2022, establece diversas medidas con el fin de proveer un marco legal que establezca medidas que garanticen la protección del derecho a la salud de la población mexicana, sobre los efectos nocivos derivados de los productos de tabaco, así como prevalecer la protección del interés superior de la niñez mediante reformas que prohíban la eliminación total de la publicidad de estos productos que mayormente atraen a la población infantil y adolescente a su consumo y que abren la posibilidad de desarrollar una adicción futura; sin embargo, resulta insuficiente la sola publicación del Decreto, ya que es necesario establece

Apartado II.- Identificación de las posibles alternativas a la regulación
Alternativas#1

No emitir regulación alguna

Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#1

Esta alternativa no resulta viable debido a que al dejar de emitir regulación alguna, existe un riesgo inminente para la salud, ya que estos productos al tratarse de un problema de salud pública requieren de requisitos específicos.

Alternativas#2

Esquemas voluntarios

Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#2

Contemplar la implementación de algún esquema voluntario implicaría, por un lado que no se pueda corregir la problemática actual, y, por otra parte, no habrá suficiente estímulos para implementar este esquema.

Alternativas#3

Esquemas de autorregulación

Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#3

Actualmente no existe esquema de autorregulación identificado para el tema de insumos para la salud. Un esquema de este tipo, identificaría la no obligatoriedad de las especificaciones e implicaría dejar de mano de los particulares su cumplimiento. Al no existir parámetros claramente establecidos que limiten las mencionadas especificaciones, presenta no controlar un riesgo para la salud que ya está latente

VER ANEXO ECB

Apartado III.- Impacto de la regulación
Accion#1

No Aplica

Tipo#1
Vigencia#1
Medio de presentación#1
Requisitos#1
Población a la que impacta#1
Ficta#1
Plazo#1
Justificación#1

Nombre del trámite#1
Homoclave#1
Obligaciones#1
Artículos aplicables#1

VER ANEXO (RESPUESTA PREGUNTA 7)

Justificación#1

Grupo o industria al que le impacta la regulación#1

Industria tabacalera

Describa o estime los costos#1

VER ANEXO ECB

La propuesta de modificación no contempla esquemas que impacten de manera diferenciada al sector o agentes económicos en los que resulte aplicable dicha modificación, de igual forma se considera que la modificación en comento, no afecta la competencia y libre concurrencia en los mercados, ni la circulación y tránsito de mercancías. Igualmente, se considera que no existe afectación, alteración o incumplimiento, a los compromisos de México contenidos en tratados comerciales internacionales y normas generales de comercio internacional, ni se restringe indebidamente la actividad económica.

Grupo o industria al que le impacta la regulación#1
Describa de manera general los beneficios que implica la regulación propuesta#1

A la población en general, así como a los menores de edad, personas no fumadoras y fumadores pasivos VER ANEXO ECB

Proporcione la estimación monetizada de los beneficios que implica la regulación#1

VER ANEXO ECB

VER ANEXO ECB

Apartado IV. Cumplimiento y aplicación de la propuesta

Mediante los mecanismos de inspección, verificación, vigilancia y sanciones que se aplicarán para garantiza el cumplimiento de la regulación, serán los establecidos en las disposiciones legales aplicables para cada una de las dependencias conforme a sus atribuciones. Se implementará con los mismos recursos que viene operando las dependencias competentes.

Apartado V. Evaluación de la propuesta

Mediante la verificación del cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente regulación y en su caso la aplicación de las sanciones correspondientes.

Apartado VI. Consulta pública

No

Mecanismo mediante el cual se realizó la consulta#1
Señale el nombre del particular o el grupo interesado#1

Describa brevemente la opinión del particular o grupo interesado#1

n/a

n/a

Apartado VII. Anexos