Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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MIR DE IMPACTO MODERADO CON ANALISIS DE IMPACTO EN EL COMERCIO EXTERIOR

Información general
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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Indique el (los) supuesto (s) de calidad para la emisión de regulación en términos del artículo 3 del Acuerdo de Calidad Regulatoria.

Si

No

Si

No

Es un instrumento que se deriva de una obligación específica establecida alguna ley, reglamento, decreto, acuerdo u otra disposición de carácter general expedidos por el Titular del Ejecutivo Federal toda vez que atiende a las facultades establecidas en el los artículos 4 fracción III, 5 fracción III, 17, 20, 23 y 24 de la Ley de Comercio Exterior; 26, 31, 33 y 35 del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior. Es un instrumento que representa beneficios notoriamente superiores a sus costos en términos de la competitividad y eficiencia de los mercados toda vez que el Cupo es una Política Industrial que busca impulsar el desarrollo del gremio JUGUETERO, ayudándole a complementar la oferta del juguete en el territorio nacional, fomentando así la competitividad del sector y facilitando el establecimiento de condiciones para mejorar la productividad, la innovación y la inversión en la industria del juguete. La Industria plantea proyecciones con incrementos en indicadores de inversión, empleo, exportaciones, contenido nacional y una mayor integración ente Industrias durante el 2022-2024, propone el seguimiento de sus propuestas del Plan Industrial basados en estadísticas comprobables y certificados

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

Reactivar el cupo de importación de juguetes y productos para bebé con periodicidad anual al 30 de abril del 2023 y del 01 de mayo del 2023 al 30 de abril del 2024

Derivado de la creciente competencia de China en el mundo (desde su ingreso a la OMC), y la inminente eliminación de cuotas compensatorias contra ese país, la Secretaría de Economía decide crear el cupo de importación de juguetes y productos para bebé en el mes de agosto del 2005 para apoyar a la Industria y contrarrestar los efectos negativos que podrían traer estos sucesos. El cupo de juguetes y de productos para bebé, tuvo como objetivos centrales, incentivar la inversión en México, incrementar la productividad, fomentar la innovación y la creación de más empleos en la industria para contribuir al mejor desempeño de las empresas en el dinámico entorno comercial. Durante el periodo de vigencia del Cupo de Importación, 2006 al 2020, la tasa media de crecimiento anual del valor de producción de juguetes incremento 3.2% respecto del periodo del 2000 al 2006, el empleo incremento 0.3% y el consumo nacional aparente en este mismo periodo fue de 0.9%. La Industria pudo mantenerse sin afectaciones graves durante este periodo. En la actualidad, según datos de INEGI, durante el año 2020, la producción nacional de juguetes fue de 112.3 millones de dólares, reducción del 28.9% respecto del año 2019 y el empleo se contrajo 2.5% en este mismo periodo; caídas en gran medida, causadas por el virus SARS-CoV-2. Sin embargo, durante los meses de enero a noviembre del 2021, la producción nacional de juguetes fue de 126.6 millones de dólares, incremento del 21.2% respecto del mismo periodo del año anterior, mientras que el empleo incremento 22.4% en el mismo periodo. El Plan de Reactivación Económica de la Secretaria de Economía 2021 y 2022 se ha promovido como un instrumento para enfrentar la compleja situación económica y sanitaria presentada en México y el Mundo, ante la pandemia por COVID-19, un Plan estratégico basado en 4 ejes para el fortalecimiento de las Industrias, haciéndolas más innovadoras, incluyentes entre las industrias y mayor diversidad de productos y de exportación. La Industria Juguetera mediante la creación de su HUB Juguetero al norte de México pretende fortalecer las cadenas de valor y de suministro, atrayendo inversión extranjera a nuestro país, incremento el empleo directo e integrando en sus productos, mayor cantidad de insumos nacionales y contenido regional, objetivos que se alinean al Plan de Reactivación Económica de la Secretaria de Economía. El Cupo es una Política Industrial que busca impulsar el desarrollo del HUB JUGUETERO, ayudándole a complementar la oferta del juguete en el territorio nacional, fomentando así la competitividad del sector y facilitando el establecimiento de condiciones para mejorar la productividad, la innovación y la inversión en la industria del juguete. La Industria plantea proyecciones con incrementos en indicadores de inversión, empleo, exportaciones, contenido nacional y una mayor integración ente Industrias durante el 2022-2024, propone el seguimiento de sus propuestas del Plan Industrial basados en estadísticas comprobables y certificados.

Acuerdo Secretarial

Disposiciones jurídicas vigentes#1

No existe disposición jurídica vigente que atienda la problemática planteada

Apartado II.- Identificación de las posibles alternativas a la regulación
Alternativas#1

Esquemas de autorregulación

Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#1

El esquema de autorregulación no es viable toda vez que los mecanismos de asignación de los cupos deben ser establecidos mediante Acuerdo Secretarial, en los cuales se establecen los montos y procedimientos que debe llevar a cabo el particular, de no ser así no habría manera de regular.

Alternativas#2

No emitir regulación alguna

Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#2

De no emitir regulación alguna no se lograría el objetivo del acuerdo que es impulsar el desarrollo del gremio JUGUETERO, ayudándole a complementar la oferta del juguete en el territorio nacional, fomentando así la competitividad del sector y facilitando el establecimiento de condiciones para mejorar la productividad, la innovación y la inversión en la industria del juguete

El Cupo es una Política Industrial que busca impulsar el desarrollo del HUB JUGUETERO, ayudándole a complementar la oferta del juguete en el territorio nacional, fomentando así la competitividad del sector y facilitando el establecimiento de condiciones para mejorar la productividad, la innovación y la inversión en la industria del juguete

Apartado III.- Impacto de la regulación
Accion#1

Modifica

Nombre del trámite#1

ASIGNACIÓN DIRECTA DE CUPO

Tipo#1

Obligación

Vigencia#1

n/a

Medio de presentación#1

VENTANILLA DIGITAL MEXICANA DE COMERCIO EXTERIOR

Requisitos#1

I. Opinión positiva de cumplimiento de obligaciones fiscales, vigente, emitida por el SAT, conforme a lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación; II. Escrito libre en términos de la Regla 1.3.5 del Acuerdo por el que la Secretaria de Economía emite Reglas y Criterios de Carácter General en materia de Comercio Exterior publicado en el DOF el 9 de mayo de 2022 dirigido a la SE, en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, lo siguiente: a) Si la Empresa solicitante es miembro de alguna Asociación, en cuyo caso deberá señalar el objeto de la misma, el año de su fundación y el porcentaje de representación en su conjunto de la Industria en el país. b) El compromiso de realizar su mejor esfuerzo para llevar a cabo acciones, con la finalidad de incrementar en porcentaje, la producción, inversión, generación de empleos y desarrollo de contenido nacional en sus productos, especificando las acciones que realizarán para cada uno de los rubros mencionados y las etapas en que estas se llevarán a cabo. III. Reporte emitido por Contador Público Registrado, dirigido a la SE, en el cual declare bajo protesta de decir verdad, que habiéndose constituido en el domicilio fiscal del solicitante y teniendo a la vista la documentación constitutiva de la empresa, sus estados contables y financieros y demás información necesaria para rendir dicho reporte por el periodo declarado, certifique, informe y manifieste lo siguiente: a) Que el solicitante cumple con la calidad de Empresa Productora conforme a lo señalado en el artículo Segundo fracción V de este Acuerdo, o en su caso, que cumple con la calidad de Grupo de Interés Económico conforme a la fracción VI del mismo artículo. Deberá desglosar los datos e información detallada de la Empresa o del Grupo de Interés Económico conforme a lo que indican las fracciones correspondientes del artículo citado, además de lo siguiente: i. En caso de que se trate de un Productor Indirecto, conforme a lo señalado en el artículo Segundo fracción VIII, deberá declarar los datos de su(s) productor(es) tercero(s): el nombre o razón social, RFC, nombre del representante legal, domicilio fiscal y domicilio de las instalaciones productivas; presentar relación de los productos fabricados, describir brevemente los procesos productivos y anexar copia del contrato vigente que acredite el objeto de la relación contractual, y ii. En el supuesto de que la Empresa Productora se hubiera desempeñado como Productor Tercero, conforme a lo señalado en el artículo Segundo fracción IX, incluir los datos de su(s) Productor(es) Indirecto(s): el nombre o razón social, RFC, nombre del representante legal, domicilio fiscal y presentar relación de los productos fabricados, describir brevemente los procesos productivos y anexar copia del contrato vigente que acredite el objeto de la relación contractual; b) Informe anual de la producción y ventas de producción nacional de juguetes y productos para bebé, en volumen y su valor en pesos, desglosado por cada tipo de producto fabricado y su clasificación arancelaria. Según el tipo de empresa, esta información deberá presentarse: i. Para los dos años calendario, previos a la presentación de la solicitud, tratándose de Empresas Productoras Tradicionales, y ii. Para un año calendario previo a la presentación de la solicitud, para Empresas Productoras Nuevas. Tratándose de Empresas Productoras Tradicionales Mixtas, este informe deberá desglosar, por un lado: los datos de producción y ventas directas de la empresa, y por otro: los datos de producción y ventas que como productor tercero se destinaron a cada Empresa Productora Indirecta con la que tenga celebrado contrato de servicios de manufactura; c) Informe anual de empleo desglosado en empleos fijos y temporales acorde con las cédulas de determinación de cuotas obrero-patronales, aportaciones y amortizaciones emitidas por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), y d) Reporte de inversión, innovación y desarrollo de productos, realizados en el año previo a la solicitud. Tratándose de solicitudes presentadas por el Grupo de Interés Económico, el cumplimiento de cada uno de los incisos a los que se refiere esta fracción, deberá observarse para cada una de las Empresas Productoras que lo conforman. El reporte del Contador Público Registrado deberá contener como anexos copia del (los) Estado(s) de Resultados anual(es) correspondiente(s) al periodo reportado; asimismo, deberá firmar e indicar su número de registro vigente en cada una de las hojas y anexos que integren su reporte.

Población a la que impacta#1

IMPORTADORES DE JUGUETES

Ficta#1

No aplica

Plazo#1

n/a

Justificación#1

Es necesario que los solicitantes se encuentren al corriente del cumplimiento de sus obligaciones fiscales y contar con información cierta y comprobable certificada por un Contador Público que declare bajo protesta de decir verdad, que habiéndose constituido en el domicilio fiscal del solicitante y teniendo a la vista la documentación constitutiva de la empresa, sus estados contables y financieros y demás información necesaria para rendir dicho reporte por el periodo declarado, certifique, informe y manifieste lo solicitado e indicarcuales son los medios para solicitar la expedición del certificado de cupo

Obligaciones#1

Otras

Artículos aplicables#1

PRIMERO

Justificación#1

Es necesario indicar la fracción que clasifica la mercancía, el monto del cupo y el periodo en el que estará vigente

Obligaciones#2

Establecen o modifican estándares técnicos

Artículos aplicables#2

segundo

Justificación#2

Es necesario establecer las definiciones de los distintos términos que se utilizan a lo largo del documento

Obligaciones#3

Establecen o modifican estándares técnicos

Artículos aplicables#3

Tercero.-

Justificación#3

es necesario establecer el mecanismo de asignación del cupo

Obligaciones#4

Condicionan un beneficio

Artículos aplicables#4

Cuarto

Justificación#4

Es necesario señalar quiénes podrán hacer uso del cupo

Obligaciones#5

Establecen o modifican estándares técnicos

Artículos aplicables#5

Quinto

Justificación#5

Es necesario establecer el periodo del cupo e indicar bajo qué criterios y requisitos podrá ser autorizado el cupo.

Obligaciones#6

Establecen o modifican estándares técnicos

Artículos aplicables#6

Octavo

Justificación#6

Es necesario establecer las autoridades competentes para la interpretación del Acuerdo

Obligaciones#7

Condicionan un beneficio

Artículos aplicables#7

Noveno

Justificación#7

es necesario establecer que las autorizaciones emitidas al amparo del acuerdo no eximen del cumplimiento de otros requisitos y demás regulaciones aplicables a la importación de las mercancías.

no

Medidas#1

Medidas no arancelarias relacionadas con las exportaciones o importaciones

Identifique el o los numeral(es) en el que se ubica la medida#1

PRIMERO

Señale brevemente como afectaría la medida a los exportadores, importadores, y/o prestadores de servicios transfronterizos o cualquier otro sujeto afectado#1

La medida no afectaría a los usuarios, por el contario, la medida los beneficia al tener la posibilidad de importar la mercancía que se indica en el Acuerdo con el arancel-cupo establecido en el Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, el Decreto para el apoyo de la competitividad de la industria automotriz terminal y el impulso al desarrollo del mercado interno de automóviles, el Decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte, el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial y los diversos por los que se establecen aranceles-cupo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2020

Justifique la medida, indicando por qué resulta necesaria#1

El Cupo es una Política Industrial que busca impulsar el desarrollo del HUB JUGUETERO, ayudándole a complementar la oferta del juguete en el territorio nacional, fomentando así la competitividad del sector y facilitando el establecimiento de condiciones para mejorar la productividad, la innovación y la inversión en la industria del juguete.

No

NO APLICA

No

NO APLICA

Medidas#1

Cupos

Identifique el o los numeral(es) en el que se ubica la medida#1

PRIMERO, CUARTO Y QUINTO

Señale brevemente como afectaría la medida a los exportadores, importadores, y/o prestadores de servicios transfronterizos o cualquier otro sujeto afectado#1

La medida no afectaría a los usuarios, por el contario, la medida los beneficia al tener la posibilidad de importar la mercancía que se indica en el Acuerdo con el arancel-cupo establecido en el Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, el Decreto para el apoyo de la competitividad de la industria automotriz terminal y el impulso al desarrollo del mercado interno de automóviles, el Decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte, el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial y los diversos por los que se establecen aranceles-cupo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2020

Justifique la medida, indicando por qué resulta necesaria#1

El Cupo es una Política Industrial que busca impulsar el desarrollo del HUB JUGUETERO, ayudándole a complementar la oferta del juguete en el territorio nacional, fomentando así la competitividad del sector y facilitando el establecimiento de condiciones para mejorar la productividad, la innovación y la inversión en la industria del juguete.

El Cupo es una Política Industrial que busca impulsar el desarrollo del gremio JUGUETERO, ayudándole a complementar la oferta del juguete en el territorio nacional, fomentando así la competitividad del sector y facilitando el establecimiento de condiciones para mejorar la productividad, la innovación y la inversión en la industria del juguete.

Grupo o industria al que le impacta la regulación#1

importadores de juguetes y productos para bebé

Describa o estime los costos#1

El costo de la regulación que se propone se calculó considerando para el la solicitud un costo de $8,122.00 que comprende la impresión del escrito libre para firma ($2.00) media hora de internet ($10.00) opinión positiva de obligaciones fiscales ($0) el Reporte de contador público ($8,000), Impresión de reportes ($60) y escaneo de documentos ($50). Aunado a esto se hizo el cálculo del costo de la solicitud de certificado de cupo por un total de $12 que comprende la impresión de escrito libre para firma ($2.00) y media hora de internet ($10.00) y el envío del memorando de entendimiento en $120 ue comprende la impresión de escrito libre para firma ($20.00) y traslado a las oficinas de la subsecretaría de comercio exterior ($100.00) Se anexa Excel

Grupo o industria al que le impacta la regulación#1

importadores de juguetes y productos para bebé

Describa y estime los beneficios#1

En el último cupo similar hubo 22 participantes y se calcula que podria haber 2 partes nuevos haciendo un total de 24 posibles participantes, en este sentido, considerando los aranceles que dejarían de cubrir al utilizar el cupo se estima un ahorro de $43,677,415.00 totales mismo que dividido entre 24 particIpantes da un estimado de $1,819,892.28 unitario. El costo de la regulación que se propone se calculó considerando para el la solicitud un costo de $8,122.00 que comprende la impresión del escrito libre para firma ($2.00) media hora de internet ($10.00) opinión positiva de obligaciones fiscales ($0) el Reporte de contador público ($8,000), Impresión de reportes ($60) y escaneo de documentos ($50). Aunado a esto se hizo el cálculo del costo de la solicitud de certificado de cupo por un total de $12 que comprende la impresión de escrito libre para firma ($2.00) y media hora de internet ($10.00) y el envío del memorando de entendimiento en $120 ue comprende la impresión de escrito libre para firma ($20.00) y traslado a las oficinas de la subsecretaría de comercio exterior ($100.00) Luego entonces considerando a 24 empresas participantes tendríamos que el costo total de la regulación que se propone ascendería aproximadamente a $198,096, por lo que el beneficio unitario sería de $1,811,638.28 y el beneficio total sería de $43,479,319.00 aproximadamente. Con lo anterior se demuestra claramente que los beneficios de la regulación que se propone, son superiores a sus costos. Se anexa Excel

En el último cupo similar hubo 22 participantes y se calcula que podria haber 2 partes nuevos haciendo un total de 24 posibles participantes, en este sentido, considerando los aranceles que dejarían de cubrir al utilizar el cupo se estima un ahorro de $43,677,415.00 totales mismo que dividido entre 24 particIpantes da un estimado de $1,819,892.28 unitario. El costo de la regulación que se propone se calculó considerando para el la solicitud un costo de $8,122.00 que comprende la impresión del escrito libre para firma ($2.00) media hora de internet ($10.00) opinión positiva de obligaciones fiscales ($0) el Reporte de contador público ($8,000), Impresión de reportes ($60) y escaneo de documentos ($50). Aunado a esto se hizo el cálculo del costo de la solicitud de certificado de cupo por un total de $12 que comprende la impresión de escrito libre para firma ($2.00) y media hora de internet ($10.00) y el envío del memorando de entendimiento en $120 ue comprende la impresión de escrito libre para firma ($20.00) y traslado a las oficinas de la subsecretaría de comercio exterior ($100.00) Luego entonces considerando a 24 empresas participantes tendríamos que el costo total de la regulación que se propone ascendería aproximadamente a $198,096, por lo que el beneficio unitario sería de $1,811,638.28 y el beneficio total sería de $43,479,319.00 aproximadamente. Con lo anterior se demuestra claramente que los beneficios de la regulación que se propone, son superiores a sus costos. Se anexa Excel Que con el propósito de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 78 de la Ley General de Mejora Regulatoria se indican expresamente las obligaciones regulatorias o actos a ser modificados, con la finalidad de reducir el costo de cumplimiento de los mismos, en un monto igual o mayor a las nuevas obligaciones que se proponen. En este sentido, se reducirá el costo de cumplimiento para la importación de juguetes y productos para bebé toda vez que con la regulación que se propone en este instrumento, los importadores tendrán la posibilidad de importar dicha mercancía, libre del pago de arancel.

Apartado IV. Cumplimiento y aplicación de la propuesta

La regulación se implementará a través de la publicación del Acuerdo y no generará el costo de mayores recursos públicos

Apartado V. Evaluación de la propuesta

Se llevará un registro del control y utilización de los montos asignados a las empresas

Apartado VI. Consulta pública
Mecanismo mediante el cual se realizó la consulta#1

Formación de grupo de trabajo/comité técnico para la elaboración conjunta del anteproyecto

Señale el nombre del particular o el grupo interesado#1

El grupo de trabajo se conformó por el personal de la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior y la Dirección General de Industrias Ligeras y la Subsecretaría de Industria, Comercio y Competitividad

Describa brevemente la opinión del particular o grupo interesado#1

Se concluyó que la publicación del Acuerdo beneficiará a los particulares

Se concluyó que la publicación del Acuerdo era la mejor opción para los interesados.

Apartado VII. Anexos