Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

El proyecto de Norma Oficial Mexicana se elabora en cumplimiento a lo ‎dispuesto en el artículo 9, fracción III de la Ley General de Asentamientos ‎Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano publicada en el Diario ‎Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2016, que señala que ‎corresponde a la Secretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano expedir ‎normas oficiales mexicanas con el propósito de homologar la terminología para la ‎jerarquización de espacios públicos y equipamientos en los planes o programas ‎de Desarrollo Urbano. Asimismo, mediante reunión del Comité Consultivo Nacional de Normalización de ‎Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, celebrada el 17 de diciembre de 2020, el presente proyecto de Norma Oficial ‎Mexicana fue aprobado, cualquier comentario respecto al presente deberá ser presentado ante el Comité ‎Consultivo Nacional de Normalización de Ordenamiento Territorial y Desarrollo ‎Urbano en su coordinación responsable, es decir, la Dirección General de Desarrollo Urbano, Suelo y Vivienda. Por otro lado, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 45 de la Ley Federal sobre ‎Metrología y Normalización, la Manifestación de Impacto Regulatorio relacionada ‎con el proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-002-SEDATU-2020, ‎EQUIPAMIENTO EN LOS INSTRUMENTOS QUE CONFORMAN EL SISTEMA ‎GENERAL DE PLANEACIÓN TERRITORIAL. CLASIFICACIÓN, ‎TERMINOLOGÍA Y APLICACIÓN, estará a disposición del público para su consulta en el correo ‎electrónico señalado en el párrafo anterior.‎

Apartado II.- Impacto de la regulación

No genera nuevos costos de cumplimienton ya que no genera obligaciones no se hacen más estrictas las existentes no se modifican ni crean trámites no se restringen derechos o se modifican definiciones que pudieran afectar a los particulares.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos