Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

La regulación consiste en el Manual de Integración y Funcionamiento del Subcomité revisor de Proyectos de Convocatorias para Licitación Pública e Invitación a cuando menos tres personas en materia de Adquisiciones, arrendamientos y Servicios de Aeropuertos y Servicios Auxiliares. Sus objetivos generales son: revisar, analizar, modificar y aprobar en el ámbito de su competencia, los proyectos de convocatorias y proyectos de invitaciones a cuando menos tres personas incluyendo sus anexos respectivos que se sometan a la consideración, para los procedimientos de contratación a través de licitación pública y de invitación a cuando menos tres personas

Apartado II.- Impacto de la regulación

Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 22 fracción V de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; artículo 21 fracción I del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y del numeral 4.2 del Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, es indispensable implementar el Manual de Integración y Funcionamiento del Subcomité Revisor de Convocatorias para Licitación Pública e Invitación a Cuando Menos Tres Personas en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, con el propósito de tener directrices claras que coadyuven al correcto proceder del Colegiado, con la finalidad de generar convocatorias que contemplen las necesidades integrales del Organismo, por lo que al ser de aplicación interna no genera costos de cumplimiento a los particulares.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos