Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación
Antecedentes:
El 22 de agosto de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el “Acuerdo ACDO.SA1.HCT.230713/202.P.DIR, dictado por el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social en sesión ordinaria del 23 de julio de 2013, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Federal de Mejora Regulatoria”, por virtud del cual se simplificaron los trámites permitiendo a los usuarios reducir las cargas administrativas.
A partir del mencionado Acuerdo, la Dirección de Incorporación y Recaudación (DIR), ha continuado con el compromiso de esta simplificación, beneficiando a los usuarios con la reducción significativa de los requisitos solicitados, así como la digitalización de trámites.
En 2012 ningún trámite se realizaba de manera digital, por lo que el Instituto inició con una de las estrategias de transformación digital más ambiciosa denominada “IMSS Digital” dentro de la cual los primeros trámites en línea que estuvieron a disposición de la población corresponden a la Dirección de Incorporación y Recaudación. En este sentido, los trámites que se incluyen en este formato AIR se encuentran digitalizados.
A mediados del 2015, se habilitaron en línea los trámites:
IMSS-02-030-B Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio del Seguro Social. Modalidad B) Patrón persona física con trabajadores asegurados a su servicio.
IMSS-02-030-C Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio del Seguro Social. Modalidad C) Trabajadores no asalariados del ámbito urbano.
IMSS-02-030-D Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio del Seguro Social. Modalidad D) Trabajadores no asalariados del campo.
De la misma manera, en octubre de 2016 se liberó la vía no presencial de los trámites:
IMSS-02-014 Incorporación al Seguro de Salud para la Familia.
IMSS-02-007 Solicitud de Inscripción en la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio.
Lo anterior ha facilitado y promovido la incorporación a los trámites en comento.
El objetivo general de la simplificación de requisitos propuesta, consiste en requerir al particular la información y documentación mínima a fin de que únicamente se acredite el trámite a efectuar, facilitando su presentación en beneficio de las y los solicitantes.
Apartado II.- Impacto de la regulación
4. Justifique las razones por las que considera que la regulación propuesta no genera costos de cumplimiento para los particulares, independientemente de los beneficios que ésta genera:
*
La simplificación de requisitos no genera costos adicionales para los asegurados y usuarios; tampoco les reduce o restringe prestaciones o derechos, ni establece o modifica proceso sustantivo, debido a que la información, datos y documentación que se está requiriendo es la mínima indispensable a fin de facilitar la presentación de los trámites reduciendo tiempos de traslado y costos, reiterando que los trámites ya se realizan en línea.
Estas mejoras representarán una menor carga administrativa para la población usuaria y un mayor control para el Instituto.
Por mencionar, uno de los requisitos a eliminar en el medio de presentación presencial es la entrega del comprobante de pago en la Subdelegación en original y copia, es decir una vez que se obtiene el formato de pago y las o los aseguradas (os), lo enteran en las entidades bancarias o pago en línea, por sistema se registra el pago. De esta manera se evita regresar a la Subdelegación a presentarlo.
Asimismo, el Documento que contenga el Número de Seguridad Social se elimina ya que se requerirá el dato que no representa costo adicional, debido a que se obtiene en línea con la CURP y proporcionando un correo electrónico.
Cabe precisar que, para los cinco trámites se mantiene la opción de realizarlos presencialmente además de la posibilidad de utilizar el aplicativo IMSS Digital. En cuanto al trámite con homoclave IMSS-02-030-D Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio del Seguro Social. Modalidad D) Trabajadores no asalariados del campo, en virtud del sector poblacional al que va dirigido, el dato de correo electrónico es opcional.
Las reglas para que los trámites se realicen en línea, se encuentran dentro del aplicativo, indicando los pasos a seguir para realizarlos.
En lo que respecta a los formatos “Aviso de Registro Patronal Personas Morales en el Régimen Obligatorio” y “Aviso de Registro Patronal Personas Físicas en el Régimen Obligatorio”, únicamente se eliminó un renglón donde se especificaban los siguientes campos: “Presta Servicios de Personal (No) o (Si)”, “Indique el número de centros de trabajo” y “Solicita registro patronal por clase”. Dichos campos quedaron sin efecto, derivado de la reforma a la Ley del Seguro Social en materia de subcontratación.
Previo:
**se anexa AIR que contiene imagenes
Nuevo:
**se anexa AIR que contiene imagenes
Con la simplificación no se establecen definiciones, clasificaciones, caracterizaciones o cualquier otro término de referencia, que afecte los derechos, obligaciones, prestaciones o trámites, sino por el contrario se le está dando mayor claridad al incluir textos que complementen las descripciones de los documentos que brinden mayor certeza, lo anterior en apego al artículo 84 de la Ley General de Mejora Regulatoria fracciones I, IV y V.
5.1 Crea nuevas obligaciones y/o sanciones para los particulares o hace más estrictas las existentes:
No
5.2 Modifica o crea trámites que signifiquen mayores cargas administrativas o costos de cumplimiento para los particulares:
No
5.3 Reduce o restringe prestaciones o derechos para los particulares:
No
5.4 Establece o modifica definiciones, clasificaciones, metodologías, criterios, caracterizaciones o cualquier otro término de referencia, afectando derechos, obligaciones, prestaciones o trámites de los particulares:
No
Apartado III.- Anexos
Anexe las versiones electrónicas de los documentos consultados o elaborados para diseñar la regulación:
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