Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Indique el (los) supuesto (s) de calidad para la emisión de regulación en términos del artículo 3 del Acuerdo de Calidad Regulatoria.

Si

No

No

No

El artículo 18 de la Ley de Ciencia y Tecnología señala que se deben emitir las Bases de Organización del Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación
1. Describa los objetivos generales de la regulación propuesta#1

El objetivo de reforma consiste en propiciar el funcionamiento y mantenimiento optimo del RENIECYT, con el fin de operar bajo los principios de equidad, no discriminación, transparencia, confidencialidad de la información, economía y honradez procurando abarcar otros sectores de la sociedad interesados en recibir los beneficios que tiene el CONACYT. Lo anterior sin generar costos de cumplimiento adicionales significativos ni nuevas obligaciones para los sujetos de apoyo.

En el marco de la renovación institucional y cultural de la vida pública nacional, el CONACYT inició un profundo proceso interno de reconfiguración, sobre la base del reconocimiento del derecho de toda persona a gozar de los beneficios del desarrollo científico y la innovación tecnológica. La suma de esfuerzos en la Cuarta Transformación apunta a consolidar al Sistema Nacional de Ciencia Tecnología e Innovación (CTI) como paradigma de ciencia pública y ciudadana, idóneo para orientar y coordinar los recursos y capacidades del sector al desarrollo económico, social y sustentable del país, así como para facilitar el acceso universal al conocimiento y socializar los frutos de la investigación científica y sus aplicaciones tecnológicas. Es necesario consolidar la articulación del gobierno, la academia, la industria, la sociedad y el ambiente, así como la coordinación nacional, intersectorial y regional, además de la cooperación internacional, de modo que el desarrollo de fuerzas productivas nacionales de vanguardia y el fortalecimiento de la economía mexicana sean compatibles con el bienestar social y el cuidado del ambiente, así como con los ejes rectores del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2019-2024 y los objetivos del Programa Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación (PECITI). La normativa vigente muestra serias deficiencias que permitieron prácticas como el financiamiento de proyectos ajenos a los objetivos del sector y sin impactos significativos en el desarrollo nacional integral, así como, la vinculación de las actividades de CTI a procesos productivos y servicios con resultados alejados si no es que contradictorios con los objetivos estatales de bienestar social y utilidad pública. Así, las Bases de Organización y Funcionamiento del Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas (BASES) se reorientan en función de la política pública contenida en el Plan Nacional de Desarrollo (PND), y de los principios constitucionales de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez relativos al ejercicio de recursos públicos.

Se trata de un acuerdo emitido por el Órgano de Gobierno de un Organismo Descentralizado, en este caso, de la Junta de Gobierno del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.

Disposiciones jurídicas vigentes#1

Si existe una disposición actual denominada Bases de Organización y Funcionamiento del RENIECYT, las cuales se reformaron y publicaron por última vez en el Diario Oficial de la Federación el 23 de agosto de 2016. La normativa vigente muestra serias deficiencias que permitieron prácticas como el financiamiento de proyectos ajenos a los objetivos del sector y sin impactos significativos en el desarrollo nacional integral, así como, la vinculación de las actividades de CTI a procesos productivos y servicios con resultados alejados si no es que contradictorios con los objetivos estatales de bienestar social y utilidad pública. Sin embargo, el anteproyecto propuesto tiene por objeto mejorar las BASES para propiciar el funcionamiento y mantenimiento óptimo del RENIECYT, con el fin de operar bajo los principios de equidad, no discriminación, transparencia, confidencialidad de la información, economía y honradez procurando abarcar otros sectores de la sociedad interesados en recibir los beneficios que tiene el CONACYT.

Apartado II.- Identificación de las posibles alternativas a la regulación
Alternativas#1

No emitir regulación alguna

Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#1

La alternativa sería no emitir las nuevas BASES y continuar con las vigentes. Sin embargo, esta situación traería consigo no contar con un funcionamiento y mantenimiento óptimo del RENIECYT, y la imposibilidad de operar bajo los principios de equidad, no discriminación, transparencia, confidencialidad de la información, economía y honradez procurando abarcar otros sectores de la sociedad interesados en recibir los beneficios que tiene el CONACYT.

Permitiría incluir a un sector de la población reconocido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, garantizar que las persona morales que se inscriban se dediquen preponderantemente a actividades de CTI, reafirmar el principio de honradez para que los funcionarios públicos eviten un conflicto de intereses, prevenir que algunos socios o accionistas identificados por las autoridades puedan realizar actividades irregulares en detrimento del erario al acceder a los beneficios de los programas de CTI, otorgar certidumbre jurídica al tener una actualización constante de la información y evitar que la información sea falsa, errónea e incompleta, identificar posibles actos irregulares por parte de algún sujeto de apoyo y establecer un mecanismo para llevar el seguimiento de los incumplimientos de los usuarios en el desarrollo de los proyectos de CTI que reciban financiamiento público y permitir que estos incumplimientos sean subsanados para que el usuario siga participando en programas de apoyo. Las nuevas BASES son consideradas la mejor opción, dado que, posibilitan y abren el camino, para que, conforme a la norma, se incluyan nuevos usuarios, se cumpla con los principios de honradez, se prevengan daños al erario, se otorgue certeza jurídica y se cumpla con el principio de legalidad y se garantice el debido cumplimiento de la ley para acceder a beneficios y estímulos derivados de recursos públicos.

Apartado III.- Impacto de la regulación
Accion#1

No Aplica

Tipo#1
Vigencia#1
Medio de presentación#1
Requisitos#1
Población a la que impacta#1
Ficta#1
Plazo#1
Justificación#1

Nombre del trámite#1
Homoclave#1
Obligaciones#1

No Aplica

Artículos aplicables#1

Justificación#1

Grupo o industria al que le impacta la regulación#1

No aplica

Describa o estime los costos#1

No aplica

No contempla esquemas que impactan de manera diferenciada a sectores o agentes económicos.

Grupo o industria al que le impacta la regulación#1
Describa de manera general los beneficios que implica la regulación propuesta#1

Se amplia el universo de personas que pueden obtener beneficios al pasar de 6 tipos de beneficiarios como lo son: (i)empresas, (ii)Instituciones de Educación Superior, (iii) Centros de Investigación, (iv)Instituciones y dependencias de la administración publica, (iv)Instituciones privadas no lucrativas y (v)personas físicas con actividad empresarial. A el nuevo universo de 9 tipos de beneficiarios como lo son: (i) las instituciones, (ii)centros, (iv)organismos y empresas publicas que sistemáticamente realicen actividades de investigación humanística, científica, desarrollo tecnológico, innovación y producción de ingeniería básica, así como (v)instituciones, (vi)centros, (vii) organismos, (viii) empresas o personas físicas de los sectores social y privado, así como los (ix)pueblos y comunidades indígenas, afroamericanas y equiparables.

Proporcione la estimación monetizada de los beneficios que implica la regulación#1

En el 2016 se realizaron 2,789 registros sin embargo para el 2021 solo se registraron 279 usuarios. Tomando en consideración que ahora el beneficio se amplia a un universo de nuevos sujetos entre los que se encuentran las instituciones, centros, organismos, empresas o personas físicas de los sectores social y privado, así como los pueblos y comunidades indígenas, afroamericanas y equiparables, podemos estimar que anualmente se estarían beneficiando a una tercera parte mas del universo beneficiado, es decir cerca de 4,786 nuevos usuarios. El promedio de recursos asignados por proyecto es de $100,000.00 (cien mil pesos moneda nacional) que multiplicado por el número de nuevos usuarios que entrarían con la regulación (4,786), se estima que el beneficio monetario sería de $478.600.000 (cuatrocientos setenta y ocho millones seiscientos mil pesos moneda nacional).

Se puede comparar, de inicio, el tramite es totalmente gratuito, y que los posibles nuevos registros de usuarios se incrementarían en una tercera parte, es decir aproximadamente 4,786. Por lo que, si bien la presente regulación no genera ningún costo determinado, se aumentan los beneficios del anteproyecto por una cantidad estimada de $478.600.000 (cuatrocientos setenta y ocho millones seiscientos mil pesos moneda nacional).

Apartado IV. Cumplimiento y aplicación de la propuesta

Mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación, difusión en la página oficial del CONACYT y envío de correo electrónico masivo a los integrantes actuales del RENIECYT, así como – en su caso – modificación a los procedimientos estandarizados de operación del personal administrativo.

Apartado V. Evaluación de la propuesta

Es importante destacar que, desde hace 5 años, el RENIECYT opera ágilmente y 100% en línea; lo que permite destacarlo ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatorio (CONAMER) desde el 2019 como uno de los trámites que tiene el CONACYT totalmente automatizado identificado con el folio CONACYT-00-003. Al ser una actividad relevante dentro del CONACYT se incluye en los informes de autoevaluación trimestrales y anuales los cuales son aprobados por la Junta de Gobierno del CONACYT que es el máximo órgano de gobierno del organismo, en el cual asisten representantes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de la Función Pública.

Apartado VI. Consulta pública

Si

Mecanismo mediante el cual se realizó la consulta#1

Circulación del borrador a grupos o personas interesadas y recepción de comentarios

Señale el nombre del particular o el grupo interesado#1

Comisión Asesora a la Junta de Gobierno del CONACYT

Describa brevemente la opinión del particular o grupo interesado#1

Con la finalidad de contar con un instrumento que se encuentre acorde a lo que establece la Ley de Ciencia y Tecnología y que atienda a las necesidades del registro de las instituciones, centros, organismos y empresas públicas que sistemáticamente realicen actividades de investigación humanística, científica, desarrollo tecnológico, innovación y producción en ingeniería básica, así como las instituciones, centros, organismos, empresas o personas físicas de los sectores social y privado que estén interesados en recibir los beneficios o estímulos federales en actividades de investigación humanística, científica y desarrollo tecnológico e innovación, se propone expedir las nuevas Bases.

Se incluyó la incorporación de nuevos actores y grupos sociales del sector CTI.

Apartado VII. Anexos