Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

Queda sin efectos jurídicos la cesión gratuita otorgada al Gobierno del entonces territorio de Quintana Roo, mediante Decreto del diecinueve de marzo de mil novecientos setenta y tres, publicado en el Diario Oficial de la Federación el dos de abril del mismo año atento a lo expuesto en los considerandos II, III y IV del presente Acuerdo. Se reincorpora al dominio pleno de la Nación, en calidad de terreno nacional y bajo la administración de esta Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, la superficie restante de las 1,200 hectáreas, que fueron cedidas para la creación del fundo legal del poblado Playa del Carmen, estado de Quintana Roo, relacionado con los expedientes administrativos de terrenos nacionales números 134684-1, 134684-2 y 136477, ubicado actualmente en el Municipio de Solidaridad. Conforme a las atribuciones legales de esta Secretaría de Estado, y de conformidad con los resultandos IV, V y VI del presente Acuerdo no quedan comprendidas en la superficie de las 1,200 hectáreas reincorporadas al dominio pleno de la Nación en calidad de Terreno Nacional, las superficies que hubieren sido enajenadas conforme a las disposiciones jurídicas aplicables durante la vigencia del Decreto publicado el dos de abril de mil novecientos setenta y tres, así como su prórroga y aquellas de las que se acredite haber gestionado su regularización, por lo que en términos de este Acuerdo se dejan a salvo los derechos de los propietarios de los terrenos que hayan sido enajenados durante la vigencia de los instrumentos antes señalados, por el Gobierno del estado de Quintana Roo.

Apartado II.- Impacto de la regulación

No genera nuevos costos de cumplimiento ya que ni genera obligaciones no se hacen más estrictas las existentes no se modifican ni crean trámites no se restringen derechos o se modifican definiciones que pudieran afectar a los particulares.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos