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« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

S174 Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras

Acuerdo Secretarial. Artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 3 y 5 fracción XIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Bienestar

Accion#1

Modifica

Tipo#1

Consulta

Vigencia#1

Ejercicio fiscal 2022

Medio de presentación#1

Presencial

Requisitos#1

En original: 1. Escrito libre bajo protesta de decir verdad, en donde señale si trabaja, busca trabajo o si está estudiando. En caso de estar estudiando, se deberá presentar una constancia de estudios emitida por la institución en la que estudia. 2. Cartas de no afiliación al IMSS e ISSSTE. En original con copia de la madre, padre solo o tutor: 1. Identificación oficial vigente 2. CURP 3. Comprobante de domicilio -En original con copia de cada niña o niño: 1. Acta de nacimiento 2. CURP 3. Cuando la discapacidad no sea visible para el personal de apoyo de la Secretaría, se requerirá certificado médico original emitido por alguna Institución Pública del Sector Salud o por médico con cédula profesional, especialista en el tipo de discapacidad. Para la Población indígena que vivan en los municipios considerados en la clasificación A o B del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas: 1. Constancia de pertenencia o documento emitido por las autoridades indígenas conforme a sus usos y costumbres. 2. Carta formulada ante dos testigos en la que señale la pertenencia a la comunidad indígena de acuerdo a sus usos y costumbres. 3. Escrito libre bajo protesta de decir verdad, donde manifieste si trabaja, estudia o se capacita. 4. Constancia de la partera o persona que asistió el alumbramiento con la firma de dos testigos. 5. Cuando la discapacidad no sea visible para el personal adscrito de la Delegación de Programas para el Desarrollo de la Secretaría, se requerirá el escrito que avale la condición médica por el médico tradicional de la comunidad.

Población a la que impacta#1

Madre, padre solo o tutor de niñas, niños, adolescentes y jóvenes, de 0 a 23 años de edad que están en situación de vulnerabilidad

Ficta#1

Si

Plazo#1

3 meses

Justificación#1

Mejorar las condiciones para el acceso a cuidados y educación de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes de hasta 23 años de edad, que se encuentran en situación de vulnerabilidad por la ausencia de uno o de ambos padres, mediante la entrega de un apoyo económico para destinarlo a sus cuidados y que les permita continuar con su educación.

Nombre del trámite#1

Incorporación al Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras. Modalidad A. Apoyo para el Bienestar de las niñas y niños, hijos de madres trabajadoras.

Homoclave#1

BIENESTAR-2020-068-030-A

Accion#2

Modifica

Tipo#2

Consulta

Vigencia#2

Ejercicio fiscal 2022

Medio de presentación#2

Presencial

Requisitos#2

Entregar al personal de la Delegación de los Programas para el Desarrollo copia y exhibir original: 1. Identificación oficial vigente de la Persona Responsable 2. Copia certificada del acta de defunción de la madre o acta de presunción de muerte como documento equivalente al del acta de defunción. 3. acta de nacimiento vigente de cada una(o) de las(os) hijas(os) de hasta 23 años de edad, en orfandad materna. 4. CURP vigente, de la madre, de la persona responsable y de cada una de las hijas e hijos en orfandad materna de hasta 23 años. 5. Comprobante de domicilio de no más de tres meses de antigüedad (En localidades de hasta 10,000 habitantes, se podrá presentar constancia expedida por la autoridad local competente) 6. Firmar carta responsiva en formato libre, a través de la cual la persona responsable asume el compromiso solidario de destinar los recursos para los fines del programa.

Población a la que impacta#2

Madre, padre solo o tutor de niñas, niños, adolescentes y jóvenes, de 0 a 23 años de edad que están en situación de vulnerabilidad

Ficta#2

Si

Plazo#2

3 meses

Justificación#2

Mejorar las condiciones para el acceso a cuidados y educación de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes de hasta 23 años de edad, que se encuentran en situación de vulnerabilidad por la ausencia de uno o de ambos padres, mediante la entrega de un apoyo económico para destinarlo a sus cuidados y que les permita continuar con su educación.

Nombre del trámite#2

Incorporación al Padrón de Beneficiarios del Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras. Modalidad B. Apoyo para el Bienestar de las niñas, niños, adolescentes jóvenes en orfandad materna

Homoclave#2

BIENESTAR-2020-068-030-B

Accion#3

Modifica

Tipo#3

Consulta

Vigencia#3

Ejercicio fiscal 2022

Medio de presentación#3

Presencial

Requisitos#3

Escrito Libre y comprobante de domicilio vigente

Población a la que impacta#3

, la persona beneficiaria o responsable

Ficta#3

Si

Plazo#3

3 meses

Justificación#3

En caso de cambio de domicilio, la persona beneficiaria o responsable deberá notificarlo a la Delegación de Programas para el Desarrollo dentro de los 20 días naturales. El personal de apoyo de la Delegación de Programas para el Desarrollo verificará el nuevo domicilio y remitirá a la Dirección General para el Bienesar de Niñas, Niños y Adolescentes para su actualización en el Padrón de Beneficiarios.

Nombre del trámite#3

Cambio de Domicilio de la persona beneficiaria o responsable, en la misma o distinta entidad federativa.

Homoclave#3

BIENESTAR-2020-068-007-A

Accion#4

Modifica

Tipo#4

Consulta

Vigencia#4

Ejercicio Fiscal 2022

Medio de presentación#4

Presencial

Requisitos#4

Escrito libre, acompañado con los requisitos del numeral 3.3. de las Reglas de Operación según su modalidad.

Población a la que impacta#4

Beneficiarios del programa en ambas modalidades

Ficta#4

Si

Plazo#4

2 meses

Justificación#4

La persona beneficiaria o responsable solicitará mediante aviso en las oficinas de la Delegación de Programas para el Desarrollo o los Módulos de Atención, el incremento o decremento en el número de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en orfandad materna bajo su cuidado. La Delegación realizará la entrevista domiciliaria correspondiente y en su caso solicitará la exhibición de la documentación que haga falta conforme a lo señalado en requisitos de elegibilidad previstos en las Reglas de Operación. Tratándose de niñas, niños, hijos de madres trabajadoras, el apoyo se otorgará a un máximo de 3 niñas y niños por persona Beneficiaria en el mismo periodo, salvo que se trate de nacimientos múltiples. La Delegación de Programas para el Desarrollo, verificará el cumplimiento de los criterios y requisitos del numeral 3.3. de las Reglas de Operación. En el caso de que hubiera error o duda con respecto a la documentación presentada por parte de la persona beneficiaria o responsable, la Delegación de Programas para el Desarrollo, en una entrevista domiciliaria, podrá realizar las correcciones correspondientes. La actualización de los datos en el Padrón de Beneficiarios surtirá efectos a partir del bimestre siguiente a aquel en que se presentó la solicitud por la persona beneficiaria, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en las Reglas de Operación.

Nombre del trámite#4

Modificación en el número de hijas, hijos o niñas y niños, de madres trabajadoras, así como niñas, niños, adolescentes y jóvenes en orfandad materna, bajo el cuidado de la persona beneficiaria o responsable.

Homoclave#4

BIENESTAR-2020-068-009-A

Accion#5

Modifica

Tipo#5

Consulta

Vigencia#5

Ejercicio fiscal 2022

Medio de presentación#5

Presencial

Requisitos#5

1. Llenar la Solicitud de Incorporación y exhibir la documentación legal que acredite ser la Madre, el Padre solo o Tutor o responsable de la Niña o Niño. 2. Documentación con la que acredite que legalmente se encuentra a cargo de los menores. 3. Firmar la solicitud de incorporación al programa y asumir el compromiso solidario de destinar los recursos única y exclusivamente para los fines del Programa.

Población a la que impacta#5

Beneficiarios del programa en ambas modalidades

Ficta#5

Si

Plazo#5

3 meses

Justificación#5

La persona beneficiaria o responsable a cargo del cuidado de las niñas y niños, así como adolescentes y jóvenes en orfandad materna inscritos en el Programa, tendrán que : 1. Llenar la solicitud para recibir los apoyos del Programa (Anexo 5: Solicitud de Incorporación del Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras) que deberá entregar en las oficinas de la Delegación de Programas para el Desarrollo o Módulos de Atención, que ésta haya determinado, y exhibir la documentación legal que acredite ser la Madre, el Padre solo o Tutor o responsable de la Niña o Niño. 2. La persona a cargo del cuidado de las niñas y niños, deberá proporcionar a la Delegación de Programas para el Desarrollo o Módulos de Atención, la documentación con la que acredite que legalmente se encuentra a cargo de los menores, en los casos de que la información esté incompleta o inconsistente se le otorgará un plazo de cinco días hábiles para que aclare, contados a partir de su entrega. 3.La persona responsable del cuidado de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes en orfandad materna, deberá firmar la solicitud de incorporación al programa y asumirá el compromiso solidario de destinar los recursos única y exclusivamente para los fines del Programa. 4. En caso de que la solicitud sea procedente, la Delegación de Programas para el Desarrollo, realizará la baja de la anterior persona beneficiaria o responsable y posteriormente el alta de la nueva persona beneficiaria o responsable.

Nombre del trámite#5

Cambio de la persona beneficiaria o responsable a cargo del cuidado de las niñas y niños, así como adolescentes y jóvenes en orfandad materna inscritos en el Programa.

Homoclave#5

BIENESTAR-2020-068-011-A

Accion#6

Modifica

Tipo#6

Consulta

Vigencia#6

Ejercicio fiscal 2022

Medio de presentación#6

Presencial

Requisitos#6

Escrito Libre (de solicitud o petición) y exhibir la documentación que sea solicitada.

Población a la que impacta#6

La persona beneficiaria o responsable

Ficta#6

Si

Plazo#6

3 meses

Justificación#6

La persona beneficiaria o responsable solicitará en la Delegación de Programas para el Desarrollo, que se le realice la entrevista de verificación para modificar sus datos personales o los correspondientes a las personas beneficiarias. 2. La Delegación de Programas para el Desarrollo realizará la entrevista de verificación en un plazo máximo de 15 días hábiles a partir de la recepción de la solicitud de la persona beneficiaria o responsable. 3. Una vez realizada la entrevista de verificación para la corrección de los datos, y en caso de ser procedente, el personal de la Delegación de Programas para el Desarrollo remitirá a la Subsecretaría de Desarrollo Social y Humano la información para la actualización del padrón de beneficiarios.

Nombre del trámite#6

Solicitud de rectificación de datos personales.

Homoclave#6

BIENESTAR-2020-068-012-A

Accion#7

Modifica

Tipo#7

Consulta

Vigencia#7

Ejercicio fiscal 2022

Medio de presentación#7

Presencial o por teléfono

Requisitos#7

Aviso en escrito libre, acompañado de su Identificación Oficial o llamando a la Línea de Bienestar 800-639-42-64

Población a la que impacta#7

La persona beneficiaria del Programa en ambas modalidades

Ficta#7

Si

Plazo#7

3 meses

Justificación#7

En los casos de extravío, pérdida o robo del medio de pago del apoyo, las personas beneficiarias del Programa, procederán a dar aviso al Banco correspondiente y a la Delegación de Programas para el Desarrollo, mediante llamada telefónica o de manera presencial, el trámite se realizará sin costo alguno.

Nombre del trámite#7

Solicitud de reposición del medio de pago por robo o extravío.

Homoclave#7

BIENESTAR-2020-068-014-A

Accion#8

Modifica

Tipo#8

Consulta

Vigencia#8

Ejercicio Fiscal 2022

Medio de presentación#8

Presencial

Requisitos#8

Escrito libre para la aclaración de la suspensión y la exhibición de los documentos solicitados.

Población a la que impacta#8

La persona beneficiaria del Programa en ambas modalidades

Ficta#8

Si

Plazo#8

3 meses

Justificación#8

Para la aclaración de las causales de suspensión, deberá acudir la persona beneficiaria, madre, padre, tutor o responsable a la Delegación de Programas para el Desarrollo o Módulos de Atención. De resultar procedente se incorporará al Padrón de Beneficiarios nuevamente.

Nombre del trámite#8

Causales de Suspensión o Baja de las Personas Beneficiarias o responsables.

Homoclave#8

BIENESTAR-2020-068-015-A

Accion#9

Modifica

Tipo#9

Consulta

Vigencia#9

Ejercicio fiscal 2022

Medio de presentación#9

Presencial

Requisitos#9

Escrito que deberá contener, como mínimo: a) Nombre(s) de las(os) niñas(os), adolescente o joven que se encontraban bajo el cuidado de la persona beneficiaria o responsable. b) Fecha de la renuncia voluntaria o baja definitiva según sea el caso. c) Nombre completo de la persona beneficiaria. d) Folio de la persona beneficiaria. e) Domicilio Nombre del Municipio y Localidad de residencia. f) Motivo de la renuncia. g) Firma o huella digital. Adicionalmente, se deberá acompañar a su escrito copia de la identificación oficial.

Población a la que impacta#9

Persona beneficiaria o responsable del Programa en ambas modalidades

Ficta#9

Si

Plazo#9

3 meses

Justificación#9

Cuando la persona beneficiaria o responsable del Programa decida dejar de recibir el apoyo económico deberá entregar en las oficinas de la Delegación de Programas para el Desarrollo o Módulos de Atención, el documento en que manifieste su deseo de renunciar al Programa.

Nombre del trámite#9

Renuncia voluntaria de la Persona Beneficiaria al Programa

Homoclave#9

BIENESTAR-2020-068-018-A

Accion#10

Modifica

Tipo#10

Consulta

Vigencia#10

Ejercicio fiscal 2022

Medio de presentación#10

Presencial

Requisitos#10

1. Escrito libre con la información y documentación siguiente: I. Fecha de elaboración del escrito; II. Nombre completo de la madre, padre solo, tutor o responsable; III. Nombre(s) de las(os) niñas(os), adolescentes o jóvenes, bajo su cuidado que hayan fallecido, o beneficiario mayor de edad; 2. Acta de defunción que acredite el fallecimiento de la(s) niña(s) o niño(s), adolescente(s) o joven(es).

Población a la que impacta#10

Persona beneficiaria o responsable del Programa en ambas modalidades

Ficta#10

Si

Plazo#10

3 meses

Justificación#10

En caso de fallecimiento de la niña(s) o niño(s), la madre, padre solo, tutor o responsable deberá informar mediante escrito libre a la Delegación de Programas para el Desarrollo, sobre el deceso, dentro del bimestre en que hubiera sucedido el hecho o en su caso dentro de los 20 días hábiles posteriores al deceso. La Delegación de Programas para el Desarrollo, en conjunto con la Unidad Responsable del Programa, realizará la baja de la niña(s) o niño(s), adolescente(s) o joven(es) que hayan fallecido dentro del bimestre en que tengan conocimiento del hecho a fin de actualizar el Padrón de Beneficiarios. Si durante los operativos de verificación realizados por el personal de la Delegación de los Programas para el Desarrollo, se detecta el fallecimiento de la persona beneficiaria, se solicitará su baja el Padrón de Beneficiarios.

Nombre del trámite#10

Aviso de defunción de hija, hijo, niña o niño bajo el cuidado de persona beneficiaria o responsable.

Homoclave#10

BIENESTAR-2020-068-016-A

Accion#11

Modifica

Tipo#11

Consulta

Vigencia#11

Ejercicio fiscal 2022

Medio de presentación#11

Presencial

Requisitos#11

Escrito libre que contenga lo siguiente: I. Fecha de elaboración del escrito; II. Nombre de la madre, padre o tutor o responsable que falleció; III. Nombre completo, dirección y datos de contacto del familiar de la persona beneficiaria o responsable; IV. Nombre(s) de las niñas, niños, adolescentes o jóvenes bajo su cuidado; V. Documento que acredite el fallecimiento de la madre, padre, tutor o persona responsable. y acta de defunción

Población a la que impacta#11

Familiares de la persona Beneficiaria del Programa fallecida

Ficta#11

Si

Plazo#11

3 meses

Justificación#11

En caso de defunción de la persona la madre, padre o tutor o persona responsable, (la) (el) interesado, presentará mediante escrito. Si durante los operativos de verificación realizados por el personal de la Delegación de los Programas para el Desarrollo, se detecta el fallecimiento de la madre, padre, tutor o persona responsable, se iniciarán las acciones para sustituir al responsable del cuidado de la niña, niño, hijo de madre trabajadora o niña, niño, adolescente o joven en orfandad materna.

Nombre del trámite#11

Aviso de defunción de la madre, padre, tutor o responsable

Homoclave#11

BIENESTAR-2020-068-017-A

Apartado II.- Identificación de las posibles alternativas a la regulación