Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

Logosimir

Estás aquí­: Inicio /mirs/52633

Exención de AIR

Información general
Punto de contacto
¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

PRIMERO. - Se cierra definitivamente la Residencia en Lázaro Cárdenas, Michoacán, motivo por el que, el personal de base y de confianza adscrito a esta, será adscrito a la Residencia Apatzingán, sin que esto implique una modificación de las condiciones de trabajo existentes, ni afectación a sus derechos laborales. SEGUNDO. - Se crea la unidad administrativa denominada Residencia Tampico. Tamaulipas, a la cual se le asignará el personal y mobiliario necesario para su funcionamiento, cumpliendo en todo momento con las políticas de austeridad; TERCERO. - Se cierra definitivamente la Residencia Moctezuma, Sonora, motivo por el que, los Visitadores Agrarios serán adscritos a la Residencia Hermosillo, y el Jefe de Residencia, Abogado Agrario, Programador Analista y el personal de base adscritos a esta, formarán parte de la Residencia Obregón, respetando en todo momento las condiciones de trabajo y derechos laborales de las personas servidoras públicas CUARTO. - Se crea la unidad administrativa denominada Residencia Ciudad Obregón, Sonora.

Apartado II.- Impacto de la regulación

Que considerando lo dispuesto en el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, la Ley Federal de Austeridad Republicana, en observancia del marco jurídico en materia agraria, y con el propósito de alcanzar los objetivos señalados a la Procuraduría Agraria de contribuir al bienestar a favor de los campesinos de México, del desarrollo agrario y económico del país, mediante la defensa de los derechos de los sujetos agrarios a través de la procuración de justicia, la organización agraria, el ordenamiento y regulación de la propiedad rural, así como la asesoría en proyectos económicos: rurales, es necesario reordenar las unidades administrativas denominadas Residencias a que se refieren los artículos 8, fracción XV y 29 del Reglamento Interior de la Procuraduría Agraria.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos