Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

Logosimir

Estás aquí­: Inicio /mirs/52574

MIR DE ALTO IMPACTO CON ANALISIS DE IMPACTO EN EL COMERCIO EXTERIOR

Información general
Punto de contacto
¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Indique el (los) supuesto (s) de calidad para la emisión de regulación en términos del artículo 3 del Acuerdo de Calidad Regulatoria.

Si

No

Si

No

Es un instrumento que se deriva de una obligación específica establecida alguna ley, reglamento, decreto, acuerdo u otra disposición de carácter general expedidos por el Titular del Ejecutivo Federal, toda vez que con fundamento en los artículos 34 fracciones I y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción IV, 4o. fracción III, 5o., fracciones III, V, VII, X, XI y XII, 15, 16, 17, 20 y 26 de la Ley de Comercio Exterior; 5 fracción XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, la Secretaría de Economía tiene la facultad de expedir reglas de carácter general sobre regulaciones y restricciones no arancelarias y programas e instrumentos de comercio exterior, que establezcan disposiciones de carácter general en el ámbito de su competencia, así como los criterios necesarios para el cumplimiento de las leyes, acuerdos o tratados comerciales internacionales, decretos, reglamentos, acuerdos y demás ordenamientos generales de su competencia; Es un instrumento que representa beneficios notoriamente superiores a sus costos en términos de la competitividad y eficiencia de los mercados, toda vez que el Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y Criterios De Carácter General en Materia De Comercio Exterior, publicado en 2012, actualmente tiene 135 reglas y ha tenido más de 40 modificaciones, por lo que es necesario emitir una publicación que incluya de forma integral todas las actualizaciones que se han llevado a cabo. Por otra parte, mediante memorándum de fecha 3 de mayo de 2019, el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos instruyó a los servidores públicos del Poder Ejecutivo del Gobierno Federal, diversas medidas de austeridad republicana para toda la Administración Pública Federal. En razón de lo anterior, con la finalidad de implementar diversas acciones tendientes a dar cumplimiento a dichas medidas de austeridad republicana, se adecuó la normativa aplicable a los Programas de Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (Programa IMMEX) y de Promoción Sectorial (Programa PROSEC), respecto de los procedimientos y requisitos a seguir para ingresar las solicitudes de los diversos trámites relacionados con dichos programas. Que en aras de coadyuvar a la facilitación comercial, al ejercicio de los derechos de los particulares y al cumplimiento de sus obligaciones, y al mismo tiempo, tener certeza respecto de la veracidad de la información presentada en las solicitudes y del cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias de las autorizaciones que emite la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior (DGFCCE), la Secretaría de Economía, conforme a las atribuciones establecidas en su Reglamento Interior, podrá celebrar Convenios de Colaboración con las dependencias, entidades u organismos de la Administración Pública federal, estatal o municipal, para que efectúen visitas de verificación respecto de, entre otras, las necesarias para el análisis de las solicitudes presentadas por los particulares en diversos trámites de los Programas IMMEX y PROSEC, que será una alternativa para cumplir con este requisito, sumado a las visitas que realice el personal de la Secretaría de Economía. Con fecha 4 de agosto de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se establecen medidas administrativas en la Secretaría de Economía con el objeto de brindar facilidades a los usuarios de los trámites y procedimientos que se indican” (Acuerdo de facilidades administrativas) con el propósito de facilitar a los particulares la gestión de los trámites, brindar mayor claridad y agilizar la resolución de los mismos a través del uso de las tecnologías de la información, garantizar las operaciones para el cumplimiento de las atribuciones y adoptar diversas medidas administrativas al interior de la Secretaría de Economía, para facilitar los trámites o procedimientos a través de la utilización de tecnologías de la información y de las comunicaciones. El uso de medios electrónicos ha demostrado ser un mecanismo efectivo para el debido cumplimiento de las obligaciones de esta Dirección General, y ha propiciado la generación de ahorros en gasto corriente, disminución de desplazamientos, así como el posicionamiento de las tecnologías de la información y de las comunicaciones como instrumento principal para el desempeño de las funciones, pero también como medio de coordinación y notificación de información oficial. Asimismo, el empleo de sistemas tecnológicos en procedimientos, trámites y servicios, mejora y hace más eficiente la gestión pública, facilita el cumplimiento de obligaciones por parte de los particulares y disminuye los costos de transacción en que éstos incurren, cumpliendo con la estrategia de que el desarrollo y la modernidad no excluya a nadie, realizando la construcción de una sociedad de la información abarcando el acceso a las tecnologías de información y comunicación. El anteproyecto representa un ejercicio de compilación en el que la Secretaría republicará de manera integral las reglas, toda vez que en el transcurso del tiempo han venido sucediendo diversos cambios que se han atendido de diversas maneras con normatividad fuera de las reglas, como por ejemplo, se han actualizado denominaciones de dependencias, la afectación a los sistemas informáticos de la Secretaría, la pandemia generada por el COVID-19, la actualización de trámites para su presentación por medios electrónicos, que han derivado en una serie de cambios, particularmente en la forma de presentar los trámites, lo cual ha llevado a que el Acuerdo de reglas establece ciertos criterios y en otras disposiciones se establecen otros. De ahí, la importancia de este ejercicio de transparencia regulatorio en donde todo esto se considere en un texto normativo actualizado conforme a las nuevas necesidades operativas. En el anteproyecto se dan conocer las resoluciones dictadas por la Secretaría de Economía que establecen disposiciones de carácter general en materia de comercio exterior, agrupándolas de manera que faciliten su aplicación por parte de los usuarios, así como de presentar de manera codificada dichos criterios para facilitar su conocimiento, uso y cumplimiento;

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

El objetivo del anteproyecto es dar a conocer las reglas que establecen disposiciones de carácter general en materia de Comercio Exterior y los criterios necesarios para el cumplimiento de las leyes, acuerdos o tratados comerciales internacionales, reglamentos, decretos, acuerdos y demás ordenamientos generales competencia de esta Secretaría, agrupándolos de modo que faciliten al usuario su aplicación, y emitir un instrumento actualizado conforme a las nuevas necesidades operativas

Con fundamento en los artículos 34 fracciones I y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción IV, 4o. fracción III, 5o., fracciones III, V, VII, X, XI y XII, 15, 16, 17, 20 y 26 de la Ley de Comercio Exterior; 5 fracción XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, la Secretaría de Economía tiene la facultad de expedir reglas de carácter general sobre regulaciones y restricciones no arancelarias y programas e instrumentos de comercio exterior, que establezcan disposiciones de carácter general en el ámbito de su competencia, así como los criterios necesarios para el cumplimiento de las leyes, acuerdos o tratados comerciales internacionales, decretos, reglamentos, acuerdos y demás ordenamientos generales de su competencia; El Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y Criterios De Carácter General en Materia De Comercio Exterior, publicado en 2012, actualmente tiene 135 reglas y ha tenido más de 40 modificaciones, por lo que es necesario emitir una publicación que incluya de forma integral todas las actualizaciones que se han llevado a cabo. Por otra parte, mediante memorándum de fecha 3 de mayo de 2019, el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos instruyó a los servidores públicos del Poder Ejecutivo del Gobierno Federal, diversas medidas de austeridad republicana para toda la Administración Pública Federal. En razón de lo anterior, con la finalidad de implementar diversas acciones tendientes a dar cumplimiento a dichas medidas de austeridad republicana, se adecuó la normativa aplicable a los Programas de Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (Programa IMMEX) y de Promoción Sectorial (Programa PROSEC), respecto de los procedimientos y requisitos a seguir para ingresar las solicitudes de los diversos trámites relacionados con dichos programas. Que en aras de coadyuvar a la facilitación comercial, al ejercicio de los derechos de los particulares y al cumplimiento de sus obligaciones, y al mismo tiempo, tener certeza respecto de la veracidad de la información presentada en las solicitudes y del cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias de las autorizaciones que emite la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior (DGFCCE), la Secretaría de Economía, conforme a las atribuciones establecidas en su Reglamento Interior, podrá celebrar Convenios de Colaboración con las dependencias, entidades u organismos de la Administración Pública federal, estatal o municipal, para que efectúen visitas de verificación respecto de, entre otras, las necesarias para el análisis de las solicitudes presentadas por los particulares en diversos trámites de los Programas IMMEX y PROSEC, que será una alternativa para cumplir con este requisito, sumado a las visitas que realice el personal de la Secretaría de Economía. Con fecha 4 de agosto de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se establecen medidas administrativas en la Secretaría de Economía con el objeto de brindar facilidades a los usuarios de los trámites y procedimientos que se indican” (Acuerdo de facilidades administrativas) con el propósito de facilitar a los particulares la gestión de los trámites, brindar mayor claridad y agilizar la resolución de los mismos a través del uso de las tecnologías de la información, garantizar las operaciones para el cumplimiento de las atribuciones y adoptar diversas medidas administrativas al interior de la Secretaría de Economía, para facilitar los trámites o procedimientos a través de la utilización de tecnologías de la información y de las comunicaciones. El uso de medios electrónicos ha demostrado ser un mecanismo efectivo para el debido cumplimiento de las obligaciones de esta Dirección General, y ha propiciado la generación de ahorros en gasto corriente, disminución de desplazamientos, así como el posicionamiento de las tecnologías de la información y de las comunicaciones como instrumento principal para el desempeño de las funciones, pero también como medio de coordinación y notificación de información oficial. Asimismo, el empleo de sistemas tecnológicos en procedimientos, trámites y servicios, mejora y hace más eficiente la gestión pública, facilita el cumplimiento de obligaciones por parte de los particulares y disminuye los costos de transacción en que éstos incurren, cumpliendo con la estrategia de que el desarrollo y la modernidad no excluya a nadie, realizando la construcción de una sociedad de la información abarcando el acceso a las tecnologías de información y comunicación. El anteproyecto representa un ejercicio de compilación en el que la Secretaría republicará de manera integral las reglas, toda vez que en el transcurso del tiempo han venido sucediendo diversos cambios que se han atendido de diversas maneras con normatividad fuera de las reglas, como por ejemplo, se han actualizado denominaciones de dependencias, la afectación a los sistemas informáticos de la Secretaría, la pandemia generada por el COVID-19, la actualización de trámites para su presentación por medios electrónicos, que han derivado en una serie de cambios, particularmente en la forma de presentar los trámites, lo cual ha llevado a que el Acuerdo de reglas establece ciertos criterios y en otras disposiciones se establecen otros. De ahí, la importancia de este ejercicio de transparencia regulatorio en donde todo esto se considere en un texto normativo actualizado conforme a las nuevas necesidades operativas. En el anteproyecto se dan conocer las resoluciones dictadas por la Secretaría de Economía que establecen disposiciones de carácter general en materia de comercio exterior, agrupándolas de manera que faciliten su aplicación por parte de los usuarios, así como de presentar de manera codificada dichos criterios para facilitar su conocimiento, uso y cumplimiento.

Acuerdo Secretarial

Disposiciones jurídicas vigentes#1

El Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y Criterios De Carácter General en Materia De Comercio Exterior, publicado en 2012, actualmente tiene 135 reglas y ha tenido más de 40 modificaciones, por lo que es necesario emitir una publicación que incluya de forma integral todas las actualizaciones que se han llevado a cabo y emitir un instrumento actualizado conforme a las nuevas necesidades operativas

Apartado II.- Identificación de las posibles alternativas a la regulación
Alternativas#1

No emitir regulación alguna

Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#1

De no emitir regulación alguna, no se propiciarían un escenario de certidumbre jurídica en el que se desarrolle la actuación de los diferentes agentes económicos involucrados en el comercio exterior, y no se contaría con un instrumento actualizado a las nuevas necesidades operativas.

Alternativas#2

Esquemas de autorregulación

Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#2

No es posible establecer esquemas de autorregulación toda vez que es necesario regular los trámites que se realizan ante la SE en materia de comercio exterior

El anteproyecto representa un ejercicio de compilación en el que la Secretaría republicará de manera integral las reglas, toda vez que en el transcurso del tiempo han venido sucediendo diversos cambios que se han atendido de diversas maneras con normatividad fuera de las reglas, como por ejemplo, se han actualizado denominaciones de dependencias, la afectación a los sistemas informáticos de la Secretaría, la pandemia generada por el COVID-19, la actualización de trámites para su presentación por medios electrónicos, que han derivado en una serie de cambios, particularmente en la forma de presentar los trámites, lo cual ha llevado a que el Acuerdo de reglas establece ciertos criterios y en otras disposiciones se establecen otros. De ahí, la importancia de este ejercicio de transparencia regulatorio en donde todo esto se considere en un texto normativo actualizado conforme a las nuevas necesidades operativas. En el anteproyecto se dan conocer las resoluciones dictadas por la Secretaría de Economía que establecen disposiciones de carácter general en materia de comercio exterior, agrupándolas de manera que faciliten su aplicación por parte de los usuarios, así como de presentar de manera codificada dichos criterios para facilitar su conocimiento, uso y cumplimiento.

NO APLICA

Apartado III.- Impacto de la regulación
Accion#1

Modifica

Nombre del trámite#1
Tipo#1
Vigencia#1
Medio de presentación#1
Requisitos#1
Población a la que impacta#1
Ficta#1
Plazo#1
Justificación#1

SE ACOMPAÑA AL PRESENTE UN CUADRO COMPARATIVO CON EL ACUERDO VIGENTE EN EL QUE SE INCLUYE LA JUSTIFICACIÓN DE CADA MODIFICACIÓN

Disposiciones/obligaciones#1

Establecen requisitos

Artículos aplicables#1

SE ACOMPAÑA AL PRESENTE UN CUADRO COMPARATIVO CON EL ACUERDO VIGENTE EN EL QUE SE INCLUYE LA JUSTIFICACIÓN DE CADA MODIFICACIÓN Y/O INCLUSIÓN DE ACCIONES REGULATORIAS

Justificación#1

SE ACOMPAÑA AL PRESENTE UN CUADRO COMPARATIVO CON EL ACUERDO VIGENTE EN EL QUE SE INCLUYE LA JUSTIFICACIÓN DE CADA MODIFICACIÓN Y/O INCLUSIÓN DE ACCIONES REGULATORIAS

Medidas#1

Medidas no arancelarias relacionadas con las exportaciones o importaciones

Identifique el o los numeral(es) en el que se ubica la medida#1

SE ACOMPAÑA AL PRESENTE UN CUADRO COMPARATIVO CON EL ACUERDO VIGENTE EN EL QUE SE INCLUYE LA JUSTIFICACIÓN DE CADA MODIFICACIÓN Y/O INCLUSIÓN DE ACCIONES REGULATORIAS

Señale brevemente como afectaría la medida a los exportadores, importadores, y/o prestadores de servicios transfronterizos o cualquier otro sujeto afectado#1

SE ACOMPAÑA AL PRESENTE UN CUADRO COMPARATIVO CON EL ACUERDO VIGENTE EN EL QUE SE INCLUYE LA JUSTIFICACIÓN DE CADA MODIFICACIÓN Y/O INCLUSIÓN DE ACCIONES REGULATORIAS

Justifique la medida, indicando por qué resulta necesaria#1

SE ACOMPAÑA AL PRESENTE UN CUADRO COMPARATIVO CON EL ACUERDO VIGENTE EN EL QUE SE INCLUYE LA JUSTIFICACIÓN DE CADA MODIFICACIÓN Y/O INCLUSIÓN DE ACCIONES REGULATORIAS

No

NO APLICA

No

NO APLICA

Medidas#1

Otras

Identifique el o los numeral(es) en el que se ubica la medida#1

SE ACOMPAÑA AL PRESENTE UN CUADRO COMPARATIVO CON EL ACUERDO VIGENTE EN EL QUE SE INCLUYE LA JUSTIFICACIÓN DE CADA MODIFICACIÓN Y/O INCLUSIÓN DE MEDIDAS CON EFECTOS EN E COMERCIO EXTERIOR

Señale brevemente como afectaría la medida a los exportadores, importadores, y/o prestadores de servicios transfronterizos o cualquier otro sujeto afectado#1

SE ACOMPAÑA AL PRESENTE UN CUADRO COMPARATIVO CON EL ACUERDO VIGENTE EN EL QUE SE INCLUYE LA JUSTIFICACIÓN DE CADA MODIFICACIÓN Y/O INCLUSIÓN DE MEDIDAS CON EFECTOS EN E COMERCIO EXTERIOR

Justifique la medida, indicando por qué resulta necesaria#1

SE ACOMPAÑA AL PRESENTE UN CUADRO COMPARATIVO CON EL ACUERDO VIGENTE EN EL QUE SE INCLUYE LA JUSTIFICACIÓN DE CADA MODIFICACIÓN Y/O INCLUSIÓN DE MEDIDAS CON EFECTOS EN E COMERCIO EXTERIOR

Se dan a conocer las reglas que establecen disposiciones de carácter general y los criterios necesarios para el cumplimiento de las leyes, acuerdos o tratados comerciales internacionales, reglamentos, decretos, acuerdos y demás ordenamientos generales competencia de esta Secretaría, agrupándolos de modo que faciliten al usuario su aplicación, y emitir un instrumento actualizado conforme a las nuevas necesidades operativa

Costo unitario#1
Años#1
Promedio Anual $#1
Indique el grupo o industria afectados#1
Describa de manera general los costos que implica la regulación propuesta#1
Proporcione la estimación monetizada de los costos que implica la regulación#1

SE ACOMPAÑA AL PRESENTE UN CUADRO COMPARATIVO CON EL PROYECTO VIGENTE EN EL QUE SE INCLUYE EL DESGLOSE DE COSTOS DEL ANTEPROYECTO

Costo Total(Valor Presente) $#1

SE ACOMPAÑA AL PRESENTE UN CUADRO COMPARATIVO CON EL PROYECTO VIGENTE EN EL QUE SE INCLUYE EL DESGLOSE DE COSTOS Y BENEFICIOS DEL ANTEPROYECTO

Beneficio unitario#1
Años#1
Promedio Anual $#1
Indique el grupo o industria beneficiados#1
Describa de manera general los beneficios que implica la regulación propuesta#1
Proporcione la estimación monetizada de los beneficios que implica la regulación#1

SE ACOMPAÑA AL PRESENTE UN CUADRO COMPARATIVO CON EL PROYECTO VIGENTE EN EL QUE SE INCLUYE EL DESGLOSE DE COSTOS Y BENEFICIOS DEL ANTEPROYECTO

Beneficio Total (Valor Presente) $#1

SE ACOMPAÑA AL PRESENTE UN CUADRO COMPARATIVO CON EL PROYECTO VIGENTE EN EL QUE SE INCLUYE EL DESGLOSE DE COSTOS Y BENEFICIOS DEL ANTEPROYECTO

El objetivo del anteproyecto es dar a conocer las reglas que establecen disposiciones de carácter general y los criterios necesarios para el cumplimiento de las leyes, acuerdos o tratados comerciales internacionales, reglamentos, decretos, acuerdos y demás ordenamientos generales competencia de esta Secretaría, agrupándolos de modo que faciliten al usuario su aplicación, y emitir un instrumento actualizado conforme a las nuevas necesidades operativa

NO APLICA

NO

Apartado IV. Cumplimiento y aplicación de la propuesta

La regulación se llevará a cabo con la infraestructura con que cuenta la Secretaría de Economía, tales como las oficinas y recursos humanos asignados para la operación. No se requiere infraestructura nueva ni recursos humanos o financieros adicionales a los ya presupuestados para las unidades administrativas involucradas en la administración de la medida.

Las Reglas de Comercio Exterior contemplan distintos trámites, mismos que tienen su propio monitoreo y diversas consecuencias jurídicas. Se lleva a cabo un monitoreo constante de las autorizaciones otorgadas.

Apartado V. Evaluación de la propuesta

El logro de objetivos se evaluará conforme los usuarios se adapten al uso de medios electrónicos para las actuaciones, generando un ahorro de costos considerable.

Apartado VI. Consulta pública
Mecanismo mediante el cual se realizó la consulta#1

Consulta intra-gubernamental

Señale el nombre del particular o el grupo interesado#1

El grupo de trabajo se conformó por el personal de la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior La modificación a la regla 2.2.19, Anexo 2.2.1 y 2.2.2 respecto al tema de los avisos automático de exportación de Tomate, estuvo en consulta pública en CONAMER en el expediente 03/0082/070921 el que se recibieron comentarios de los particulares, mismos que fueron tomados en cuenta para los cambios que se presentan en el presente anteproyecto. La modificación al Anexo 2.2.13 estuvo en consulta pública en CONAMER en el expediente 03/0088/230921 el que se dictamen de exención de Análisis de Impacto Regulatorio.

Describa brevemente la opinión del particular o grupo interesado#1

Se concluyó que la publicación del Acuerdo brindará beneficios a los particulares

Se concluyó que la publicación integral de un nuevo acuerdo de reglas es la mejor opción.

Apartado VII. Anexos