Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

Los procesos nacionales se vinculan estrechamente con el acontecer global y la transformación de México dirige sus esfuerzos al rescate de la pobreza y la restauración ambiental en el territorio nacional. Las condiciones geográficas, la orografía, las condiciones socioambientales de nuestro país son elementos que inciden en la adaptación a un clima cambiante para mitigar los efectos adversos del cambio climático. La problemática nacional y mundial se empalman y presentan oportunidades para soluciones desde la política pública. El Programa Especial de Cambio Climático 2021-2024 (PECC) es un instrumento clave par ala implementación de acciones para que México enfrente los impactos negativos del cambio climático. El PECC está mandatado por la Ley General de Cambio Climático, e incluye la planeación sexenal de las acciones que se realizarán en materia de adaptación a los efectos adversos del cambio climático, así como mitigación de emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero, por parte de las dependencias y entidades que integran la Administración Pública Federal. Esta planeación es de mediano y largo plazos, congruente con los objetivos de la Estrategia Nacional de Cambio Climático con los compromisos internacionales y con las situaciones económica, ambiental y social del país. El PECC tiene cuatro Objetivos Prioritarios: 1. Disminuir la vulnerabilidad al cambio climático de la población, los ecosistemas y su biodiversidad, los sistemas productivos y de la infraestructura estratégica mediante el impulso y el fortalecimiento de los procesos de adaptación y el aumento de la resiliencia. 2. Reducir las emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero a fin de generar un desarrollo con bienestar social, bajo en carbono, y que proteja la capa de ozono, basado en el mejor conocimiento científico posible. 3. Impulsar acciones y políticas sinérgicas entre mitigación y adaptación, que atiendan la crisis climática, priorizando la generación de cobeneficios ambientales, sociales y económicos. 4. Fortalecer los mecanismos de coordinación, financiamiento y medios de implementación entre órdenes de gobierno para la instrumentación de la política de cambio climático, priorizando la co-creación de capacidades e inclusión de los distintos sectores de la sociedad, con enfoque en derechos humanos.

Apartado II.- Impacto de la regulación

El presente ordenamiento no genera costos para los particulares ya que se trata de la Estrategia Nacional que llevará a cabo esta Administración en materia de cambio climático. Es importante señalar que: 1. No se crean nuevas obligaciones y/o sanciones para los particulares o hace más estrictas las existentes. 2. No modifica o crea trámites qeu signifiquen mayores cargas administrativas o costos de cumplimiento para los particulares. 3. No reduce ni restringe prestaciones o derechos para los particulares. 4. No establece ni modifica definiciones, clasificaciones, metodologías, criterios, caracterizaciones o cualquier otro término de referencia que pudiera afectar derecho, obligaciones, prestaciones o trámites de los particulares.

No

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No

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Apartado III.- Anexos