Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

La regulación consiste en establecer las Normas y Bases para cancelar los adeudos a cargo de terceros y a favor de CAPUFE cuando fuere notoria la imposibilidad práctica de su cobro; así como las reglas complementarias, sustentadas en la Norma de Información Financiera Gubernamental General para el Sector Paraestatal NIFGG SP 03 “Estimación de cuentas incobrables”, que forma parte del Manual de Contabilidad Gubernamental para el Sector Paraestatal Federal vigente, para el adecuado control y registro contable de los adeudos de difícil cobro o incobrables, que permita mostrar razonablemente las cuentas por cobrar en los estados financieros del Organismo, así como establecer la documentación que deberá generarse para sustentar de manera suficiente los citados registros contables que deriven de dichas acciones.

Apartado II.- Impacto de la regulación

No se genera un costo de cumplimiento para los particulares, por tratarse de un anteproyecto relativo a Normas y bases para cancelar adeudos a cargo de terceros y a favor de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, normatividad interna en materia de cancelación de adeudos.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos