
Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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La Ley del Servicio Postal Mexicano, establece en su artículo 4 que el Gobierno Federal, por conducto del Organismo Descentralizado denominado Servicio Postal Mexicano (SEPOMEX), tendrá a su cargo la recepción, transportación y entrega de la correspondencia, así como de los servicios diversos de recepción, transportación y entrega de envíos distintos a la correspondencia. Además, el anteproyecto en comento modifica el REGLAMENTO PARA LA OPERACIÓN DEL ORGANISMO SERVICIO POSTAL MEXICANO, publicado en el DOF el 31 de octubre de 1988 con su última modificación en el DOF el 8 de agosto de 2000, que establece en su artículo 1 que el presente Reglamento es de orden público e interés social y tiene por objeto regular la prestación, operación, organización, vigilancia y administración del servicio público de correos, de servicios diversos y de los demás servicios que se contemplan en la Ley del Servicio Postal Mexicano. Considerando que el presente documento modifica el reglamento vigente, y que ademas contempla un impulso en la utilización de los procesos tecnológicos de las telecomunicaciones al servicio de la sociedad mexicana, este SEPOMEX considera que el presente Decreto cumple con las fracción II y V del Artículo Tercero del Acuerdo que fija los lineamientos que deberán ser observados por las dependencias y organismos descentralizados de la Administración Pública Federal, en cuanto a la emisión de los actos administrativos de carácter general a los que resulta aplicable el artículo 69-H de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo (i.e. II. Con la expedición del acto administrativo de carácter general, la dependencia u organismo descentralizado cumpla con una obligación establecida en ley, así como en reglamento, decreto, acuerdo u otra disposición de carácter general expedidos por el Titular del Ejecutivo Federal; V. Los beneficios aportados por el acto administrativo de carácter general, en términos de competitividad y funcionamiento eficiente de los mercados, entre otros, sean superiores a los costos de su cumplimiento por parte de los particulares).
1. Describa los objetivos generales de la regulación propuesta#1 .Con el presente Decreto que modifica el Reglamento vigente, se establece la actualización y ampliación de los servicios que actualmente presta este Organismo, tomando en consideración los avances tecnológicos, así como se faculta al Servicio Postal Mexicano para poder implantar otros servicios postales, que con motivo de los avances tecnológicos se pudieran llegar a prestar a la población. Además, la modificación del Reglamento tiene como objetivo cumplir con un marco jurídico que contemple la utilización, aprovechamiento e implementación de herramientas tecnológicas en los servicios postales que ofrece SEPOMEX, con el fin de otorgar servicios digitales a los particulares y con ello abonar en la disminución de costos administrativos en los utilización de los servicios de dicho organismo. |
Actualmente, no se cuenta con un marco legal que atienda los avances tecnologicos de los servicio postales que pueda presta el SEPOMEX, los avances tecnológicos en telecomunicaciones obligan a los organismos reguladores a implementar regulaciones a cordes a los cambios en las tecnologías. En ese sentido, actualmente el Reglamento vigente no contempla un marco legal actual que atienda los servicios postales que sepomex puede ofrecer a la población. Por lo anterior, se considera relevante actualizar el Reglamento actual con el fin de proveer de certeza legal a todos los participantes en los servicios postales que ofrece SEPOMEX.
DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO PARA LA OPERACIÓN DEL ORGANISMO SERVICIO POSTAL MEXICANO
Disposiciones jurídicas vigentes#1 Reglamento para la Operación del Organismo Servicio Postal Mexicano, publicado en el DOF 31 de octubre de 19888, modificado el 8 de agosto de 2000. |
Alternativas#1 No emitir regulación alguna No se considera viable, ya que SEPOMEX no podría ofrecer nuevos servicios postales digitales a los particulares dentro de un marco legal que de certidumbre a dichos servicios. |
Actualiza el marco legal acorde a los avances tecnologicos
Accion#1 No Aplica
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Obligaciones#1 No Aplica
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Grupo o industria al que le impacta la regulación#1 NINGUNA Para poder acreditar la identidad electrónica del remitente o del destinatario, así como para autenticar los Mensajes de Datos que produzcan el remitente o el destinatario o los de ambos. Para efectuar la acreditación y la autenticación referidas, el Organismo podrá utilizar algunos de los medios siguientes: I. Firma electrónica avanzada, cuyo remitente cuente con un certificado digital vigente, emitido u homologado en términos de la legislación aplicable, y una clave privada generada bajo su exclusivo control; II. Un certificado digital de firma electrónica que hubiere emitido otro órgano del Estado, en los términos del convenio de colaboración que con él hubiese celebrado el Organismo, para el reconocimiento de certificados digitales homologados, conforme a lo previsto en la legislación aplicable; III. Sistemas de firma electrónica basados en la utilización de certificados de dispositivo seguro o medio equivalente que permita identificar la sede electrónica y el establecimiento con ella de comunicaciones seguras; IV. Sistemas de firma electrónica para la actuación administrativa automatizada, u V. Otros sistemas de firma electrónica, como la utilización de claves concertadas en un registro previo como usuario, la aportación de información conocida por el Organismo y el remitente o por el Organismo y el destinatario, sistemas no criptográficos, intercambio de claves simétricas u otros sistemas producto de avances tecnológicos o de la ciencia. |
NO
Grupo o industria al que le impacta la regulación#1 Se contempla que la actualización del Reglamento, traera consigo los siguientes beneficios: • La incorporación de los servicios de buzón electrónico, documento electrónico, correo electrónico certificado y otros servicios postales electrónicos, permitirá a los usuarios de los mismos tener mayores beneficios en la reducción de los tiempos de entrega, comparados con los tiempos normales (servicio tradicional). • El ahorro de materia prima como papel, tinta y demás insumos utilizados para la impresión de la documentación, ya que la documentación se enviaría de forma digital. • Se integra un “tercero verificador” (SEPOMEX) el cual dará la certeza y seguridad de la comunicación entre remitente y destinatario; así como la veracidad de la información contenida en los mensajes. • Se podrán conectar desde cualquier dispositivo móvil (celular o computadora) siempre y cuando cuenten con acceso a internet desde cualquier parte del territorio nacional y tenga contratado el servicio de correo electrónico certificado. • Se reducirán los tiempos de atención, ya que esto beneficiará directamente a los usuarios respecto de la entrega de cualquier documento que cuente con algún plazo, el cual se haría de forma electrónica. • Ser reducirá el tiempo en la entrega de la correspondencia, siempre y cuando el usuario haya optado por el servicio de correo electrónico certificado, Buzón Electrónico y/o Documento Electrónico. • Los usuarios podrán acceder a su Buzón Electrónico en cualquier momento y por ende a la información que enviaron y recibieron en tiempo real. • Este servicio beneficiaría a los usuarios que por alguna razón no pudieran trasladarse de un lugar a otro a realizar alguna notificación de manera presencial. • Con la utilización de la firma electrónica, proporcionará mayor seguridad al remitente o destinatario. • Los cobros digitales sumados a la distribución de las oficinas postales en el territorio nacional, brindarán a la ciudadanía un servicio a la mano para realizar el pago de servicios. se estimaran los beneficios |
se hara una estimacion
se analizarán los mecanismos
Se realizarán los mediopara la evalución
No
Mecanismo mediante el cual se realizó la consulta#1
no existio opinión alguna |
No fueron incluidas