Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

Se presenta el anteproyecto del ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICAN LOS DIVERSOS POR EL QUE SE ESTABLECE EL CUPO Y MECANISMO DE ASIGNACIÓN PARA IMPORTAR CHILES SECOS (PÁPRIKA) ORIGINARIOS DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CUPO PARA IMPORTAR CON EL ARANCEL-CUPO ESTABLECIDO, FILETES DE PESCADO FRESCOS O REFRIGERADOS Y CONGELADOS. El artículo 12 de la Ley Federal de Austeridad Republicana establece que los entes públicos ajustarán sus estructuras orgánicas y ocupacionales de conformidad con los principios de racionalidad y austeridad republicana. Por lo anterior, la austeridad deberá desarrollarse de conformidad con el orden jurídico, administrando los recursos con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que están destinados. Actualmente el "ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE EL CUPO Y MECANISMO DE ASIGNACIÓN PARA IMPORTAR CHILES SECOS (PÁPRIKA) ORIGINARIOS DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ" y el "ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL CUPO PARA IMPORTAR CON EL ARANCEL-CUPO ESTABLECIDO, FILETES DE PESCADO FRESCOS O REFRIGERADOS Y CONGELADOS". prevén que la publicación de la convocatoria de la licitación pública para asignación del cupo correspondiente sea en el Diario Oficial de la Federación generando un gasto para la administración pública, asimismo, posteriormente debe publicarse a los particulares las bases de licitación, generando esto una dispersión regulatoria para los particulares, ya que para la comprensión integral de las reglas con que deben cumplir para participar en las licitaciones, se requiere además consultar tres instrumentos diferentes , por lo que resulta necesario adecuar, integrar y armonizar los procedimientos para la asignación de cupos, privilegiando seguridad y certeza jurídica, la austeridad republicana y los principios constitucionales de competitividad, crecimiento económico, transparencia y economía procesal. Para mejor referencia, se anexa un cuadro comparativo de los textos vigentes, los textos de las bases de licitación, así como el del anteproyecto que se presenta.

Apartado II.- Impacto de la regulación

La presente regulación no genera costos de cumplimiento para los particulares, en virtud de que, se incorpora la información de manera exhaustiva para llevar a cabo licitaciones públicas de la asignación de los cupos y brinda a los usuarios la certeza de cómo debe llevarse a cabo una licitación, por lo que simplifica y facilita el cumplimiento del particular. Asimismo, anteriormente ya se publicaba en las Bases de Licitación los requisitos que ahora se incluyen directamente en el Acuerdo a fin de generar mayor certeza y seguridad jurídica para los particulares. Con lo anterior se demuestra que el anteproyecto no crea nuevas obligaciones para los particulares ni hace más estrictas las obligaciones existentes, no crea ni modifica trámites, que impliquen mayores costos a los existentes toda vez que simplifica y facilita el cumplimiento del particular, no reduce o restringe derechos o prestaciones para los particulares y tampoco establece definiciones, clasificaciones, caracterizaciones o cualquier otro término de referencia, que conjuntamente con otra disposición en vigor o con una disposición futura, afecten o puedan afectar los derechos, obligaciones, prestaciones o trámites de los particulares. Asimismo, se anexa al presente la comparación de las modificaciones que se proponen en el anteproyecto, mismas que al incluirse directamente en el Acuerdo y toda vez no se agregan mayores requisitos de los que se incluían anteriormente en las Bases de Licitación, no genera costos de cumplimiento a los particulares.

No

No

No

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Apartado III.- Anexos