Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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MIR de alto impacto con análisis de riesgos

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Indique el (los) supuesto (s) de calidad para la emisión de regulación en términos del artículo 3 del Acuerdo de Calidad Regulatoria.

Si

No

Si

No

En cumplimiento del Artículo Décimo Primero Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal de la Defensoria Pública, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Seguro Social, en materia de justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva, publicado el 1° de mayo de 2019 en el Diario Oficial de la Federación, que dispone que hasta en tanto no entre en funciones el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social establecerá el Protocolo para efectuar la Legitimación de Contratos Colectivos existentes. En razón de que con la emisión del proyecto, se garantiza la legitimación de los Contratos Colectivos de Trabajo, al ser aprobado de manera directa por la mayoría de los trabajadores que los rigen.

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación
1. Describa los objetivos generales de la regulación propuesta#1

El objeto del presente Protocolo es cumplir con el procedimiento para la legitimación de los Contratos Colectivos de Trabajo existentes a que se refiere el artículo Décimo Primero Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal de la Defensoría Pública, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Seguro Social, en materia de Justicia Laboral, Libertad Sindical y Negociación Colectiva, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1° de mayo de 2019, disposiciones vigentes hasta en tanto el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral entre en funciones.

Evitar la existencia del Contratos Colectivos de Trabajo que hayan sido celebrados sin la aprobación directa de los trabajadores, esto es que hayan sido celebrados entre los patrones y dirigentes sindicales sin la voluntad directa de los trabajadores.

Acuerdo Secretarial.

Disposiciones jurídicas vigentes#1

Actualmente no existen disposiciones jurídicas vigentes.

Apartado II.- Identificación de las posibles alternativas a la regulación
Alternativas#1

Otras

Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#1

No existe alternativa ya que la norma se emite en cumplimiento al Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal de la Defensoría Pública, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Seguro Social, en materia de Justicia Laboral, Libertad Sindical y Negociación Colectiva, en su Artículo Décimo Primero Transitorio, párrafo quinto dispone, que hasta en tanto no entre en funciones el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, publicado en el DOF el 1° de mayo de 2019.

En virtud de que se da cumplimiento a una ley primaria.

Es una norma transitorio, por lo que no existe antecedente o práctica internacional.

Apartado III.- Impacto de la regulación
Tipos de riesgo que motivan la emisión de la regulación#1

Población, grupo industria potencialmente afectada.

Salud Humana#1

No aplica.

Salud animal o vegetal#1

No aplica.

Laboral#1

Evitar contratos Colectivos de Trabajo simulados o sin el consentimiento de los trabajadores.

Medio ambiente#1

No aplica.

Consumidores o Economía#1

No aplica.

Seguridad#1

No aplica.

Tipo de riesgo#1

No Aplica

Grupo, sector o población sujeta al riesgo#1

Acción implementada#1

Indicador de impacto#1

Situación esperada con la implementación de la regulación#1

Justificación de cómo se reduce, mitiga o atenúa el riesgo con la acción#1

No

No existe variación en la magnitud del riesgo, toda vez que no distingue la disposición a sujetos específicos.

Medida aplicada para la administración del riesgo#1

No Aplica

Riesgo identificado (ordenados del mayor al menor)#1

Grupo, sector o población sujeta al riesgo#1

No

No aplica, en virtud de que se trata de una disposición transitoria.

No

Accion#1

Crea

Obligaciones#1

Establecen obligaciones

Vigencia#1

Indefinida / condicionada

Medio de presentación#1

Medios electrónicos y presencial

Requisitos#1

El aviso deberá contener como mínimo la siguiente información. SINDICATO: a) Nombre, número de registro y datos de contacto del sindicato solicitante, incluyendo el correo electrónico para recibir notificaciones; b) Nombre del secretario general o, en su caso, del apoderado legal del sindicato; c) Número de afiliados del sindicato solicitante; PATRÓN: d) Nombre, domicilio, Registro Federal de Contribuyentes y datos de contacto del patrón con el que se celebró el Contrato Colectivo de Trabajo; CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO: e) Autoridad laboral ante la que está depositado el Contrato Colectivo de Trabajo; f) Principales prestaciones, incluyendo vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y tabulador salarial; CONSULTA: g) Fecha y horario en que se realizará la consulta, para el caso de que ésta sea verificada por un fedatario público; h) Domicilio en que se realizará la consulta, el cual deberá ser accesible a los trabajadores y reunir las condiciones necesarias para que éstos emitan su voto de manera libre, pacífica, ágil y segura, sin que puedan ser coaccionados de forma alguna; y i) Nombre, número de patente o del documento análogo, así como datos de contacto del fedatario público que dará fe de la consulta, en caso de que el sindicato desee realizar la consulta bajo esta modalidad. En caso de que el solicitante opte por el acompañamiento de una autoridad laboral, lo deberá manifestar en este sentido, en cuyo caso el día y la hora de la consulta estará supeditado a la disponibilidad de personal de la autoridad laboral. 3. Una vez llenado el formato de aviso, éste deberá imprimirse y firmarse de manera autógrafa por el promovente. Acto seguido, el formato deberá digitalizarse y subirse a la plataforma anexando la siguiente documentación: a) Toma de nota del sindicato interesado; b) Identificación oficial del secretario general o apoderado legal del sindicato, incluyendo el documento con el que acredite su personalidad; c) Tabulador salarial.

Población a la que impacta#1

Mas de un millón.

Ficta#1

No

Plazo#1

10 días antes de realizar la consulta.

Justificación#1

Es el tiempo requerido para revisar los documentos presentados y preparar, así como designar al personal que asista a la verificación de la consulta a los trabajadores del Contrato Colectivo a legitimar.

Nombre del trámite#1

Legitimación de Contratos Colectivos de Trabajo existentes.

Homoclave#1

No se cuenta.

Tipo#1

Beneficio

Artículos aplicables#1

Artículo 390 Ter de la Ley Federal del Trabajo.

Justificación#1

Este protocolo es una disposición transitoria de la Ley Federal del Trabajo.

Costo unitario#1

Indeterminado.

Años #1

Una sola ocasión dentro de cuatro años

Indique el grupo o industria afectados#1

Sectores industriales y de servicios, en los que rija los Contratos Colectivos de Trabajo.

Describa de manera general los costos que implica la regulación propuesta#1

En caso de que los sindicatos lo decidan, el pago de honorarios de un fedatario público requerido, para que dé fe de la consulta realizada a los trabajadores.

Agentes económicos#1

Trabajadores y patrones.

Costo Total(Valor Presente) $#1

Indeterminado.

Proporcione la estimación monetizada de los costos que implica la regulación#1

Indeterminado.

Costo Anual $#1

Indeterminado.

Beneficio unitario$#1

Indeterminado.

Años #1

Una vez durante los cuatro años.

Indique el grupo o industria beneficiados#1

Sectores industriales y de servicios, en los que rija los Contratos Colectivos de Trabajo.

Describa de manera general los beneficios que implica la regulación propuesta#1

Se garantiza la existencia de Contratos Colectivos auténticos aprobados por la mayoría de los trabajadores y los empleadores tendrán la seguridad de que el Contrato Colectivo fue aceptado por los trabajadores.

Agentes económicos#1

Empleadores y trabajadores.

Costo Total(Valor Presente) $#1

Indeterminado.

Proporcione la estimación monetizada de los costos que implica la regulación#1

El costo es indeterminado.

Beneficio Anual $#1

Indeterminado.

El costo es indeterminado, sin embargo, habrá un beneficio considerable tanto para empleadores como trabajadores al existir Contratos Colectivos de Trabajo auténticos derivados de la negociación colectiva entre ambas partes.

No existe diferencia en la disposición sobre los sujetos.

Apartado IV. Cumplimiento y aplicación de la propuesta

Se realizará a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a través de sus servidores públicos, mediante comunicación electrónica y verificación de las consultas a los trabajadores, en algunos casos con la presencia de fedatarios públicos, cuando lo decida el sindicato.

Se realizará la verificación de las consultas a los trabajadores para determinar si aprueban los Contratos Colectivos de Trabajo existentes.

Durante el periodo de cuatro años, depurar los contratos que no cuenten con la voluntad de los trabajadores.

Si

Hasta el momento no se cuenta con indicadores ya que es la primera vez que se establece este tipo de norma, además el protocolo es transitorio, por lo que su vigencia no será permanente, en el futuro será el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, como autoridad responsable quien dará seguimiento al cumplimiento de este procedimiento.

Apartado V. Evaluación de la propuesta

Se integrará un padrón de los contratos que hayan sido legitimado, el cual se enviará el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. Con dicho padrón se podrán hacer las valoraciones sobre los fines de esta norma.

Apartado VI. Consulta pública

No

Mecanismo mediante el cual se realizó la consulta#1
Señale el nombre del particular o el grupo interesado#1

Describa brevemente la opinión del particular o grupo interesado#1

No se realizó consulta, ya que esta norma se emitió en cumplimiento al artículo Transitorio Décimo Primero del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal de la Defensoría Pública, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Seguro Social, en materia de Justicia Laboral, Libertad Sindical y Negociación Colectiva.

Apartado VII. Anexos