Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

El 29 de noviembre de 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto Promulgatorio del Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (Tratado), hecho en Santiago de Chile, el 8 de marzo de 2018, cuya entrada en vigor al 30 de diciembre de 2018 resultó aplicable para Australia, Canadá, los Estados Unidos Mexicanos, Japón, Nueva Zelanda y la República de Singapur en términos del Artículo 3 del propio Tratado. Mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 14 de enero de 2019, se dio a conocer que en esa misma fecha entró en vigor el Tratado para la República Socialista de Vietnam. El propio 14 de enero de 2019, la República Socialista de Vietnam notificó a las Partes que, de conformidad con el Anexo 3-A del Tratado, aplicará la certificación de origen emitida por la autoridad competente, y el 11 de febrero de 2019, los Estados Unidos Mexicanos recibieron el comunicado del Ministerio de Industria y Comercio de aquel país con el ejemplar de origen, las firmas y los sellos de las autoridades competentes para emitir certificados de origen.

Apartado II.- Impacto de la regulación

El Anexo 3-A del Tratado indica que una Parte podrá aplicar la certificación de origen emitida por una autoridad competente solo si ha notificado a las otras Partes de su intención de aplicar esa certificación de origen por autoridad competente a la entrada en vigor del Tratado entre las Partes. Dado que el 14 de enero de 2019, la República Socialista de Vietnam notificó a las Partes que de conformidad con el Anexo 3-A del Tratado aplicará la certificación de origen emitida por la autoridad competente, y con la finalidad de brindar certeza a los operadores de comercio exterior, se requiere publicar el presente Aviso por el que se da a conocer el esquema de certificación que la República Socialista de Vietnam aplicará en el marco del Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico. La publicación de este instrumento no genera costos, ni obligaciones a los particulares.

No

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No

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Apartado III.- Anexos