Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Solicitud de exención de MIR por no costos

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

La propuesta de Instructivo para el Trámite y Resolución de las Quejas Administrativas ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, pretende regular el procedimiento administrativo establecido en la Ley del Seguro Social en el Artículo 296, mismo que se describe a continuación: "Los derechohabientes podrán interponer ante el Instituto queja administrativa, la cual tendrá la finalidad de conocer las insatisfacciones de los usuarios por actos u omisiones del personal institucional vinculados con la prestación de los servicios médicos, siempre que los mismos no constituyan un acto definitivo impugnable a través del recurso de inconformidad. El procedimiento administrativo de queja deberá agotarse previamente al conocimiento que deba tener otro órgano o autoridad de algún procedimiento administrativo, recurso o instancia jurisdiccional. La resolución de la queja se hará en los términos que establezca el instructivo respectivo". El presente Instructivo, entre otros aspectos, fortalece las acciones de desconcentración administrativa dando mayor capacidad resolutiva de las quejas a los Consejos Consultivos Regionales y Delegacionales, contempla a las Unidades Médicas de Alta Especialidad UMAEs, y redimensiona la participación del Órgano Interno de Control, en el proceso oportuno de atención a quejas administrativas. A partir de la aprobación de este Instructivo, la capacidad resolutiva del nivel regional, delegacional y en las UMAEs, pasa de 75 a 250 veces el Salario Mínimo vigente en el Distrito Federal. Lo anterior, permitirá reforzar las acciones normativas al disminuir en aproximadamente un 33% la resolución de quejas que actualmente atiende la Coordinación General de Atención y Orientación al Derechohabiente. El presente Instructivo, abroga al Reglamento para el Trámite y Resolución de Quejas Administrativas ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 1997, así como todas las disposiciones emanadas del Consejo Técnico o de cualquier otra dependencia del Instituto que se opongan a las establecidas en el presente instructivo. La solicitud de exención de Manifestación de Impacto Regulatorio, se sustenta en que el Instructivo, no implica costos de cumplimiento para los particulares, e inclusive facilita a los quejosos iniciar ante la institución un procedimiento administrativo que en forma rápida e imparcial, les da respuesta a diferentes peticiones como son entre otras: investigación de hechos, sanción al personal, reintegro de gastos erogados, atención médica, indemnización, etc.; y en caso de inconformidad o desacuerdo con la respuesta, quedan a salvo sus derechos para acudir a otras instancias intra y extra institucionales.

Tipo de anteproyecto#1

No

Ordenamiento#1

Ley del Seguro Social

Artículos y fracciones#1

296

Ordenamiento#2

Reglamento de Organización Interna del Instituto Mexicano del seguro Social

Artículos y fracciones#2

85, 93 fracción X y 122 fracción XIV

No

No

No

No

No

No

Nombre del trámite#1
Homoclave RFTS#1