Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

El Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio entró en vigor el 1 de julio del mismo año. El 29 de junio de 2012 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se da a conocer la tasa aplicable a partir del 1 de julio de 2012 del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio, mediante el cual se dio a conocer a los operadores y autoridades aduaneras las condiciones arancelarias y los mecanismos que regirían la importación de las mercancías originarias de la Asociación Europea de Libre Comercio, a partir del 1 de julio de 2012. El 17 de junio de 2014 México e Islandia suscribieron el Segundo Protocolo Modificatorio al Acuerdo sobre Agricultura entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Islandia, firmado en la Ciudad de México el 27 de noviembre de 2000, hecho en Ginebra, Suiza, (Segundo Protocolo Modificatorio), mediante el cual ambos países acordaron, entre otros, eliminar los aranceles aduaneros a la importación a México de agua, incluidas la mineral natural o artificial y la gaseada, sin adición de azúcar u otro edulcorante ni aromatizada, así como hielo y nieve de Islandia. Dicho Protocolo Modificatorio fue aprobado por el Senado de la República el 26 de abril de 2018 según Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2018, y entró en vigor el 1 de septiembre de 2018 según Decreto de Promulgación publicado el 31 de agosto de 2018. En virtud de lo anterior, el presente instrumento tiene por objeto dar a conocer a los operadores y autoridades aduaneras las modificaciones al Acuerdos por el que se da a conocer la tasa aplicable a partir del 1 de julio de 2012 del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de junio de 2012.

Apartado II.- Impacto de la regulación

El presente Acuerdo tiene por objeto dar a conocer a los operadores y autoridades aduaneras las modificaciones al Acuerdos por el que se da a conocer la tasa aplicable a partir del 1 de julio de 2012 del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de junio de 2012.

No

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Apartado III.- Anexos