Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

La presente Circular hace del conocimiento de las dependencias, la procuraduría general de la república y entidades de la administración pública federal, así como a las empresas productivas del estado y a las entidades federativas, de la multa que se impuso a la empresa denominada a la empresa GRUPO JALISCO CONSTRUCTOR, S.A. DE C.V; así como Inhabilitación temporal por un año para participar de manera directa o por interpósita persona en procedimientos de contratación o celebrar contratos regulados por la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas, por lo que a partir del día siguiente al que se publique la presente Circular en el Diario Oficial de la Federación, deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con dicha persona moral.

Apartado II.- Impacto de la regulación

La Circular comunica sobre la sanción y multa que se le impuso a la empresa GRUPO JALISCO CONSTRUCTOR, S.A. DE C.V.. No establece costos de cumplimiento para los particulares a tratarse de un aviso dirigido a las dependencias, la procuraduría general de la república y entidades de la administración pública federal para abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con dicha persona moral.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos