Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

El Acuerdo propuesto consiste en reformar los artículos Primero, Segundo, Tercero, Cuarto, Noveno, Décimo y Décimo Primero; así como los anexos 1 "Forma Migratoria Múltiple (FMM), 2 "Documento Migratorio", 3 "Formato Básico", 8 "Formato Estadístico para Mexicanos" (FEM), 9 "Instructivo de llenado de Formato Estadístico para mexicanos", 16 "Formato para obtener la Tarjeta de Viaje para Personas de Negocios de APEC (ABTC)" y 17 "Instructivo de llenado del Formato para obtener la Tarjeta ABTC". Asimismo, se adicionan los artículos Cuarto Bis, Noveno Bis y los Anexos 8 Bis "Instructivo de llenado de Formato Estadístico para Mexicanos", 9 Bis "Instructivo de llenado de Formato Estadístico para Mexicanos Repatriados" y 17 Bis "Tarjeta de Viaje para Personas de Negocios APEC (ABTC)"; todos de la Circular referente a los documentos migratorios y los formatos de solicitud de trámite y estadísticos del Instituto Nacional de Migración. El objeto de la regulación es realizar las adecuaciones pertinentes a los formatos migratorios señalados, conforme al Manual de Identidad Gráfica 2013-2018 e incorporar a la Circular citada, los formatos a que se refieren los anexos 8 Bis, 9 Bis y 17 Bis, para mejorar el control de los documentos migratorios y generar información estadística útil a fin de optimizar las políticas públicas en materia migratoria.

Apartado II.- Impacto de la regulación

Se estima que la regulación propuesta no implica costos de cumplimiento a los particulares, porque no genera nuevos trámites ni mayores cargas, sino que pretende facilitar la gestión migratoria y producir certeza jurídica en los usuarios de los servicios migratorios, mediante la actualización de los documentos y formatos migratorios.

No

No

No

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Apartado III.- Anexos