Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

Dar a conocer a las autoridades jurisdiccionales de cualquier ámbito y materia, patrones, sujetos obligados, asegurados, pensionados, beneficiarios, servidores públicos y público en general, que a partir del día 16 de Junio de 2018, el domicilio oficial de la Sede Delegacional, Área de Auditoria, de Quejas y Responsabilidades (OIC), Jefatura de Salud en el Trabajo, Prestaciones Económicas y Sociales; Jefatura de Servicios Administrativos; Jefatura de Finanzas; Jefatura de Prestaciones Médicas; Jefatura de Afiliación y Cobranza; Coordinación Delegacional de Competitividad, Coordinación Delegacional de Comunicación Social, Coordinación de Atención y Orientación al Derechohabiente y Coordinación de Informática del Instituto Mexicano del Seguro Social en la Delegación Sur del Distrito Federal; con la finalidad de atender cualquier trámite administrativo dentro de sus facultades descritas en los artículos 2 fracción IV inciso a), 139, 141, 142 fracciones I, II y III, 144, 145 y 155 fracción XXXV del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro, por el sismo ocurrido el 19 de septiembre de 2017. Dicho aviso se emite en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 4, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 33 y 34, del Código Civil Federal

Apartado II.- Impacto de la regulación

Con base en lo anterior, se considera que procede eximir de la obligación de elaborar el Análisis de Impacto Regulatorio, al Instituto Mexicano del Seguro Social, en términos del artículo 71 cuarto párrafo de la Ley General de Mejora Regulatoria en el entendido de que el mismo no implica costos de cumplimiento o trámites adicionales para los particulares y no restringe derechos ni prestaciones, ya que únicamente se trata de hacer del conocimiento que la Sede Delegacional, Área de Auditoria, de Quejas y Responsabilidades (OIC); Jefatura de Salud en el Trabajo, Prestaciones Económicas y Sociales; Jefatura de Servicios Administrativos; Jefatura de Finanzas; Jefatura de Prestaciones Médicas; Jefatura de Afiliación y Cobranza; Coordinación Delegacional de Competitividad, Coordinación Delegacional de Comunicación Social, Coordinación de Atención y Orientación al Derechohabiente y Coordinación de Informática del Instituto Mexicano del Seguro Social en la Delegación Sur del Distrito Federal, el domicilio donde actualmente desempeñan sus actividades., lo anterior se informa en cumplimiento del artículo 78 de la Ley General de Mejora Regulatoria.

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Apartado III.- Anexos