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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Indique el (los) supuesto (s) de calidad para la emisión de regulación en términos del artículo 3 del Acuerdo de Calidad Regulatoria.

Si

No

Si

No

Cumplir con lo previsto en el Capítulo III de Prestadores de Servicios de Certificación (PSC) Título II del Comercio Electrónico del Código de Comercio. Establecer la Reglamentación para la acreditación como PSC. Asegurar la existencia de un proceso de Digitalización confiable. Determinar los requisitos a que se refiere el Artículo 102 del Código de Comercio, definiendo algunas de las características de los elementos humanos, materiales, económicos y tecnológicos. Determinar el Seguro de Responsabilidad Civil que el PSC deberá tener en garantía. Fomentar los actos de comercio en medios electrónicos, dada la seguridad que respalda este tipo de transacciones gracias a lo estipulado en el Código de Comercio.

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación
1. Describa los objetivos generales de la regulación propuesta#1

Mejorar e innovar la prestación de los servicios de emisión de Certificados Digitales, Sellos Digitales de Tiempo, Conservación de Mensajes de Datos, Digitalización de Documentos en Soporte Físico, así como para actuar como Tercero Legalmente Autorizado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 100 y la NOM-151-SCFI-2016.

Derivado del rezago tecnológico, de los altos costos de la infraestructura informática y no estar a la vanguardia en materia de estándares internacionales aplicados a los servicios relacionados con certificados digitales de firma electrónica avanzada, conservación de mensaje de datos, sellos digitales de tiempo y digitalización de documentos, los Prestadores de Servicios de Certificación manifestaron sus inquietudes a esta Secretaría de Economía para incorporar virtualización y computo en la nube en virtud que las Reglas Generales son obsoletas poniendo en riesgo la seguridad de la información proporcionada por los usuarios que solicitan sus servicios como PSC´s. Por lo anterior la Secretaria de Economía llevo a cabo una revisión detallada a las Reglas Generales a las que Deberán Sujetarse los Prestadores de Servicios de Certificación, con la finalidad de de garantizar procedimientos claros y definidos que permitan la continuidad del servicio, asimismo se procedió a la actualización del Anteproyecto permitiendo que los PSC opten utilizar en sus centros de datos principal y alterno cómputo en la nube, acreditando que cumplen con los estándares y certificaciones nacionales y/o internacionales e incluir en su documentación de seguridad informática un apartado específico para cómputo en la nube, la principal ventaja es permitir optimizar los recursos computacionales existentes al generar economías de escala. Beneficio del cómputo en la nube • Reducir costos: Cómputo en la nube ofrece la posibilidad de escalabilidad sin necesidad de comprar más infraestructura. Lo anterior permite optimizar el uso de servidores y licencias de software, reduciendo costos. • Inmediatez: Una gran ventaja del cómputo en la nube es la rapidez con la que se puede adoptar, a diferencia de la tecnología de información tradicional, que requiere de mucho más tiempo para ser ordenada, configurada e instalada. • Disponibilidad. Los proveedores de cómputo en la nube tienen la infraestructura y la capacidad de banda ancha para cubrir los requerimientos de acceso de alta velocidad y almacenamiento de datos de las aplicaciones. • Eficiencia. Al reorganizar las actividades de administración, las empresas pueden concentrarse en la innovación de productos. Esto puede traer ventajas mucho mayores que sólo la reducción de costos.

REGLAS GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN

Disposiciones jurídicas vigentes#1

Código de Comercio - Capítulo I BIS - De la Digitalización

Apartado II.- Identificación de las posibles alternativas a la regulación
Alternativas#1

Otras

Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#1

Escenario Base: 1. No emitir regulación Esta opción implica que el Gobierno no intervenga y que, por consecuencia, exista vulnerabilidad tecnológica y de datos, con altas probabilidades de que haya sustracción de información valiosa, poniendo en riesgo la seguridad de la información proporcionada por el comerciante, así como en estado de indefensión al mismo. 2. Autorregulación Esta opción implica que exista una autorregulación por parte de las empresas, mismas que tomarían el control de sus procesos y no aplicarían estándares de seguridad confiables sobre los servicios ofrecidos. Lo anterior pondría en riesgo la seguridad, la confianza y la certeza jurídica en los actos de comercio a través de medios electrónicos, ya que no se cuenta con una figura gubernamental regulatoria que supervise sus procesos internos.

El Anteproyecto es la mejor opción regulatoria, ya que establece un referente normativo compatible con los estándares y lineamientos nacionales e internacionales en el tema de servicios de firma electrónica (emisión de certificados, emisión de constancias de conservación de mensajes de datos, sellos digitales de tiempo y digitalización). Toda vez, que se actualiza para fortalecer los elementos de seguridad informática, y establecer los requisitos para prestar los servicios de firma electrónica antes mencionados, debido a la rápida evolución de los sistemas computacionales, amenazas persistentes y el uso de códigos maliciosos con el fin de robar información trayendo consigo los siguientes beneficios: - Disminución de los riesgos que se desprenden de las nuevas tecnologías de la información y comunicaciones. - Disminución de la vulnerabilidad de los elementos de seguridad electrónica. - Los documentos podrán ser digitalizados en el formato que determine el comerciante. - Todos los documentos, estarán acompañados por la firma electrónica del comerciante y del PSC, así como de un sello de tiempo y una constancia de conservación de mensajes - Habrá presunción legal sobre el adecuado cumplimiento de las disposiciones legales y normativas relativas a dicho proceso. - Se mantendrá la confidencialidad de la información, - El proceso de digitalización podrá ser controlado por un Tercero Legalmente Autorizado, que constatará que dicha migración se realice íntegra e inalterablemente tal y como se generó por primera vez. - Los equipos para digitalización, cumplirán con los métodos que se describen en el Apéndice Normativo B de la NOM-151-SCFI-2016, Requisitos que deben observarse para la conservación de mensajes de datos y digitalización de documentos (cancela la NOM-151-SCFI-2002)

Apartado III.- Impacto de la regulación
Accion#1

Modifica

Tipo#1

Beneficio

Vigencia#1

INDEFINIDA

Medio de presentación#1

Presencial

Requisitos#1

Los establecidos en los trámites para la acreditación

Población a la que impacta#1

A los particulares interesados en acreditarse como Prestador de Servicios de Certificación

Ficta#1

Afirmativa

Plazo#1

45 días

Justificación#1

Los trámites correspondientes al proceso de acreditación como Prestador de Servicios de Certificación se encuentran registrados en el sistema de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER) con las homoclaves siguientes SE-09-026-A, SE-09-026-B, SE-09-026-C, SE-09-027-A, SE-09-027-B y SE-09-027-C. Dichos tramites serán modificados con el fin de que el solicitante cumpla con lo establecido en la normatividad. Por lo anterior esta Secretaria de Economía conforme a lo dispuesto en el artículo 69-N de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo notificara a la COFEMER dentro de los diez días hábiles siguientes a que entre en vigor la disposición que fundamente la modificación de los trámites antes citados. El numeral 18 del anteproyecto, hace mención al trámite con homoclave SE-09-032 que se encuentra registrado en la plataforma de COFEMER, debido a que, en caso del Cese de funciones de cualquier Prestador de Servicios de Certificación, deberán de comunicar el destino que se dará a sus registros y archivos. Además de cubrir los costos que generen a la Dependencia y se tomen las medidas necesarias que garanticen en beneficio de los usuarios, la continuidad del servicio

Nombre del trámite#1

Autorización de la Procedencia para la acreditación del Servicio de Certificación de Firma Electrónica, Acreditación como Prestador de Servicios de Certificación , Ceses de operaciones de un prestador de servicios de certificación.

Homoclave#1

SE-09-026-A, SE-09-026-B, SE-09-026-C, SE-09-027-A, SE-09-027-B, SE-09-027-C y SE-09-032

Obligaciones#1

No Aplica

Artículos aplicables#1

Justificación#1

Grupo o industria al que le impacta la regulación#1

Impacta a los particulares interesados en acreditarse como Prestadores de Servicios de Certificación.

Describa o estime los costos#1

El cálculo del Costo se elaboró por cada uno de los servicios en los que se puede acreditar el particular. Emisión de certificados digitales de firma electrónica avanzada El particular además de cumplir con su documentación, tendrá que realizar un pago de derechos, mismo que incluye el estudio y la acreditación. Posteriormente tendrá que contemplar el costo del acta constitutiva de la sociedad. Además, tendrá que considerar la infraestructura y el personal para comenzar la operación en la emisión de certificados digitales de firma electrónica avanzada. La siguiente tabla muestra la inversión por cada rubro necesario para la prestación del servicio: Inversión inicial emisión de certificados digitales de firma electrónica avanzada Concepto Cantidad (pesos, M.N) Pago de derechos $297,846 Acta constitutiva $25,058 Infraestructura $1,996,984 Sueldos $319,200 Total $2,639,088 En el Anteproyecto se contempla el almacenamiento de la información en cómputo en la nube, lo que representa un benéfico para el particular, tomando en cuenta que no será necesario un equipo para almacenamiento de la información y otro para redundancia, lo antes mencionado se traduce en un ahorro de $300,400 (pesos, M.N), por lo anterior, la inversión inicial sería de $2,338,688 (pesos, M.N) Emisión de constancias de conservación de mensajes de datos El particular realizará un pago de derechos, mismo que incluye el estudio y la acreditación, contemplará el costo del acta constitutiva de la sociedad, así como la inversión en infraestructura y personal para comenzar la operación de la emisión de constancias de conservación de mensajes de datos. La siguiente tabla muestra la inversión por cada rubro necesario para la prestación del servicio: Inversión inicial emisión de constancias de conservación de mensajes de datos Concepto Cantidad (pesos, M.N) Pago de derechos $184,567 Acta constitutiva $25,058 Infraestructura $1,561,560 Sueldos $319,200 Total $2,090,385 En el ante proyecto se contempla el almacenamiento de la información en cómputo en la nube lo que representa un benéfico para el particular, tomando en cuenta que no será necesario un equipo para almacenamiento de la información y otro para redundancia, lo antes mencionado se traduce en un ahorro de $300,400 (pesos, M.N), por lo anterior, la inversión inicial sería de $1,789,985 (pesos, M.N). Emisión de sellos digitales de tiempo El particular realizará un pago de derechos, mismo que incluye el estudio y la acreditación, así mismo, contemplará costo del acta constitutiva de la sociedad, la inversión en infraestructura y personal para comenzar la operación de emisión de sellos digitales de tiempo. La siguiente tabla muestra la inversión por cada rubro necesario para la prestación del servicio: Inversión inicial servicio de Sellos digitales de tiempo Concepto Cantidad (pesos, M.N) Pago de derechos $184,567 Acta constitutiva $25,058 Infraestructura $1,446,984 Sueldos $319,200 Total $1,975,809 En el ante proyecto se contempla el almacenamiento de la información en cómputo en la nube lo que representa un benéfico para el particular, tomando en cuenta que no será necesario un equipo para almacenamiento de la información y otro para redundancia, lo antes mencionado se traduce en un ahorro de $300,400 (pesos, M.N), por lo anterior, la inversión inicial sería de $1,675,409 (pesos, M.N). Es importante mencionar que el Anteproyecto no generará ningún costo para los Prestadores de Servicios de Certificación que cuentan con la acreditación por parte de la Secretaría de Economía, ya que la acreditación es por tiempo indefinido. Al implementar el uso de computo en la nube, se está logrando un ahorro por la cantidad de $300,400 (pesos, M.N) para los PSC´s y el particular interesado en acreditarse.

No. Definitivamente no impacta de manera diferenciada, debido a que son mismos requisitos para todo aquel que se quiera acreditar.

Grupo o industria al que le impacta la regulación#1
Describa de manera general los beneficios que implica la regulación propuesta#1

De manera colateral, el Anteproyecto beneficiara a los comerciantes ya que podrán hacer uso del servicio de digitalización mediante un tercero legalmente autorizado, quien deberá ser un Prestador de Servicios de Certificación acreditado por la Secretaría de Economía de conformidad con el Código de Comercio, el Reglamento del Código de Comercio en materia de Prestadores de Servicios de Certificación y el Anteproyecto. Al realizar los comerciantes la migración de sus documentos en soporte físico a formato digital, cumpliendo con lo establecido en el Anteproyecto, tendrán los siguientes beneficios: • Mejorará la calidad y rapidez del servicio al reducir los tiempos de respuesta. • Aumento de la productividad. • Uso óptimo de los recursos. • Disminución de los costos asociados a la administración del papel (almacenamiento). • Mayor control y seguridad en el manejo de la información. • Disminuir el tiempo de localización de los archivos. • Disminución de la vulnerabilidad de los elementos de seguridad electrónica. • Disminución de tiempos de espera y atención. • Los documentos podrán ser digitalizados en el formato que determine el comerciante. • Evitar traslados a los puntos de atención presencial, permitiendo ahorrar tiempo en sus trámites • Habrá presunción legal sobre el adecuado cumplimiento de las disposiciones legales y normativas relativas a dicho proceso. Finalmente, el Anteproyecto agilizara las transacciones comerciales en el País y las que se lleven con el extranjero en medios electrónicos (internet), dando certeza jurídica y brindando seguridad informática en las mismas. Es prioritario para el desarrollo del País establecer un medio ideal para atraer inversiones de otros países con tecnologías similares los cuales tengan la certeza y respaldo del Gobierno Federal. Al determinar la verificación, supervisión, y vigilancia de los PSC´s por parte de la Secretaría de Economía, se creará el ambiente necesario para las inversiones en este tipo de tecnologías y como consecuencia, la generación de empleos. Los comerciantes podrán ofrecer sus servicios a través de internet con la seguridad de saber que proveedores y clientes son los que los contactan y realizan actos de comercio.

Proporcione la estimación monetizada de los beneficios que implica la regulación#1

Emisión de certificados digitales de firma electrónica avanzada Para calcular los ingresos por el servicio de certificados digitales, se tomaron en cuenta las cantidades que emiten anualmente tres de los Prestadores de Servicios de Certificación ya acreditados por la Secretaria, para sacar el promedio de certificados emitidos en un año, se obtuvo un precio promedio tomando como referencia los precios que manejan en la actualidad. La siguiente tabla muestra los certificados emitidos, así como los ingreso por prestar el servicio: Ingresos por el servicio de certificados digitales Promedio de Certificados emitidos 3532 Precio Promedio $1,520 Ingresos $5,367,192 Se calcula el beneficio con la siguiente fórmula: Beneficio= ingresos – costos B= $5,367,192 - $2,338,688 = $ 3,028,504 (pesos, M.N) B/C= $ 3,028,504 / $2,338,688 = $1.29, es decir, por cada peso que ingresa, se obtienen $1.29 pesos de ganancia. Emisión de constancias de conservación de mensajes de datos Para calcular los ingresos por el servicio de constancias de conservación de mensajes de datos, se tomaron en cuenta las cantidades que emiten anualmente tres de los Prestadores de Servicios de Certificación ya acreditados por la Secretaria para sacar el promedio de constancias emitidas en un año, se obtuvo un precio promedio tomando como referencia los precios que manejan en la actualidad. La siguiente tabla muestra el promedio de constancias emitidas, así como el ingreso de prestar el servicio: Ingresos por el servicio de constancias de conservación de mensajes de datos Promedio de Constancia de conservación emitidas 37,681,114 Precio Promedio $5.06 Cantidad $ 190,666,437 Se calcula el beneficio con la siguiente fórmula: Beneficio= ingresos – costos B= $190,666,447 - $1,789,985 = $188,876,452 (pesos, M.N). B/C= $188,876,452 / $1,789,985 = $106, es decir, por cada peso que ingresa, se obtienen 106 pesos de ganancia. Emisión de sellos digitales de tiempo Para calcular los ingresos por el servicio de Sellos digitales de tiempo, se tomaron en cuenta las cantidades que emiten anualmente tres de los Prestadores de Servicios de Certificación ya acreditados por la Secretaria para sacar el promedio de sellos digitales de tiempo emitidos en un año, se obtuvo un precio promedio tomando como referencia los precios que manejan en la actualidad. La siguiente tabla muestra el promedio de constancias emitidas, así como el ingreso de prestar el servicio: Ingresos por el servicio de sellos digitales de tiempo Promedio de Sellos digitales de tiempo emitidos 38,804,665 Precio Promedio $5.06 Cantidad $ 196,351,605 Se calcula el beneficio con la siguiente fórmula: Beneficio= ingresos – costos B= $196,351,605 - $1,675,409 = $194,676,196 (pesos, M.N). B/C= $194,676,195/ $1,675,409 = $116, es decir, por cada peso que ingresa, se obtienen 116 pesos de ganancia.

Derivado del análisis costo beneficio, el Anteproyecto trae consigo beneficios superiores a los costos para los sujetos regulados, lo que se traduce en áreas de oportunidad para que más particulares ingresen al mercado y así se genere mayor competitividad dentro del mismo.

Apartado IV. Cumplimiento y aplicación de la propuesta

Se implementará a través de recursos públicos, mismos que provienen del pago de derechos, por cada PSC que requiera acreditarse. Ley Federal de Derechos Art. 78

Apartado V. Evaluación de la propuesta

Se evaluará a través de los resultados que se otorguen con base en las cifras de cumplimiento dispuestas en este ordenamiento.

Apartado VI. Consulta pública

Si

Mecanismo mediante el cual se realizó la consulta#1

Formación de grupo de trabajo/comité técnico para la elaboración conjunta del anteproyecto

Señale el nombre del particular o el grupo interesado#1

Prestadores de Servicios de Certificación: Edicom, Cecoban, Seguridata, PSC World y Advantage. Se realizaron comentarios en virtud de una mejor adaptación e implementación para la generación de dichas reglas. Dentro de sus comentarios, hubieron reglas que se omitieron debido a que se consideraban inaccesibles y generaba un gasto innecesario a dichos PSC.

Describa brevemente la opinión del particular o grupo interesado#1

Se toma como una buena práctica de acuerdo con la evolución de la tecnología que sin duda, permite el desarrollo de procesos más simplificados y a su vez con una mayor certeza jurídica.

Que se incluyera un procedimiento de muestreo aleatorio en la Digitalización, a fin de revisar que se está haciendo de forma adecuada. Celebrar un contrato de prestación de servicios anual con el Centro Nacional de Metrología (CNM), para obtener la transferencia segura de la escala de tiempo (Tiempo Universal Coordinado) UTC, por sus siglas en inglés, que se envíe a la Autoridad de Sellado Digital de Tiempo, así como su redundancia por seguridad. Equipos HSM propios, por equipos HSM dedicados y de uso exclusivo para el PSC”, de tal forma que permita así el uso de opciones provistas por proveedores de Nube y que son servicios dedicados de HSM y que no son compartidos, sino arrendados.

Apartado VII. Anexos