Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

Actualizar en el Reglamento las referencias sobre el “Reglamento sobre el Peso, Dimensiones y Capacidad de los Vehículos de Autotransporte que transitan en los caminos y Puentes de Jurisdicción Federal” por la del “Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares”. Lo anterior, derivado de la fusión de instrumentos y la abrogación del primero de los mencionados. Establecer que las sanciones definidas en este Reglamento, son independientes de las que puede imponer la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en Centros Fijos de Verificación de Peso y Dimensiones por lo que procede aplicar el Tabulador de Multas del Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares. Establecer que los vehículos y configuraciones vehiculares podrán circular hasta por treinta días, sin una o ambas placas, tarjeta de circulación y/o engomado vigente, siempre que acrediten haber iniciado el trámite de reposición o que le fue impuesta una infracción por lo que se dirige al depósito de vehículos autorizado, de manera voluntaria. Por otra parte, definir los límites de velocidad máximos cuando un vehículo o configuración vehicular circule en determinadas carreteras de acuerdo a la clasificación realizada por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, atendiendo a su clase.

Apartado II.- Impacto de la regulación

La propuesta de reforma al Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal son para armonizarlo con las modificaciones realizadas al Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares, para que una vez publicadas, las autoridades tengan certeza jurídica de su aplicación y verificación en las vías generales de comunicación bajo los mismos esquemas de inspección, verificación, vigilancia y sanciones que garanticen el cumplimiento de la regulación, por lo que éstas no generan ningún costo, sino que se busca desincentivar el incumplimiento de las disposiciones en materia de peso y dimensiones que deben observar los vehículos permisionarios de autotransporte federal durante su tránsito en las vías generales de comunicación; sin perjuicio de las atribuciones que le confiere a la Policía Federal el propio Reglamento.

No

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No

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Apartado III.- Anexos