Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

El Acuerdo da cumplimiento a la disposición segunda de las “Disposiciones Generales para la implementación, operación y funcionamiento de la Ventanilla Única Nacional” publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 4 de junio de 2015, que establece que los formatos y formularios para la solicitud y/o realización de los trámites, deberán estandarizarse; conforme a los siguientes antecedentes: El Reglamento de la Ley de Organizaciones Ganaderas, desde su publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 1999, estableció en los artículos 71, 74 y 76, que el registro ante el Registro Nacional de Organismos Ganaderos, se solicitaría utilizando los formatos base que para el efecto se determinaran; mismos que fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación el 13 de julio del año 2000. El Lic. Luis Adrián Ayala Razo, Coordinador y Enlace de la Unidad de Gobierno Digital (UGD) de la Secretaría de la Función Pública, atendiendo a lo dispuesto en la “Guía para la publicación de formatos descargables en gob.mx” valido los formatos estandarizados conforme a la guía de referencia y a su vez, asignó las homoclaves a los formatos. Mediante oficio 110.03.01.-24076/2017 de fecha 6 de septiembre de 2017, se le solicitó al Lic. Ricardo Aguilar Castillo Subsecretario de Alimentación y Competitividad y Enlace de la Dependencia ante la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER) que en términos de lo dispuesto por la “Guía para la publicación de formatos descargables en gob.mx”, validara los homoclaves asignadas por la UGD. (Se adjunta copia del oficio 110.03.01.-24076/2017). Por oficio número 213.2016.0413 de fecha 6 de septiembre de 2017, el Lic. Juan José Linares Martínez, Director General de Normalización Agroalimentaria, por instrucciones del Lic. Ricardo Aguilar Castillo, valida las homoclaves Asignadas por la UGD (Se adjunta copia del oficio número 213.2016.0413). De conformidad con lo que establece la “Guía para la publicación de formatos descargables en gob.mx” los formatos deben de ser dados a conocer por Acuerdo del C. Secretario de la Dependencia y publicarse en el Diario Oficial de la Federación.

Apartado II.- Impacto de la regulación

La publicación de los formatos ganaderos, no genera costos adicionales, toda vez que resultan ser los mismos que se dieron a conocer a los usuarios y al público en general, mediante Oficio Circular DGJ-01, del entonces Director General Jurídico de la Dependencia y publicados en el Diario Oficial de la Federación el 13 de julio de 2000; da cumplimiento a las “Disposiciones Generales para la implementación, operación y funcionamiento de la Ventanilla Única Nacional” y a la “Guía para la publicación de formatos descargables en Gob.mx”; con mención que son los mismos formatos que se encuentran vinculados con los Trámites inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios (RFTS) / Catálogo Nacional de Trámites y Servicios (CNTS), con las homoclaves: SAGARPA-02-03; SAGARPA-02-004-A, SAGARPA-02-004B Y SAGARPA-005.

No

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Apartado III.- Anexos