Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

El proyecto de Acuerdo modifica las disposiciones del Aviso por el que se da a conocer el establecimiento de épocas y zonas de veda para la pesca de diferentes especies de la fauna acuática en aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos, publicado el 16 de marzo de 1994, para modificar el periodo de veda para el abulón en la zona IV correspondiente al litoral de la costa occidental del Estado de Baja California Sur, prorrogando por 10 días la entrada en vigor de la veda. Considerando lo anterior y de conformidad con el Artículo 8o. fracciones III, IV y V de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables que otorga facultades a la autoridad pesquera para establecer las medidas administrativas y de control a que debe sujetarse las actividades de pesca de abulón en la costa occidental de la Península de Baja California, con el fin de inducir a su aprovechamiento sustentable y por razones de orden técnico y de interés público, en el proyecto se propone la modificación del Aviso precedente para establecer una prórroga de 10 días para la entrada en vigor de la veda de abulón, únicamente para la temporada de aprovechamiento 2017.

Apartado II.- Impacto de la regulación

La presente regulación no genera costos de cumplimiento para los particulares, toda vez que se trata de una regulación para prorrogar la entrada en vigor del periodo de veda por 10 días, es decir, que se extiende la temporada de pesca, por lo cual los permisionarios y/o concesionarios dedicados al aprovechamiento de las especies de abulón podrán seguir realizando capturas por 10 días más, con los beneficios económicos y sociales que se derivan de la actividad.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos