Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

Resulta necesario optimizar los procedimientos relacionados con el reconocimiento de validez oficial de estudios, a fin de seguir incentivando la participación de los particulares como coadyuvantes en la prestación de los servicios educativos y en el aseguramiento y fortalecimiento de la calidad educativa, por lo tanto, para las instituciones particulares de educación superior se facilitará la innovación curricular vinculada con el sector productivo; se privilegiará la evaluación de resultados, centrándose en la capacidad y empleabilidad de sus egresados; se promoverá la autogestión responsable, y se establecerán procedimientos simplificados en el marco de un Programa de Mejora Institucional.

Apartado II.- Impacto de la regulación

El acuerdo secretarial va dirigido a las instituciones particulares de educación superior a fin de facilitar la innovación curricular vinculada con el sector productivo.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos