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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Indique el (los) supuesto (s) de calidad para la emisión de regulación en términos del artículo 3 del Acuerdo de Calidad Regulatoria.

Si

No

Si

No

Es una modificación a los requisitos médicos relativos al personal del autotransporte público federal, que publica la Dirección General de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte, ya que en términos del artículo 126 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, establece que "- El personal que intervenga directamente en la operación de los medios de transporte establecidos en las vías generales de comunicación, deberá obtener y revalidar en su caso, la licencia respectiva que expida la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Para el efecto del párrafo anterior, la persona interesada debe sustentar los exámenes de aptitud, así como sujetarse a los reconocimientos médicos, que para cada ramo de servicios señale esta Ley, sus reglamentos y disposiciones legales aplicables. Respecto al Acuerdo que fija los lineamientos que deberán ser observados por las dependencias y organismos descentralizados de la Administración Publica Federal, en cuanto a la emisión de los actos administrativos de carácter general a los que les resulta aplicable el artículo 69-H de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se precisa que el anteproyecto propuesto genera mayores beneficios que costos de cumplimiento, al implementar acciones de mejora como son eliminación de trámites, reducción de plazos y digitalización. Es decir, reduce por sí mismo la carga regulatoria existente.

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación
1. Describa los objetivos generales de la regulación propuesta#1

Prevenir accidentes desde la perspectiva médica del factor humano. Contar con lineamientos claros y específicos en relación con los Requisitos Médicos aplicables al autotransporte federal, atendiendo a los avances médicos, científicos y tecnológicos en torno al diagnóstico, tratamiento y pronóstico de enfermedades propias de la población mexicana.

Con fecha 10 de mayo de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento del Servicio de Medicina Preventiva en el Transporte, en el que se establecen los REQUISITOS médicos relativos al personal del autotransporte público federal. Después de un análisis profundo, se determinó que es necesario que se cuente con lineamientos claros y específicos en relación con los Requisitos Médicos aplicables a cada modo de transporte, atendiendo a los avances médicos, científicos y tecnológicos en torno al diagnóstico, tratamiento y pronóstico de enfermedades propias de la población mexicana. Que, derivado del continuo avance en el campo de las ciencias de la salud, el creciente número de investigaciones, innovaciones tecnológicas, el área médica está en una dinámica de cambio constante.

Poyecto de Acuerdo de modificacón de los REQUISITOS médicos relativos al personal del autotransporte público federal

Disposiciones jurídicas vigentes#1

REGLAMENTO del Servicio de Medicina Preventiva en el Transporte. Publicado en el DOF el 21-04-2004. Última Reforma DOF 10-05-2013

Apartado II.- Identificación de las posibles alternativas a la regulación
Alternativas#1

Otras

Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#1

Una alternativa de regulación sería mantener el statu quo en los Requisitos médicos relativos al autotransporte federal vigentes, lo que permitiría continuar con la obligación que se establece en el artículo 126 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, "El personal que intervenga directamente en la operación de los medios de transporte establecidos en las vías generales de comunicación, deberá obtener y revalidar en su caso, la licencia respectiva que expida la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Para el efecto del párrafo anterior, la persona interesada debe sustentar los exámenes de aptitud, así como sujetarse a los reconocimientos médicos, que para cada ramo de servicios señale esta Ley, sus reglamentos y disposiciones legales aplicables", sin embargo, mantener el statu quo impediría implementar mejoras a los Requisitos médicos relativos al autotransporte federal, mismos que de realizarse, se reflejarían en otorgar mayores beneficios a los usuarios y responder afirmativamente a los avances tecnológicos, evitando así el anquilosamiento en la operación de esta DGPMPT. Las lesiones sufridas por accidentes de tránsito representan una fuerte carga económica para la persona involucrada, su familia, el sistema de salud y la sociedad en general. Las víctimas directamente involucradas utilizan servicios de salud hospitalarios o ambulatorios por esta causa. A partir de la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición realizada en México (ENSANUT 2012)1 se estimó que 320,496 personas necesitaron ser hospitalizadas por lesiones sufridas por accidentes de tránsito durante el año previo a la ENSANUT 2012, lo cual representó 7.2% del total de todas hospitalizaciones. En promedio, cada lesionado dura entre 5 y 6 días hospitalizado, pierde 26 días y 43% de los lesionados tarda en promedio un año para reincorporarse a su actividad laboral. Así, la magnitud de este problema en términos monetarios se estimó en 7 598 millones de dólares durante 2007 desde la perspectiva del sistema de salud, lo que representa 1% del PIB nacional para ese mismo año, a lo anterior es necesario sumar otros gastos como pago de seguros, multas y pérdidas materiales, lo que acuerdo al STCONAPRA haciende a 1.7 % del PIB, lo que representa aproximadamente $150’000,000,000 de pesos, de los cuales de acuerdo a Dirección General de Autotransporte Federal los accidentes del Autotransporte Federal (DGAF) representan un gasto de $52’402,000,000 pesos, teniendo en consideración que estos últimos son de mayor impacto debido a que generalmente resultan en un mayor número de lesionados o fallecidos debido a los vehículos de mayor volumen o en su caso, pasajeros y mayores velocidades en las vialidades en las que circulan. En los hogares, las lesiones sufridas por accidentes de tránsito también tienen repercusiones económicas de importancia: 8% de los lesionados atendidos en urgencias y 80% de los hospitalizados incurrieron en gastos catastróficos por financiar de su bolsillo la atención médica que recibieron. Este costo económico tiene diversas repercusiones ya que las familias se tienen que endeudar y vivir en incertidumbre financiera para cubrir la atención médica del lesionado. Parece que cuando el lesionado sobrevive, el esfuerzo económico vale la pena. Sin embargo, cuando no sobrevive, el panorama es devastador, sobre todo cuando quien fallece contribuía a la economía del hogar. En este sentido, se ha documentado que las lesiones sufridas por accidentes de tránsito son la segunda causa de orfandad en México, lo que tiene grandes implicaciones sociales. De esta manera, hay hogares previamente estables que, luego de un evento de esta envergadura se desintegran, ya sea por la insuficiencia solvencia económica resultante o por el estrés al que se ven sometidos los integrantes del hogar. Las lesiones sufridas por accidentes de tránsito graves cambian la vida de las personas y con ello, sus proyectos de vida. Se ha documentado también abandono escolar, afectación nutricional, aplazamiento de atención y tratamiento médico, pérdida de servicios públicos, así como endeudamiento con su consecuente estrés por saldar las deudas contraídas para enfrentar la carga económica resultante, lo cual resulta difícil de cuantificar. COSTO DIRECTO Incluye: Únicamente daños materiales. COSTO INDIRECTO: Todos los costos relacionados como son: multas, grúas, peritos, juicios, medicamentos, hospitalización, secuelas, gastos funerarios, estimación de la pérdida de vida. A.- DAÑOS MATERIALES: 1.- Multas 2.- Grúas 3.- Perdida de tiempo. 4.- Demandas y juicios. 5.- Afectación a carreteras. 6.- Obstrucción del tráfico. 7.- Alquiler de otro auto. 8.- Llamadas telefónicas 9.- Perito de tránsito. B.- PRIMEROS AUXILIOS: 10.- Ambulancia y Paramédicos. 11.- Medicamentos generales. 12.- Falta en el trabajo. 13.- Impacto psicológico. C.- HOSPITALIZACION: 14.- Medico. 15.- Cama de hospital. 16.- Medicamentos específicos y exámenes. 17.- Terapia de rehabilitación. 18.- Incapacidades. 19.- Secuelas. 20.- Abogado, Demandas y Juicio. 21.- Reemplazo en el trabajo D.- MUERTE: 22.- Afectaciones a terceros. 23.- Gastos funerarios. 24.- Seguros e indemnizaciones. 25.- Estimación de tiempo de vida perdido. 26.- Afectación en la calidad de vida de la familia. 27.- Impacto en la sociedad 28.- Agente del ministerio público El análisis de costo-beneficio se encuentra detallado en el apartado de anexos, específicamente en el archivo denominado "Costo-beneficio requisitos médicos Autotransporte Federal".

A través de este instrumento normativo se brindará mayor certeza jurídica a los usuarios de los diversos modos de transporte. Se establecen lineamientos más claros y específicos en relación con los Requisitos Médicos aplicables a cada modo de transporte, atendiendo a los avances médicos, científicos y tecnológicos en torno al diagnóstico, tratamiento y pronóstico de enfermedades propias de la población mexicana. Derivado del continuo avance en el campo de las ciencias de la salud, el creciente número de investigaciones, innovaciones tecnológicas, el área médica está en una dinámica de cambio constante. El costo de cumplimiento es mucho menor a los beneficios para los particulares: 1.- Se eliminan los siguientes trámites: a) Aviso de accidentes (SCT-05-002) b) Conservación de los expedientes individuales (SCT-05-003) c) Presentación anual de la plantilla del Personal del Transporte Público Federal (SCT-05-004) d) Aviso de informe de evaluación de la capacitación (SCT-05-008). 2.- Se modifican trámites para eliminar requisitos innecesarios: a) Respecto del Examen Psicofísico Integral para el Personal del Transporte Público Federal (SCT-05-007 Se incluyen como medios de identificación oficial adicional a los que existen actualmente: la “Licencia Federal, Título, Certificado o Libreta de Mar y de Identidad Marítima, Se elimina la obligación de presentar físicamente la constancia anterior, Se elimina la obligación de presentar CURP b) Respecto a la Solicitud de Examen Psicofísico Integral para efectos de revaloración derivado de la práctica del examen psicofísico integral o examen médico en operación (SCT-05-005-A) Se incluyen como medios de identificación oficial adicional a los que existen actualmente: la“Licencia Federal, Título, Certificado o Libreta de Mar y de Identidad Marítima, Se elimina la obligación de presentar físicamente la constancia anterior, Se elimina la obligación de presentar CURP c) Respecto a la Solicitud de Examen Psicofísico Integral para efectos de revaloración derivado de la práctica del examen toxicológico. (SCT-05-005-B) Se incluyen como medios de identificación oficial adicional a los que existen actualmente: la“Licencia Federal, Título, Certificado o Libreta de Mar y de Identidad Marítima, Se elimina la obligación de presentar físicamente la constancia anterior, Se elimina la obligación de presentar CURP 3.- Se eliminan las siguientes modalidades de autorización: a) Servicios Auxiliares de Diagnóstico (SCT-05-006-A) b) Personal médico o paramédico examinador (SCT-05-006-B) 4.- Se elimina la obligación de presentar póliza de seguro y fianza para la autorización de Técnico en Alcoholimetría y Técnico en Toma de Muestras para análisis toxicológico (SCT-05-006-D) 5.- Se elimina el plazo de 90 días para solicitar una nueva autorización para el caso de las siguientes autorizaciones a) Médico Dictaminador para el personal de autotransporte, transporte marítimo y transporte ferroviario (SCT-05-006-C) b) Médico dictaminador para el personal aeronáutico (SCT-05-006-E) 6.- Se incluye la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) como parte de los beneficios a los solicitantes de la autorización como médicos dictaminadores y técnicos en la práctica de exámenes toxicológicos. 7.- Se reduce el tiempo y costo de investigación de accidentes, al otorgar la DGPMPT atribuciones a las Unidades Médicas.

Apartado III.- Impacto de la regulación
Accion#1

Elimina

Tipo#1

Beneficio

Vigencia#1

No aplica

Medio de presentación#1

Presencial y electrónico

Requisitos#1

Requisitos conforme se menciona en el punto 5

Población a la que impacta#1

usuarios del autotransporte federal

Ficta#1

No aplica

Plazo#1

Cada dos años

Justificación#1

A través de este instrumento normativo se brindará mayor certeza jurídica a los usuarios de los diversos modos de transporte. Se establecen lineamientos más claros y específicos en relación con los Requisitos Médicos aplicables a cada modo de transporte, atendiendo a los avances médicos, científicos y tecnológicos en torno al diagnóstico, tratamiento y pronóstico de enfermedades propias de la población mexicana. Derivado del continuo avance en el campo de las ciencias de la salud, el creciente número de investigaciones, innovaciones tecnológicas, el área médica está en una dinámica de cambio constante. El costo de cumplimiento es mucho menor que los beneficios para los particulares. 1.- Se eliminan los siguientes trámites: a) Aviso de accidentes (SCT-05-002) b) Conservación de los expedientes individuales (SCT-05-003) c) Presentación anual de la plantilla del Personal del Transporte Público Federal (SCT-05-004) d) Aviso de informe de evaluación de la capacitación (SCT-05-008). 2.- Se eliminan las siguientes modalidades de autorización: a) Servicios Auxiliares de Diagnóstico (SCT-05-006-A) b) Personal médico o paramédico examinador (SCT-05-006-B)

Nombre del trámite#1

Aviso de accidentes (SCT-05-002), Conservación de los expedientes individuales (SCT-05-003), Presentación anual de la plantilla del Personal del Transporte Público Federal (SCT-05-004), Aviso de informe de evaluación de la capacitación (SCT-05-008), Servicios Auxiliares de Diagnóstico (SCT-05-006-A), Personal médico o paramédico examinador (SCT-05-006-B)

Homoclave#1

(SCT-05-002), (SCT-05-003), (SCT-05-004), (SCT-05-008), (SCT-05-006-A), (SCT-05-006-B)

Accion#2

Modifica

Tipo#2

Beneficio

Vigencia#2

No aplica

Medio de presentación#2

Presencial y/o electronico

Requisitos#2

Requisitos conforme se menciona en el punto 5

Población a la que impacta#2

usuarios del autotransporte federal

Ficta#2

No aplica

Plazo#2

dos años

Justificación#2

1.- Se modifican trámites para eliminar requisitos innecesarios: a) Respecto del Examen Psicofísico Integral para el Personal del Transporte Público Federal (SCT-05-007) Se incluyen como medios de identificación oficial adicional a los que existen actualmente: la “Licencia Federal, Título, Certificado o Libreta de Mar y de Identidad Marítima, Se elimina la obligación de presentar físicamente la constancia anterior, Se elimina la obligación de presentar CURP b) Respecto a la Solicitud de Examen Psicofísico Integral para efectos de revaloración derivado de la práctica del examen psicofísico integral o examen médico en operación (SCT-05-005-A) Se incluyen como medios de identificación oficial adicional a los que existen actualmente: la“Licencia Federal, Título, Certificado o Libreta de Mar y de Identidad Marítima, Se elimina la obligación de presentar físicamente la constancia anterior, Se elimina la obligación de presentar CURP c) Respecto a la Solicitud de Examen Psicofísico Integral para efectos de revaloración derivado de la práctica del examen toxicológico. (SCT-05-005-B) Se incluyen como medios de identificación oficial adicional a los que existen actualmente: la“Licencia Federal, Título, Certificado o Libreta de Mar y de Identidad Marítima, Se elimina la obligación de presentar físicamente la constancia anterior, Se elimina la obligación de presentar CURP 2.- Se elimina la obligación de presentar póliza de seguro y fianza para la autorización de Técnico en Alcoholimetría y Técnico en Toma de Muestras para análisis toxicológico (SCT-05-006-D) 3.- Se elimina el plazo de 90 días para solicitar una nueva autorización para el caso de las siguientes autorizaciones a) Médico Dictaminador para el personal de autotransporte, transporte marítimo y transporte ferroviario (SCT-05-006-C) b) Médico dictaminador para el personal aeronáutico (SCT-05-006-E) 4.- Se incluye la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) como parte de los beneficios a los solicitantes de la autorización como médicos dictaminadores y técnicos en la práctica de exámenes toxicológicos. 5.- Se reduce el tiempo y costo de investigación de accidentes, al otorgar la DGPMPT atribuciones a las Unidades Médicas.

Nombre del trámite#2

Examen Psicofísico Integral para el Personal del Transporte Público Federal (SCT-05-007), Examen Psicofísico Integral para efectos de revaloración derivado de la práctica del examen psicofísico integral o examen médico en operación (SCT-05-005-A), Examen Psicofísico Integral para efectos de revaloración derivado de la práctica del examen toxicológico. (SCT-05-005-B), autorización de Técnico en Alcoholimetría y Técnico en Toma de Muestras para análisis toxicológico (SCT-05-006-D), Médico Dictaminador para el personal de autotransporte, transporte marítimo y transporte ferroviario (SCT-05-006-C), Médico dictaminador para el personal aeronáutico (SCT-05-006-E)

Homoclave#2

(SCT-05-007), (SCT-05-005-A), (SCT-05-005-B), (SCT-05-006-D), (SCT-05-006-C), (SCT-05-006-E)

Obligaciones#1

Establecen obligaciones

Artículos aplicables#1

Sí genera obligaciones, se detallan en archivo anexo identificado como "Identificación de nuevas obligaciones autotransporte federal"

Justificación#1

A través de este instrumento normativo se brindará mayor certeza jurídica a los usuarios de los diversos modos de transporte. Se establecen lineamientos más claros y específicos en relación con los Requisitos Médicos aplicables a cada modo de transporte, atendiendo a los avances médicos, científicos y tecnológicos en torno al diagnóstico, tratamiento y pronóstico de enfermedades propias de la población mexicana. Derivado del continuo avance en el campo de las ciencias de la salud, el creciente número de investigaciones, innovaciones tecnológicas, el área médica está en una dinámica de cambio constante. El costo de cumplimiento es mucho menor que los beneficios para los particulares. 1.- Se eliminan los siguientes trámites: a) Aviso de accidentes (SCT-05-002) b) Conservación de los expedientes individuales (SCT-05-003) c) Presentación anual de la plantilla del Personal del Transporte Público Federal (SCT-05-004) d) Aviso de informe de evaluación de la capacitación (SCT-05-008). 2.- Se modifican trámites para eliminar requisitos innecesarios: a) Respecto del Examen Psicofísico Integral para el Personal del Transporte Público Federal (SCT-05-007 Se incluyen como medios de identificación oficial adicional a los que existen actualmente: la “Licencia Federal, Título, Certificado o Libreta de Mar y de Identidad Marítima, Se elimina la obligación de presentar físicamente la constancia anterior, Se elimina la obligación de presentar CURP b) Respecto a la Solicitud de Examen Psicofísico Integral para efectos de revaloración derivado de la práctica del examen psicofísico integral o examen médico en operación (SCT-05-005-A) Se incluyen como medios de identificación oficial adicional a los que existen actualmente: la“Licencia Federal, Título, Certificado o Libreta de Mar y de Identidad Marítima, Se elimina la obligación de presentar físicamente la constancia anterior, Se elimina la obligación de presentar CURP c) Respecto a la Solicitud de Examen Psicofísico Integral para efectos de revaloración derivado de la práctica del examen toxicológico. (SCT-05-005-B) Se incluyen como medios de identificación oficial adicional a los que existen actualmente: la“Licencia Federal, Título, Certificado o Libreta de Mar y de Identidad Marítima, Se elimina la obligación de presentar físicamente la constancia anterior, Se elimina la obligación de presentar CURP 3.- Se eliminan las siguientes modalidades de autorización: a) Servicios Auxiliares de Diagnóstico (SCT-05-006-A) b) Personal médico o paramédico examinador (SCT-05-006-B) 4.- Se elimina la obligación de presentar póliza de seguro y fianza para la autorización de Técnico en Alcoholimetría y Técnico en Toma de Muestras para análisis toxicológico (SCT-05-006-D) 5.- Se elimina el plazo de 90 días para solicitar una nueva autorización para el caso de las siguientes autorizaciones a) Médico Dictaminador para el personal de autotransporte, transporte marítimo y transporte ferroviario (SCT-05-006-C) b) Médico dictaminador para el personal aeronáutico (SCT-05-006-E) 6.- Se incluye la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) como parte de los beneficios a los solicitantes de la autorización como médicos dictaminadores y técnicos en la práctica de exámenes toxicológicos. 7.- Se reduce el tiempo y costo de investigación de accidentes, al otorgar la DGPMPT atribuciones a las Unidades Médicas.

Grupo o industria al que le impacta la regulación#1

Industria del Autotransporte Federal

Describa o estime los costos#1

Este análisis se encuentra detallado en el apartado de anexos, específicamente en el archivo denominado "Costo-beneficio requisitos Autotransporte Federal"

No, sin embargo está ligada a la salud para evitar accidentes en el autotransporte federal.

Grupo o industria al que le impacta la regulación#1
Describa de manera general los beneficios que implica la regulación propuesta#1

Para el personal que presenta padecimientos que requieren de un seguimiento y vigilancia para corroborar que se mantienen en control, se agrega la posibilidad de que algún requisito médico en particular le requiera una periodicidad menor, toda vez que hay condiciones médicas específicas que requieren evaluación en periodicidades diferentes a las señaladas de manera general. Lo anterior es en beneficio del personal de autotransporte federal, puesto que el personal que no requiere un seguimiento específico, tendrá menores costos a los actuales. Además, la redacción actual de los requisitos médicos implicaría que el personal que no cumple con las condiciones médicas a cabalidad es no apto, lo cual le deja sin posibilidad de ejercer su derecho al trabajo. En cambio, con esta modificación se prevé que personal que actualmente se considera no apto, pueda ser apto, siempre y cuando se le evalúe la condición médica que no cumplía, en un periodo menor de tiempo, manteniendo su derecho al trabajo intacto. Las modificaciones otorgan mayores beneficios ya que: 1.- Se eliminan los siguientes trámites: a) Aviso de accidentes (SCT-05-002) b) Conservación de los expedientes individuales (SCT-05-003) c) Presentación anual de la plantilla del Personal del Transporte Público Federal (SCT-05-004) d) Aviso de informe de evaluación de la capacitación (SCT-05-008). 2.- Se modifican trámites para eliminar requisitos innecesarios: a) Respecto del Examen Psicofísico Integral para el Personal del Transporte Público Federal (SCT-05-007 Se incluyen como medios de identificación oficial adicional a los que existen actualmente: la “Licencia Federal, Título, Certificado o Libreta de Mar y de Identidad Marítima, Se elimina la obligación de presentar físicamente la constancia anterior, Se elimina la obligación de presentar CURP b) Respecto a la Solicitud de Examen Psicofísico Integral para efectos de revaloración derivado de la práctica del examen psicofísico integral o examen médico en operación (SCT-05-005-A) Se incluyen como medios de identificación oficial adicional a los que existen actualmente: la“Licencia Federal, Título, Certificado o Libreta de Mar y de Identidad Marítima, Se elimina la obligación de presentar físicamente la constancia anterior, Se elimina la obligación de presentar CURP c) Respecto a la Solicitud de Examen Psicofísico Integral para efectos de revaloración derivado de la práctica del examen toxicológico. (SCT-05-005-B) Se incluyen como medios de identificación oficial adicional a los que existen actualmente: la“Licencia Federal, Título, Certificado o Libreta de Mar y de Identidad Marítima, Se elimina la obligación de presentar físicamente la constancia anterior, Se elimina la obligación de presentar CURP 3.- Se eliminan las siguientes modalidades de autorización: a) Servicios Auxiliares de Diagnóstico (SCT-05-006-A) b) Personal médico o paramédico examinador (SCT-05-006-B) 4.- Se elimina la obligación de presentar póliza de seguro y fianza para la autorización de Técnico en Alcoholimetría y Técnico en Toma de Muestras para análisis toxicológico (SCT-05-006-D) 5.- Se elimina el plazo de 90 días para solicitar una nueva autorización para el caso de las siguientes autorizaciones a) Médico Dictaminador para el personal de autotransporte, transporte marítimo y transporte ferroviario (SCT-05-006-C) b) Médico dictaminador para el personal aeronáutico (SCT-05-006-E) 6.- Se incluye la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) como parte de los beneficios a los solicitantes de la autorización como médicos dictaminadores y técnicos en la práctica de exámenes toxicológicos. 7.- Se reduce el tiempo y costo de investigación de accidentes, al otorgar la DGPMPT atribuciones a las Unidades Médicas.

Proporcione la estimación monetizada de los beneficios que implica la regulación#1

Este análisis se encuentra detallado en el aparatado de anexos, específicamente en el archivo denominado "Costo-beneficio requisitos médicos Autotransporte Federal"

Este análisis se encuentra detallado en el aparatado de anexos, específicamente en el archivo denominado "Costo-beneficio requisitos médicos Autotransporte Federal"

Apartado IV. Cumplimiento y aplicación de la propuesta

Se cuenta con 41 Unidades Médicas distribuidas a lo largo y ancho de la República Mexicana, el programa de terceros contribuye a la implementación y aplicación de los requisitos médicos, el capital humano adscrito a la Dirección General, el Sistema Institucional MEDPREV con el que cuenta la Dirección General de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte permite llevar un registro de expedientes clínicos electrónicos que contribuye a la implementación de los requisitos médicos ,

Apartado V. Evaluación de la propuesta

A través del Programa Anual de Trabajo, sus indicadores y metas, así como el seguimiento que se les dá a través de los datos estadísticos que genera la Dirección General mediante el Sistema Institucional MEDPREV. Adicionalmente en el Portal Aplicativo de la Secretaria de Hacienda (PASH) se reportan los avances trimestrales de los principales indicadores con los que cuenta esta Dirección

Apartado VI. Consulta pública

No

Mecanismo mediante el cual se realizó la consulta#1
Señale el nombre del particular o el grupo interesado#1

Describa brevemente la opinión del particular o grupo interesado#1

No aplica

No aplica

Apartado VII. Anexos