Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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MIR de impacto Moderado con análisis de impacto en la competencia

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Indique el (los) supuesto (s) de calidad para la emisión de regulación en términos del artículo 3 del Acuerdo de Calidad Regulatoria.

Si

No

Si

No

El anteproyecto cumple con el primer supuesto del Acuerdo de Calidad Regulatoria toda vez que la regla 8ª de las complementarias para la aplicación de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación establece que previa autorización de la Secretaría de Economía, se podrán importar al amparo de la fracción designada específicamente para ello los insumos, materiales, partes y componentes de aquellos artículos que se fabriquen, se vayan a ensamblar en México, por empresas que cuenten con registro de empresa fabricante, aprobado por la Secretaría de Economía. Aunado a lo anterior, cumple con el tercer supuesto del Acuerdo de Calidad Regulatoria toda vez que como podrá observarse los beneficios que presenta el proyecto son superiores a sus costos.

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación
1. Describa los objetivos generales de la regulación propuesta#1

El proyecto tiene como objetivo establecer los criterios y requisitos que permitan importar los insumos necesarios para fabricar televisores, al amparo de la regla 8ª de las complementarias para la aplicación de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.

México está bien posicionado a nivel mundial como país exportador y manufacturero de productos electrónicos, algunas de las principales empresas del sector tienen presencia en el país y algunas han invertido en México no solamente en plantas manufactureras, sino también en Centros de Ingeniería y Diseño. Considerando que el país es competitivo en el segmento de la electrónica de consumo y se ha posicionado entre los principales exportadores de televisores, resulta conveniente establecer mecanismos que permitan brindar certidumbre a las empresas que inviertan en el sector para que al tiempo que cumplen con la normativa puedan desarrollar sus cadenas globales de proveeduría. Por lo anterior la Secretaría instrumenta una medida que permitirá a las empresas desarrollar las cadenas de proveeduría que les permitan dar cabal cumplimiento a la regla 2 general de la TIGIE en diversas etapas, en las cuales se permitirá que las empresas de este sector importen sus insumos, partes y componentes al amparo de la regla 8ª de las complementarias para la aplicación de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.

Acuerdo secretarial

Disposiciones jurídicas vigentes#1

No, actualmente no hay disposiciones jurídicas aplicables a la problemática.

Apartado II.- Identificación de las posibles alternativas a la regulación
Alternativas#1

No emitir regulación alguna

Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#1

De no emitirse regulación alguna, las empresas que inviertan en el sector hasta en tanto tengan desarrollada y consolidada su cadena de proveeduría, deberían importar sus insumos, partes o componentes clasificándolos como el bien final (el televisor) para dar cumplimiento a la regla 2 general de la LIGIE, lo cual conllevaría el pago del arancel correspondiente, el cual va del 10 al 15% sobre el valor de las mercancías. El costo de lo anterior es que estas empresas eroguen para pagar el arancel a la importación de sus insumos y no destinen su capital para otros fines tales como invertir en la innovación de sus productos o ampliación de su producción.

Alternativas#2

Incentivos económicos

Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#2

Otra alternativa a la regulación sería el establecimiento de incentivos económicos (apoyos económicos) que permitan a las empresas elevar su competitividad, no obstante, esto podría considerarse un subsidio, el cual es una práctica que lejos de incentivar la competencia la afecta, además de que implicaría el no cumplir con compromisos internacionales al incentivar las prácticas desleales que enfrenta el comercio internacional.

Alternativas#3

Otro tipo de regulación

Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#3

Otro tipo de regulación supondría la creación de programas de fomento, lo cual no es viable considerando que actualmente el país cuenta ya con estos programas (como IMMEX y PROSEC ), no obstante, los mismos no solucionan el problema per se. Lo anterior supondría un marco jurídico más complejo que podría recaer en cargas regulatorias innecesarias, considerando que ya existen mecanismos (como lo es la regla 8a) que permiten atender la problemática a la que se enfrentan las empresas.

La regulación propuesta es la mejor alternativa tomando en cuenta que es un mecanismo conocido en el sector y utilizado en el comercio exterior, no solo para la industria electrónica si no para las diversas industrias que contempla el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial. Aunado a que representa beneficios notoriamente superiores a los costos como se desprende del análisis que se detalla un infra.

Apartado III.- Impacto de la regulación
Accion#1

Modifica

Homoclave#1

SE-03-057

Población a la que impacta#1

Sector Electrónico, específicamente fabricantes de televisores.

Ficta#1

Si

Plazo#1

13 días hábiles

Medio de presentación#1

Presencial o mediante la Ventanilla Digital de Comercio Exterior

Tipo#1

Beneficio

Vigencia#1

6 meses

Justificación#1

Toda vez que la regla octava de las complementarias para la aplicación de la Ley de los Impuestos Generales de Importación de Exportación establece que la Secretaría de Economía emitirá una autorización a las empresas que cuenten con registro de empresa fabricante para permitir la importación, al amparo de una fracción designada, de los insumos, materiales, partes y componentes de aquellos artículos que se fabriquen y se vayan a ensamblar en México, es necesario dar a conocer los criterios y requisitos para emitir dicha autorización con el objeto de permitir lo anterior a las empresas fabricantes de televisores clasificados en las fracciones arancelarias 8528.59.99, 8528.72.06 y 8528.72.99.

Nombre del trámite#1

Expedición de permisos de importación

Requisitos#1

Los señalados en la fracción XI BIS del Anexo 2.2.2 del proyecto.

Accion#2

Modifica

Homoclave#2

SE-FO-03-023

Población a la que impacta#2

Empresas con registro del programa de promoción sectorial (PROSEC)

Ficta#2

Si

Plazo#2

No aplica

Medio de presentación#2

En el caso del registro que deberán presentar las empresas fabricantes de televisores, sera presencial .

Tipo#2

Obligación

Vigencia#2

En el caso del registro que deberán presentar las empresas fabircantes de televisores será de 6 meses.

Justificación#2

Los programas de promoción sectorial tienen como objetivo permitir la importación de ciertos bienes listados en cada programa específico con un arancel preferencial, para producir las mercancías correspondientes a su sector. Los bienes importados bajo este tipo de programas únicamente podrán destinarse a la producción de los bienes establecidos en el mismo, en ese sentido únicamente para las empresas fabricantes de televisores clasificados en las fracciones arancelarias 8528.59.99, 8528.72.06 y 8528.72.99, se requiere que en el registro de su programa den a conocer la información sobre su programa de cadenas globales de proveeduría, el cual va enfocado a obtener información de sus programas de producción .

Nombre del trámite#2

Solicitud de autorización o ampliación de programa de promoción sectorial (PROSEC)

Requisitos#2

Para el sector de la industria de televisores, lo manifestado en la regla 2.2.3 del proyecto.

Obligaciones#1

Establecen requisitos

Justificación#1

Se reforma la regla 2.2.3 para adicionar que la empresas fabricantes de televisores clasificados en las fracciones arancelarias 8528.59.99, 8528.72.06 y 8528.72.99, con el fin de dar seguimiento a los criterios para la emisión del permiso correspondiente a la regla 8a, deberán proporcionar información respecto de su programa de proveeduría relacionado con su producción. Lo anterior considerando que el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial (PROSEC) está enfocado a las empresas productoras y a los bienes que se pueden producir al amparo de dichos programas.

Artículos aplicables#1

Regla 2.2.3

Obligaciones#2

Otras

Justificación#2

Con el objeto de brindar certeza jurídica a los solicitantes, se establece cuáles autoridades dictaminarán los permisos, los plazos de resolución y la vigencia de los mismos.

Artículos aplicables#2

2.2.4 , 5.7.1 y el numeral 15 del Anexo 2.2.1

Obligaciones#3

Establecen requisitos

Justificación#3

México es el primer exportador de televisores de pantalla plana a nivel mundial por lo que es conveniente que para que la industria siga siendo competitiva a nivel internacional, los productores puedan complementar la oferta nacional de insumos con importaciones. Lo anterior permitirá que las empresas sigan innovando e invirtiendo en México y que el país siga siendo competitivo en la producción de televisores para seguir posicionándose por encima de países altamente competitivos de Asia. Ahora bien, el monto que se podrá importar deberá corresponder con la proyección de producción que se tenga para cada año y con base en las necesidades de proveeduría de cada empresa, lo cual permitirá llevar un control de las operaciones que se realicen con el objeto de que consoliden sus cadenas globales de proveeduría. Los televisores se componen principalmente de dos artículos, la tarjeta madre y el módulo de pantalla plana, considerando que la mayoría de la producción de las tarjetas madre es nacional, los porcentajes para importar la misma son menores a los módulos de pantalla plana, los cuales se podrán importar hasta por el 50% de las necesidades de cada empresa, con base en su producción.

Artículos aplicables#3

5.3.1 y la fracción IX BIS del Anexo 2.2.2 del proyecto

8.1 Identifique la acción seleccionada de la lista de verificación de impacto competitivo#1

Establece procedimientos de obtención de licencias, permisos o autorizaciones como requisito para iniciar operaciones, o bien iniciar alguna actividad adicional

8.2 Indique la Acción o mecanismo regulatorio que considera podría restringir o promover la competencia y el(os) artículo(s) de la propuesta regulatoria aplicables#1

El establecimiento de la autorización para importar al amparo de la regla 8a, los insumos necesarios para fabricar televisores.

8.3 Artículos aplicables#1

Fracción XI BIS del Anexo 2.2.2 del proyecto.

8.4 Describa cómo esta acción puede restringir (limitar) o promover la competencia o eficiencia del mercado#1

México cuenta con una industria electrónica especializada principalmente en la manufactura de productos electrónicos de consumo, incluidos los televisores. A partir de 2004, se llevó a cabo la reconversión de la producción y exportaciones de televisores, pasando de equipos con pantalla de tubos de rayos catódicos (CRT) a aparatos de nueva tecnología con pantalla de cristal líquido (LCD-OLED), plasma (PDP) y luz orgánica (DLP). Debido al constante dinamismo tecnológico en el sector, las empresas requieren de mecanismos que les permitan elevar su competitividad por lo que la medida propuesta promueve la competencia en el mercado ya que permitirá que estas empresas puedan importar los insumos, partes y componentes que requieren, sin pagar el arancel correspondiente, para la fabricación de televisores en el país. Lo anterior permitirá a su vez que las empresa inviertan en la innovación de los televisores, lo cual se traducirá en aumentos en la eficiencia de su producción ya que tendrán reducciones en los costos que enfrentan y que resultarán en menores precios para el consumidor, mejorías en la calidad de los productos y mayor variedad de los mismos.

8.5 Justifique la necesidad de inclusión de la acción#1

Como ya se mencionó, la medida promoverá la competencia en el sector aunado a que permitirá que México se siga posicionando entre los principales exportadores de televisores, enfrentándose a países asiáticos. La medida se requiere para que las empresas, hasta en tanto consolidan sus cadenas globales de proveeduría, puedan importar sus insumos, partes o componentes para fabricar televisores en el país, que se destinen tanto al mercado interno como al internacional.

8.6 ¿Se consideró alguna otra alternativa regulatoria respecto de la acción o mecanismo regulatorio que se analiza? Señale cuál fue ésta y justifique porqué es mejor la alternativa elegida#1

Se consideró la opción de que las empresas pudieran importar sus insumos, partes o componentes a través de su programa de promoción sectorial, no obstante, no tendrían la facilidad de poder importar todos estos a través de una sola fracción arancelaria en lugar de clasificar las mercancías en las fracciones específicas correspondientes.

No, toda vez que aplica para empresas de cualquier tamaño.

Grupo o industria al que le impacta la regulación#1

Sector electrónico, especificamente empresas fabricantes de televisores que soliciten el permiso de regla 8a. 

Describa y estime los costos#1

Se tienen identificadas 16 empresas fabricantes de televisores en Mexico, de las cuales se estima que solo el 3% realice el tramite del permiso de la regla 8a de manera presencial, lo que implicaría que realicen gastos adminstrativos para presentar sus solicitudes de permisos. Se anexa cálculo de costos.

Grupo o industria al que le impacta la regulación#1
Grupo o industria al que le beneficia la regulación#1

El país y la industria de televisores

Describa y estime los beneficios#1

México es el número uno a nivel mundial en las exportaciones de televisores de pantalla plana y ensamblador de productos electrónicos, algunas de las principales empresas de la industria electrónica a nivel mundial que han invertido en México a fin de atender el mercado de E.U.A. y Canadá, lo han hecho no solamente en plantas manufactureras, sino también en Centros de Ingeniería y Diseño, que generan empleos de calidad. La Industria Electrónica a nivel nacional en 2015 aportó el 4.61% del PIB manufacturero, 22.3% de las exportaciones manufactureras y generó más de 260,000 empleos directos, de los cuales el sector de televisores generó aproximadamente 14,299 empleos. Aunado a lo anterior, de enero a septiembre de 2016 las exportaciones de TV’s digitales fueron de 6,772.8 millones de dólares, monto 22.4% menor al del mismo periodo del año anterior (8,7320.1 mdd). En 2015 las exportaciones de TV digital ascendieron a 14,240.5 millones de dólares, monto 1.1% superior con respecto al registrado en 2014 (14,080.4). El establecimiento de la medida permitirá seguir atrayendo la inversión al país, generar empleos, aumentaría el ahorro en costos de producción y consolidaría a México como un importante destino de inversión para la industria electrónica, aunado a que el país seguiría posicionándose dentro de los principales exportadores de televisores.

Como se puede observar, los beneficios son mayores a los costos debido a que estos últimos representan costos administrativos en comparación con los beneficios que representa la medida, tales como la atracción de inversiones al país, la generación de empleos, la reducción de costos de producción y el promover la competencia en el sector, a nivel nacional e internacional.

Apartado IV. Cumplimiento y aplicación de la propuesta

La implementación de la regulación se realizará a través del personal y las instalaciones con los que ya cuenta la Secretaría de Economía, no se requerirán recursos adicionales a los ya presupuestados.

Apartado V. Evaluación de la propuesta

El logro de lo objetivos se evaluará a través de las autorizaciones expedidas.

Apartado VI. Consulta pública

Si

Mecanismo mediante el cual se realizó la consulta#1

Circulación del borrador a grupos o personas interesadas y recepción de comentarios

Señale el nombre del particular o el grupo interesado#1

La Dirección General de Comercio Exterior, Dirección General de Industrias Pesadas y de Alta Tecnología y la Dirección General de Comercio Internacional de Bienes de la Secretaría de Economía y la Cámara Nacional de la Industria Electrónica de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información y el Consejo Nacional de la Industria Maquiladora y Manufacturera de Exportación.

Describa brevemente la opinión del particular o grupo interesado#1

Todos dieron sus observaciones hasta tener la versión final.

Los porcentajes y períodos a que se refiere la regulación.

Apartado VII. Anexos