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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No

¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Establecer el procedimiento de evaluación y cumplimiento de las especificaciones de peso y dimensiones de las grúas industriales y combinaciones vehiculares especiales con las que se transportan objetos indivisibles de gran peso y/o volumen, y los preceptos específicos para el tránsito de las unidades piloto, grúas industriales y para el trasnporte de objetos indivisibles con carga útil de hasta 90 toneladas y de más de 90 toneladas. Por ser un procedimiento que aplica a una Norma que regula aspectos operativos en traslados que efectúan transportistas especializados, que corresponde a cargas con dimensiones hasta de más de 10 m de ancho rebasando el de las vialidades o pesos que requiren equipos de transporte de múltiples llantas, módulos de ocho llantas por eje, el procedimiento define un proceso de verificación documental y aleatorio para revisar el cumplimiento de la Norma que nos ocupa.

Presentar para consulta publica el proyecto de Procedimiento de Evaluación de la Conformidad de la Norma Oficial Mexicana NOM-040-SCT-2-1995, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 1998, a fin de dar cumplimiento a lo que establece el artículo 28 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización en el sentido de cumplir con el contenido de las Normas Oficiales Mexicanas.

En forma estricta no existe problemática específica, únicamente se trata de cumplir con lo que establece la fracción VI del Artículo 28 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, respecto del contenido de las Normas Oficiales Mexicanas que deben incluir la Evaluación de la Conformidad, a fin de que no se tenga un vacío legal de consecuencias graves.En cumplimiento a lo anterior se aprovecha la oportunidad para que conjuntamente con los sectores público y privado, se evalúen aspectos y mecanismos de supervisión que mejoren los servicios especializados de transportación.

Tipo de anteproyecto#1

Lineamiento

No existe alternativa, ya que el Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización es muy claro respecto a la obligatoriedad de que las Normas en su contenido debe incluir un procedimiento de evaluación de la conformidad, además de que era necesario establecer un lineamiento que determine la forma de verificar en operación al transporte de carga especializado de maquinaria, grúas industriales y voluminosos.

Ordenamiento#1

1. Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. 2. Reglamento sobre el Peso,Dimensiones y Capacidad de los Vehículos de Autotransporte que Transitan en los Caminos y Puentes de Juris. Fed.

Artículos y fracciones#1

1. Artículos 39 y 50. 2. Artículo 5º, 16, 17 ,18 y 19.

Ordenamiento#2

3. Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares 4. Ley Federal sobre Metrología y Normalización

Artículos y fracciones#2

3. Artículos 39 y 41 4. Artículo 73

Ordenamiento#3

5. Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización

Artículos y fracciones#3

5. Artículo 28 fracción VI

Ordenamiento#1

Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

Razones por las que es insuficiente para atender la problemática identificada#1

La Ley en su Art. 36 fracción IX, de forma general indica que a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes corresponde vigilar técnicamente la explotación , funcionamiento y operación de los servicios de autotransporte en las carreteras federales.

Ordenamiento#1

NOM-040-SCT-2-1995, Para el Trans. de Objetos Indivisibles de Gran Peso y/o Volumen, Peso y Dimensiones de las Combinaciones Vehiculares y de las Grúas Industriales y su Tránsito por C. y P.J.F.

Artículos y fracciones#1

13. Verificación

Descripción#1

Los transportistas especializados que requieran trasladar carga que rebase lo establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-012-SCT-2-1995 sobre peso y dimensiones de los vehículos, deberán obtener previamente el permiso especial por un solo viaje.

Artículos aplicables#1

Artículos 16, 17, 18 y 19 del Reglamento sobre el Peso, Dimensiones y Capacidad de los Vehículos de Autotransporte que Tránsitan en los Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal.

Justificación#1

Es necesario tener un estricto control sobre las operaciones realizadas por los transportistas que mediante combinaciones vehiculares especiales transportan objetos indivisibles de gran peso y/o volumen, a fin de disminuir el indice de accidentes viales ocasionados por vehiculos con exceso de peso y dimensiones, así como el deterioro acelerado de la infraestructura de carreteras y puentes por el mismo efecto.

Descripción#2

Los Permisionarios que requieran transitar con una grúa industrial con peso vehicular máximo de 90 toneladas, deberá obtener previamente el “Permiso Especial para el Tránsito de Grúas Industriales con Peso Vehicular Máximo de 90 Toneladas por Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal, el cual tiene un vigencia de un año.

Artículos aplicables#2

Artículos 16, 17,18 y 19 del Reglamento sobre el Peso, Dimensiones y Capacidad de los Vehículos de Autotransporte que Tránsitan en los Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal.

Justificación#2

Es necesario tener un estricto control sobre las operaciones realizadas por los propietarios de grúas industriales con peso máximo de 90 toneladas y su tránsito por caminos y puentes de jurisdicción federal , a fin de disminuir el indice de accidentes viales ocasionados por grúas industriales con exceso de peso y dimensiones, así como el deterioro acelerado de la infraestructura de carreteras y puentes por el mismo efecto.

Descripción#3

Los permisionarios deben contar con el permiso especial durante todo el tiempo que dure la transportación desde su origen hasta su destino.

Artículos aplicables#3

Artículo 20 fracción VI del Reglamento sobre el Peso, Dimensiones y Capacidad de los Vehículos de Autotransporte que Tránsitan en los Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal.

Justificación#3

Para que durante la transportación y/o tránsito por los caminos y puentes de jurisdicción federal de las cargas de gran peso y/o volumen y grúas industriales cuenten con un documento oficial que contenga las especificaciones de peso y dimensiones del vehículo con su carga, que permita su supervisión por caminos y puentes de jurisdicción federal , a fin de disminuir el indice de accidentes viales ocasionados por grúas industriales con exceso de peso y dimensiones, así como el deterioro acelerado de la infraestructura de carreteras y puentes por el mismo efecto.

En el grupo de trabajo No 2 del Subcomite de Normalización de Transporte Terrestre del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, se llevó a cabo un estudio denominado "Lado a Lado", donde se comparan las reglamentaciones de peso y dimensiones de los países firmantes del Tratado, estudio que sirvió para determinar que las reglamentaciones materia de la presente MIR, no tiene ningún grado de concordancia con procedimientos que se aplican en Canadá y Estados Unidos de Nortamérica. De lo anterior se desprende que por tratarse de transportaciones especializadas, como puede ser el caso de transportar un transformador o maquinaria, que dependiendo del modelo pueden pesar de de 110 a 300 toneladas o el caso especifico de un reactor nuclear que pesa en el orden de 900 toneladas, son motivo de una verificación específica.

Formación de grupo de trabajo / comité técnico para la elaboración conjunta del anteproyecto#1

No

Circulación del borrador a grupos o personas interesadas y recepción de comentarios#1

No

Seminario/conferencia por invitación#1

No

Seminario/conferencia abierto al público#1

No

Recepción de comentarios no solicitados#1

No

Consulta intra-gubernamental#1

No

Consulta con autoridades internacionales o de otros países#1

No

Otro#1

No

Especifique#1

Especifique

No se realizó consulta#1

Nombre completo#1
Nombre completo de la organización#1

La estrategia para lograr la adecuada instrumentación y aplicación del presente proyecto procedimiento, consiste básicamente en implementar un Programa Nacional de Inspección en carreteras federales con personal de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes,designado exprofeso para verificar el cumplimiento de la Norma correspondiente. Asimismo, por las facultades que se le confieren a los oficiles de la Policia Federal Preventiva, éstos se sumarían al potencial de recursos humanos para supervisar el cumplimiento de la Normatividad en comento. Es importante destacar que el tipo de transportaciones que se pretender revisar, con este procedimiento son especializadas y por lo tanto el contar con un sistema permanente de supervisión sería demasiado costoso, por lo tanto el programa de operativos que instrumenta la Secretaría se enfoca a verificar el cumplimiento de toda la Reglamentación aplicable al autotransporte federal. Precisando, la Norma motivo del presente procedimiento se aplica durante la operación y en el momento en que se dictamina para expedir el permiso correspondiente, por lo que no se pretende crear un mecánismo específico para la aplicación de este procedimiento.

Como lo establece la Norma motivo de la presente MIR, en su punto No 10. serán conforme a lo dispuesto en la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, el Reglamento sobre el Peso, Dimensiones y Capacidad de los Vehículos de los Vehículos y para el caso de los servidores públicos encargados de aplicar el presente procedimiento las sanciones serán conforme a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

¿Sí?#1
Escriba el nombre del archivo electrónico que contiene el estudio de costo-beneficio#1

En el ámbito nacional se tendría un procedimiento que permitirá controlar los programas de supervisión y contar con estadísticas del transporte especializado que genere apoyo a las labores de planeación, investigación y toma de decisiones por parte del sector transporte. generando información de utilidad para los administradores y operadores de la infraestructura de carreteras y puentes.

Se espera que con la aplicación del presente Procedimiento se reduzca la disparidad en los criterios que se aplican por parte de las diferentes autoridades cuando se revisa el cumplimiento de la Norma motivo del presente procedimiento.

Considerando que el procedimiento aplica a una Norma que regula las transportaciones de maquinaría para la Industria, este sector contaría con un servicio que esta siendo supervisado en su operación y por lo tanto tendra la certicumbre de que su maquinaria está siendo transportada por una empresa que cumple con las especificaciones y preceptos de tránsito que garanticen su seguridad.

Descripción#1

De conformidad con la Ley Federal de Derechos en Materia de Recaudación, el Permiso Especial por un solo viaje y anual para el tránsito de grúas industriales, tiene un costo de 388 00/100 M.N.

Grupo Afectado#1

Sector Privado

Cuantificación#1

En año 2003 la Secretaría de Comunicaciones y Transportes otorgó a las empresas de transporte especializado 9,245 permisos de hasta 90 toneladas de carga útil y 37 de más de 90, que tuvieron un costo en ese año de 395.00 /M.N., independientemente de los gastos que las empresas aplican para cumplir con los preseptos y dispositivos de seguridad que establece la Norma motivo del presente procedimiento, independientemente de los costos que aplican las empresas para cumplir con los dispositivos y preceptos de seguridad que exige la Norma durante la operación de las transportaciones.

Costo: Monto Esperado#1

3651177.00

Rango del Costo: Límite Inferior#1
Rango del Costo: Límite Superior#1
Descripción#1
Grupo Afectado#1
Evaluación Cualitativa#1
Importancia#1
Descripción#1
Grupo Beneficiado#1
Cuantificación#1
Beneficio: Monto Esperado#1
Rango del beneficio: Límite Inferior#1
Rango del beneficio: Límite Superior#1
Descripción#1
Grupo Beneficiado#1
Evaluación Cualitativa#1
Importancia#1
¿El anteproyecto elimina trámites?#1
¿El anteproyecto crea trámites?#1
¿El anteproyecto modifica trámites?#1
Nombre del trámite#1
Homoclave RFTS#1
Nombre del trámite#1
Artículos aplicables#1
Casos en los que debe o puede realizarse el trámite:#1
Plazo de resolución#1
Tipo de calendario#1
Efecto de no resolución durante el plazo#1
Requisitos y documentos#1
Fundamento jurídico de los requisitos y documentos#1
Criterios para la resolución de la autoridad#1
Vigencia#1
Nombre del trámite#1
Homoclave RFTS#1
Artículos aplicables#1
Plazo de resolución#1
Nuevo plazo de resolución#1
Tipo de calendario#1
Nuevo tipo de calendario#1
Efecto de no resolución durante el plazo#1
Nuevo efecto de no resolución durante el plazo#1
Requisitos y documentos#1
Nuevos requisitos y documentos#1
Criterios para la resolución de la autoridad#1
Nuevos criterios para resolución por la autoridad#1
Vigencia#1
Nueva Vigencia#1