
Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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"Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos (CAPUFE) es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad jurídica y patrimonio propios, creado través del Decreto Presidencial de 27 de junio de mil novecientos sesenta y tres, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 del mismo mes y año, y reestructurada su organización y funcionamiento por Decreto Presidencial publicado el 2 de agosto de 1985, modificado el 24 de noviembre de 1993 y 14 de septiembre de 1995, y conforme a ese decreto tiene la finalidad de administrar caminos y puentes federales de cuota, tanto nacionales e internacionales y sus servicios conexos. Así mismo el Estatuto Orgánico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, es la disposición normativa que tiene por objeto establecer la estructura, bases de organización y funciones de las unidades administrativa del Organismo. Por lo tanto de conformidad al artículo 21 del Estatuto Orgánico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos vigente, se establece que: La representación del Organismo, así como el trámite y resolución de los asuntos de su competencia corresponden originalmente al Director General, y para ello entre sus facultades y obligaciones acorde al citado Estatuto en su artículo 22 fracción XLVI., se encuentra la de Emitir la normatividad interna de CAPUFE y coordinar los programas encaminados a desregular, homologar, racionalizar y mejorar la calidad de la regulación interna.
1. Describa los objetivos generales de la regulación propuesta#1 Establecer las políticas, reglas, y procedimientos de operación que regulan las actividades del personal que labora en las Delegaciones Regionales, Gerencias de Tramo, y en Oficinas de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, que intervienen en los diferentes procesos operativos y administrativos en las Plazas de Cobro, Tramos Carreteros, Centros de Liquidación Regional, Centro Nacional de Control, Centros Locales de Control, Oficinas Centrales y de Enlace, proporcionando la transparencia en la captación y registro del aforo - ingreso de las plazas de cobro, ubicadas en las distintas redes que opera y administra este descentralizado. |
Actualmente se cuenta con disposiciones normativas internas en materia de operación de plazas de cobro, que tienen como finalidad regular la actuación interna de los servidores públicos de la Entidad y demás sujetos obligados, sin embargo acorde a los principios de legalidad y certeza jurídica que rigen la función pública, para que una norma tenga el carácter de observancia obligatoria, es necesario que esté debidamente publicada en Órgano de Difusión Oficial (como lo es el Diario Oficial de la Federación), al no estar publicadas como es el caso del Compendio en análisis, ello impide que los servidores públicos sean exigidos en el cumplimiento de sus obligaciones y deberes, y menos aún sean sujetos en su caso a los procedimientos administrativos sancionadores respectivos cuando incurran en conductas irregulares que afecten los intereses del Estado y a su vez de los particulares, máxime que en algunas conductas tienen un impacto patrimonial por el desvío de ingresos en el cobro de peaje.
Cualquier otra normatividad
Disposiciones jurídicas vigentes#1 No existen disposiciones vigentes que atiendan la problemática que busca atender el anteproyecto. |
Alternativas#1 No emitir regulación alguna No se permitiría la certeza jurídica para el Organismo de seguir con el statu quo. |
Primero, podrá exigirse al personal al que está dirigido el compendio cumplan las funciones que se encuentran debidamente establecidas en el mismo, y en caso de incumplimiento se estará en aptitud de instruirles el procedimiento administrativo disciplinario previsto al respecto. Segundo, se dará certeza jurídica a los particulares en aquellas áreas donde existe un trato directo con el personal de las plazas de cobro, toda vez que el trámite o asunto en el que participen ambas partes no quedará sujeto al arbitrio ni a la discreción del servidor público o sujeto obligado sino a la estricta aplicación de la disposición contenida en el Compendio.
Accion#1 Crea Beneficio un año POR ESCRITO EN EL MODULO DE ATENCIÓN A RESIDENTES Nombre del trámite: CONDICIONES DE USO DE TARJETA O MEDIO DE CONTROL PARA USUARIOS DEL ESQUEMA TARIFARIO DE PAGO POR RECORRIDO (ETPPR) 1. Ser persona moral. 2. Ser propietaria o acreditar la posesión vehicular de cada uno de los vehículos que desee incorporar al esquema. 3. Que su domicilio fiscal o actividad económica sustantiva se encuentre ubicada en la zona de influencia de la Plaza de Cobro a registrar bajo el ETPPR. 4. Que su actividad económica estimule la generación de empleos o servicios a la población. 5. Que justifique que realiza de manera constante, recorridos parciales menores a la totalidad del tramo. 6. Que medie para su autorización Estudio Técnico-Operativo elaborado por la Subdelegación o Subgerencia de Operación que justifique y sustente el contar con el trato de usuario del ETPPR. 7. Una vez autorizado un ETPPR, la persona solicitante deberá suscribir con CAPUFE, un convenio donde se establecerán las condiciones del esquema, responsabilidades y obligaciones de cada una de las partes. Nombre del trámite: CONTRATACIÓN Y RENOVACIÓN DEL SISTEMA LÍNEA EXPRESS.- Al momento de su cita todos los documentos deberán entregarse de forma digitalizada en formato PDF, a través de medio magnético (USB) o remitirse a la cuenta de correo electrónico correspondiente: c37sentri@capufe.gob.mx o c74sentri@capufe.gob.mx. 1. Para LA CONTRATACIÓN al Sistema Línea Express (LINEXP) el usuario deberá entregar en ventanilla el Anexo 1. Solicitud para Contratación del Sistema Línea Express, previo llenado con letra de molde y firma, el cual será digitalizado para su archivo electrónico.- El personal responsable de los trámites del Sistema deberá verificar que los datos señalados sean legibles y que el usuario entregue la siguiente documentación: - Autorización del vehículo donde está registrado en el SENTRI Americano GOES (Global Online Enrollment System) en formato PDF. - Tarjeta de identificación para el uso de la Línea SENTRI emitida por los Estados Unidos de América (Sentri-card), en formato PDF, a nombre del usuario contratante de la LINEXP. - Identificación oficial vigente en formato PDF (pasaporte, credencial de elector, cédula profesional, licencia de conducir). - Registro Federal de Contribuyentes (RFC) en formato PDF, en caso de que el usuario requiera factura con datos fiscales. - Tarjeta de Circulación del Vehículo o equivalente en formato PDF en caso de vehículos con matrícula extranjera. - Cuenta de CORREO ELECTRÓNICO, para el envío de Factura Digital y notificaciones. 2. El usuario deberá cubrir la tarifa autorizada por la SHCP para el uso de la Línea Express (LINEXP), a través de tarjeta de crédito Visa-MasterCard o débito, pago referenciado digitalizado en formato PDF, en cuyo caso sustentará el pago con el comprobante bancario original por cada uno de los vehículos que pretenda utilizar. 3. Para la contratación de Línea Express (LINEXP) el usuario se presentará con el vehículo a registrar, el cual deberá estar en el estacionamiento para el pegado del Chip. 4. De no presentarse el usuario titular, la persona que realiza la contratación deberá de traer consigo Carta Poder Simple, donde el usuario titular le autorice realizar el trámite a su nombre con una copia de identificación de quien lo realice. 5. Para efectos de RENOVACIÓN podrá realizarse a través de la página WEB, la vigencia se activará dentro de las 72 Hrs. posteriores a la emisión del pago. 6. Al realizar la renovación en las oficinas de LINEXP la activación será inmediata, en caso contrario el Chip se desactivará automáticamente al término de su vigencia. Ver Anexo 2. Solicitud de Modificación de Datos del Sistema Línea Express. 7. Para la renovación únicamente se solicitará la tarjeta de circulación o equivalente si hubo cambio de placas del vehículo. 8. El usuario que no haya renovado en un periodo de 3 años, previa confirmación de que no haya tenido cruces durante ese lapso, deberá de realizar un nuevo trámite de contratación cumpliendo con los requisitos vigentes. USUARIOS Negativa un año Pago por Recorrido: Cobrar al usuario la parte proporcional y equitativa de la cuota por el tramo carretero recorrido. Línea Express: Brindar un mejor servicio a los usuarios con un cruce ágil y sin contratiempos, cumpliendo de esta forma con los objetivos institucionales de este Ente Descentralizado y del Gobierno Federal. Servicio de Línea Express Sustitución de Chip, Renovación y Contratación CAPUFE-01-003, CAPUFE-01-004 y CAPUFE-02-001 |
Obligaciones#1 Condicionan un beneficio Documento normativo para trámite de Pago por recorrido y Línea Express: Compendio Operativo para Plazas de Cobro, Apartado IV, numeral II y Apartado V, numeral II. Pago por Recorrido: Establecer los procesos y procedimientos para la administración de padrones y control de usuarios reconocidos bajo el Esquema Tarifario de Pago por Recorrido (ETPPR), proporcionando a las unidades administrativas de CAPUFE involucradas, los elementos necesarios para su control administrativo y los medios de control (tarjetas electrónicas) de manera que sea posible normar el actuar del personal involucrado en el proceso. Línea Express: Proporcionar al personal de operación de las Plazas de Cobro instaladas en las zonas fronterizas que cuenten con el esquema de operación denominado Línea Express (LINEXP), un conjunto integral de políticas, procedimientos y funciones que les permita operar eficientemente el sistema, brindando un mejor servicio a los usuarios con un cruce ágil y sin contratiempos, cumpliendo de esta forma con los objetivos institucionales de este Ente Descentralizado y del Gobierno Federal, así como los Tratados Internacionales fortaleciendo la convivencia de las relaciones con los Estados Unidos de América, conforme a las negociaciones y acuerdos tomados por el Grupo Intersecretarial de Puertos y Servicios Fronterizos. |
Grupo o industria al que le impacta la regulación#1 Pago por Recorrido: Personas morales que son propietarias o acreditan la posesión vehicular de cada uno de los vehículos que desee incorporar al esquema, cuyo domicilio fiscal o actividad económica sustantiva se encuentre ubicada en la zona de influencia de la Plaza de Cobro a Registrar bajo el ETPPR y justifique que realiza de manera constante, recorridos parciales menores a la totalidad del tramo mediante convenio con CAPUFE. Línea Express: Personas físicas que requieran de un cruce ágil y sin contratiempos, que cumplan con los requisitos. Pago por Recorrido: cumplir con los requisitos y pagar sólo por el tramo recorrido y no por la totalidad del tramo. Línea Express: Cumplir con los requisitos y el pago anual de $ 4,907.01 |
La propuesta regulatoria no contempla esquemas que impactan de manera diferenciada a sectores o agentes económicos, ya que el procedimiento para el Esquema Tarifario de Pago por Recorrido y de Línea Express son los mismos para cualquier particular que requiera gestionar estos trámites.
Grupo o industria al que le impacta la regulación#1 Pago por Recorrido: Personas morales que son propietarias o acreditan la posesión vehicular de cada uno de los vehículos que desee incorporar al esquema, cuyo domicilio fiscal o actividad económica sustantiva se encuentre ubicada en la zona de influencia de la Plaza de Cobro a Registrar bajo el ETPPR y justifique que realiza de manera constante, recorridos parciales menores a la totalidad del tramo mediante convenio con CAPUFE. Línea Express: Personas físicas que requieran de un cruce ágil y sin contratiempos, que cumplan con los requisitos. Pago por Recorrido y Línea Express: Proporciona certeza jurídica tanto al usuario como al Organismo y le permiten al usuario un ahorro en tiempo y en dinero. |
Son beneficios que permiten un ahorro en tiempo y en dinero y proporcionan certeza jurídica tanto al usuario como al Organismo.
Se tiene la suficiencia presupuestal (partida 33605) para la publicación del Compendio Operativo para las Plazas de Cobro en el Diario Oficial de la Federación y al mismo tiempo que se realiza el trámite ante la COFEMER, se publicará dicho Compendio, en la NORMATECA Interna del Organismo, para consulta general del personal del Organismo.
Se evalúa a través del Ejercicio de Participación Ciudadana, que consiste en: Consultar los mecanismos y acciones que el Organismo impulsa para incorporar la participación ciudadana en el diseño, implementación y evaluación de las políticas públicas de CAPUFE. La información es publica y parte del rubro de transparencia. Indicador de Pago por Recorrido Solicitudes Recibidas/ Solicitudes Autorizadas*100 Datos 2015: (157)/(157)*100 Indicador de Línea Express Trámites recibidos/Trámites atendidos*100 Datos 2015: (20,247)/( 20,247)*100
Si
Mecanismo mediante el cual se realizó la consulta#1 Formación de grupo de trabajo/comité técnico para la elaboración conjunta del anteproyecto Se Solicitaron las propuestas de cambios y/o modificaciones a todos los Subdelegados y Subgerentes de Operación, así como a los Subdirectores y Gerentes de la Dirección de Operación. Se recibieron todas las propuestas, se analizaron y en caso de resultar procedentes, eran incluidas, al mismo tiempo que se colaboraba con la Subdirección de Capital Humano y Desarrollo organizacional a través de la Subgerencia de Organización para darle forma al documento en mención y cada periodo de tiempo ser evaluado por el Comité de Mejora Regulatoria Interna (COMERI) en cuanto a los avances del mismo, previa aprobación por parte del Órgano Interno de Control y el Jurídico. Los proyectos de Compendios se difundieron a través del correo del Organismo en reiteradas ocasiones, para que en caso de existir comentarios por parte del personal de CAPUFE, se enviaran y en caso de resultar procedentes ser incluidas. Una vez concluido con el proceso y aprobado por el Director General se publicó en la NORMATECA interna. El proyecto se difundió a través del correo del Organismo en reiteradas ocasiones para su análisis, revisión y comentarios de todo el personal de CAPUFE y enviarón al correo de la NORMATECA Interna, los cambios que estimaron pertinentes para que se definiera el proyecto final, recabando cuantiosas y valiosas opiniones. |
Las propuestas fueron diversas y por parte de todos los sectores involucrados en los diferentes temas que conforman el Compendio Operativo para Plazas de Cobro, enriqueciendo el proyecto.