
Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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La Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario en su artículo 6 Bis fracción I señala, “Determinar las características y especificaciones técnicas de las vías férreas, del servicio público de transporte ferroviario y de sus servicios auxiliares, de la infraestructura física de interconexión, la expedición y aplicación de las normas oficiales mexicanas aplicables".
1. Describa los objetivos generales de la regulación propuesta#1 Establecer las condiciones técnicas de diseño, fabricación y uso que deben satisfacer los durmientes de concreto para ferrocarriles. Garantizar la seguridad del personal del ferrocarril, así como de las poblaciones aledañas a la vía que pudieran ser afectadas por un descarrilamiento provocado por defectos en los durmientes |
Los durmientes son los componentes transversales de la vía y tienen como función mantener la distancia entre los rieles y transmitir las cargas al balasto. Todos los durmientes, tanto de madera como de concreto deben proporcionar un apoyo eficaz para la unión de los rieles. Los durmientes de madera han sido utilizados durante la mayor parte del tiempo en la historia del ferrocarril, llevando a una demanda considerable del recurso forestal que tarda bastante en renovarse. La industria del concreto ha desarrollado durmientes de dicho material que ofrece una alternativa al uso de la madera como recurso único para la elaboración de estas estructuras. Algunas de las ventajas que el concreto muestra sobre la madera son la durabilidad y la poca necesidad de mantenimiento, sin embargo la discusión en el tema de la flexibilidad y elasticidad que el durmiente debe tener para soportar los movimientos y golpeteos del ferrocarril hace que las características de estos tengan que ser de una precisión considerable, misma que se explica en la Norma Oficial que se propone modificar. Un durmiente de concreto pretensado tipo monolítico, es el durmiente constituido por un elemento de concreto sometido a tensiones previas de compresión. El esfuerzo de precomprensión del durmiente se obtiene mediante alambres o barras de aceros traccionados con la carga correspondiente y que transmiten el esfuerzo ya sea por adherencia, anclaje o una combinación de ambos procedimientos. El durmiente de concreto pretensado tiene una vida útil en servicio, superior al doble de los de madera, conserva a lo largo de toda la vía una notable constancia en sus condiciones físicas y las vías muestran una mayor resistencia a los desplazamientos en su plano. Las consecuencias de una posible falla en un durmiente o en una serie de estos a lo largo de un tramo de vía, pueden ir desde un hundimiento en la vía que provoque brincos en los carros, hasta el descarrilamiento de los mismos, toda vez que la función de los durmientes es mantener la distancia entre las vías, al momento de presentarse un rompimiento de estos los rieles se abren, provocando que el ferrocarril salga de su camino. Tomando en cuenta que alrededor del 40% de las vías que se encuentran extendidas a lo largo del territorio nacional están construidas con durmientes de concreto, la regulación del diseño y producción de estos resulta relevante para la seguridad tanto de las empresas que operan el ferrocarril en México, como de las poblaciones y ecosistemas cercanos a estas. En la actualidad no existe una regulación para la producción de estos elementos de la vía férrea, y por lo tanto no se tiene certeza de que los durmientes que se utilizan cumplan con los requerimientos mínimos indispensables para asegurar la integridad de la vía y por lo tanto del ferrocarril. A pesar de que las empresas productoras de concreto busquen de acuerdo a sus buenas practicas ofrecer productos de calidad, es necesaria una regulación que establezca las características de diseño y resistencia de los durmientes.
Norma Oficial Mexicana, “NOM 013-SCT2, Para durmiente de concreto, Parte 1- Durmiente Monolítico”.
Disposiciones jurídicas vigentes#1 No existen disposiciones jurídicas para regular la fabricación de Durmientes Monolíticos de concreto, ya que esta es la primera vez que se pretende regular este tema. |
Alternativas#1 Incentivos económicos Esta alternativa de regulación no puede ser considerada, ya que no está relacionada con la capacidad económica de las empresas productoras de durmientes. | |
Alternativas#2 Otro tipo de regulación Dada la naturaleza técnica de este tema, no puede ser regulado con Leyes o Reglamentos, debido a la Generalidad de los mismos. La norma contiene las especificaciones técnicas mínimas para los durmientes que se utilicen en las Vías Generales de Comunicación. | |
Alternativas#3 No emitir regulación alguna De no emitir regulación en este rubro de la fabricación y uso de los durmientes de concreto los productores elaborarían y venderían durmientes que a su parecer son correctos, de tal forma que en diferentes segmentos de las vías férreas se puedan encontrar durmientes con características distintas que pusieran en riesgo la estabilidad de la vía y del ferrocarril. Por lo anterior este tema debe regularse con el fin de estandarizar las características físicas de estas piezas de concreto. | |
Alternativas#4 Esquemas de autorregulación Regular las especificaciones técnicas de los durmientes de concreto, bajo los Esquemas de autorregulación o los esquemas voluntarios, llevaría a las empresas a buscar una estandarización con las especificaciones que les permitan ser competentes en el mercado, sin embargo, al ser regulado mediante una NORMA OFICIAL MEXICANA, se logra certeza jurídica y la capacidad de establecer multas a las empresas que no cumplan con la regulación. |
La implementación de esta Norma Oficial Mexicana, es la mejor opción para atender la necesidad de regular las características mínimas que han de tener los durmientes de concreto que se encuentren en las vías de ferrocarril del territorio nacional, para que mas allá de cumplir con su función estructural, sean un elemento seguro. Lo anterior depende de que las características técnicas como diseño, dureza, flexibilidad, etc, sean cumplidas a cabalidad por parte de los fabricantes y que, en función de esto, las empresas ferroviarias que son los consumidores de durmientes, tengan la certeza de que lo que están utilizando es de la calidad mínima indispensable.
Accion#1 No Aplica
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Obligaciones#1 Establecen o modifican estándares técnicos Lejos de restringir la competencia, la presente regulación promueve que los actuales fabricantes de durmientes de concreto, tengan claras las especificaciones de los materiales, producción y uso de los componentes transversales de las vías. De la misma manera al tener la norma, las especificaciones antes señaladas, se pueden agregar nuevos productores a la competencia. A lo largo del cuerpo de la norma se establecen diversas obligaciones, requisitos, especificaciones técnicas y procedimientos que buscan garantizar la calidad, durabilidad y eficiencia en la elaboración de los durmientes de concreto, lo anterior con el propósito de fortalecer la seguridad en el transporte ferroviario de carga. Ver Anexo Tabla 1 En la tabla anterior se muestran las acciones regulatorias con su justificación. En general esta norma brinda de las características que deben tener los durmientes para que su uso se óptimo, y se mentenga la dinámica y la seguridad de la vía férrea. Los artículos relacionados al diseño de la sección 6 y tolerancia de la sección 7 establecen características técnicas para la fabricación de los durmientes, pero también están relacionadas a la seguridad, ya que pueden existir errores en estos rubros que sean causantes de accidentes. Toda la sección 8 se enfoca en las pruebas de aceptación de los durmientes, lo cual además de aegurar que las piezas utilizadas en las Vías Generales de Comunicación sean de calidad. Aunado a lo anterior, se refuerza la seguridad de la vía. 6, 6.1, 6.1.1, 6.1.2, 6.1.3, 6.2, 6.2.1, 6.2.2, 6.2.3, 6.2.4, 6.2.5, 6.2.6, 6.3, 6.4, 7, 7.1, 7.1.1, 7.1.2, 7.1.3, 7.1.4, 7.1.5, 7.1.6, 7.1.7, 7.1.8, 7.1.9, 7.1.10, 7.1.11, 7.1.12, 7.1.13, 7.1.14, 7.1.15, 7.2, 7.2.2, 7.2.3, 8, 8.1, 8.1.1, 8.1.2, 8.2, 8.2.1, 8.2.2, 8.3, 8.3.1, 8.3.2, 8.4, 8.4.1, 8.4.2, 8.5, 8.6.6, 8.7, 8.8, 8.9, 9, 10, 11 |
8.1 Identifique la acción seleccionada de la lista de verificación de impacto competitivo#1 Establece normas o reglas de calidad para los productos o servicios las características con las que se deben diseñar y elaborar los durmientes de concreto, estarán disponibles para que cualquier productor de este material pueda incursionar en el mercado. Se promueve la competencia por que se asegura que las características de los durmientes sean las mismas independientemente de su precio. Los artículos de la tabla 1 del Anexo (1.6, 6.1, 6.1.1, 6.1.2, 6.1.3, 6.2, 6.2.1, 6.2.2, 6.2.3, 6.2.4, 6.2.5, 6.2.6, 6.3, 6.4, 7, 7.1, 7.1.1, 7.1.2, 7.1.3, 7.1.4, 7.1.5, 7.1.6, 7.1.7, 7.1.8, 7.1.9, 7.1.10, 7.1.11, 7.1.12, 7.1.13, 7.1.14, 7.1.15, 7.2, 7.2.2, 7.2.3, 8, 8.1, 8.1.1, 8.1.2, 8.2, 8.2.1, 8.2.2, 8.3, 8.3.1, 8.3.2, 8.4, 8.4.1, 8.4.2, 8.5, 8.6.6, 8.7, 8.8, 8.9, 9, 10, 11) La regulación propuesta promueve la competencia entre los productores de concreto, al estandarizar las características de los mismos, nuevas empresas podrían competir en el mercado. La necesidad de inclusión de esta norma responde a las necesidades de homologar todos los durmientes que se encuentren en las Vías Generales de Comunicación, a fin de garantizar la seguridad en la vía y de los trenes que en ella transitan. Es la mejor alternativa porque a la fecha no hay instrumentos legales que permitan a la SCT ni a los concesionarios, exigir especificaciones mínimas para el diseño y producción de durmientes de concreto, situación que incide directamente en la seguridad de los trenes que circulan por las vías, la carga y la probabilidad de descarrilamientos por afectaciones en la vía. |
NO puesto que lo que se busca con la norma es estandarizar las características con las que todos los fabricantes de durmientes de concreto compitan en el mercado.
Grupo o industria al que le impacta la regulación#1 Empresas Concesionarias del Servicio Ferroviario y Empresas Productoras de Durmientes de Concreto. La regulación que se propone, no presenta costos cuantitativos, debido a que los fabricantes de durmientes de concreto que los producen actualmente en nuestro país, ya se basan en estas especificaciones, que a su vez, forman parte de las buenas prácticas de los países con los que tenemos intercambio comercial por ferrocarril, Canadá y Estados unidos. Para un fabricante de concreto que no se dedique a la producción de durmientes y quisiera incursionar en este mercado, no representa ningún costo que esté por encima de lo que tuviera que invertir antes de la regulación. Por otro lado existe un beneficio no cuantificable en torno a la seguridad. Al ser los durmientes, una parte fundamental de la estructura de la vía férrea, representan un tema de seguridad para los trenes. La regulación del diseño y producción de los durmientes garantizará que todos los que se encuentren en las Vías Generales de Comunicación del Sistema Ferroviario Nacional, tengan lo mínimo indispensable para garantizar la estabilidad de la vía. |
Grupo o industria al que le impacta la regulación#1 Empresas Concesionarias del Servicio Ferroviario y Empresas Productoras de Durmientes de Concreto. VER ANEXO 2 | |
Grupo o industria al que le beneficia la regulación#2
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La implementación de esta norma, presenta beneficios superiores a sus costos, debido a que en la actualidad los durmientes de concreto ya se utilizan en las vías generales de comunicación del servicio ferroviario, sin una regulación oficial. Los costos para los fabricantes y consumidores de este producto ya están establecidos a la fecha, y no sufrirán modificación alguna en función de la publicación de esta norma. Sin embargo, tomando en cuenta que existe una tendencia hacia sustituir los durmientes de MADERA, en las vías férreas por cuestiones económicas y ecológicas, el mercado de los durmientes de CONCRETO sufrirá un crecimiento exponencial debido a que las empresas ferroviarias los estarán reemplazando durante un tiempo considerable. Aunado a lo anterior, cabe recordar la importancia de los durmientes en la dinámica de la vía, para repartir las cargas a las capas inferiores y mantener el escantillón, por lo que los convierte en elementos de seguridad. Si bien los accidentes causados por infraestructura están en un porcentaje menor a los causados por error humano y por equipo, cualquier disminución de riesgo es importante y genera un BENEFICIO no solo para las empresas que operan el sistema ferroviario en nuestro país, sino también para la población aledaña a las vías, la infraestructura y el ambiente. Tomando en cuenta que la vida media de un durmiente de concreto va de los 20 a los 25 años, y que la garantía propuesta en esta norma es de 10 años, los productores se ven obligados a elaborar productos de calidad, pero sobre todo sujetos a la regulación, es decir, con las especificaciones mínimas para operar de manera óptima en las vías férreas Mexicanas. Con esto los consumidores tienen la certeza de que los productos que adquieran cumplirán la vida útil para la que están diseñados, de lo contrario cuentan con una garantía que cubre casi el 50% de este tiempo. Por todo lo anterior la implementación de esta norma representa beneficios económicos importantes a largo plazo para las empresas concesionarias del servicio ferroviario nacional, toda vez que la inversión en durmientes de concreto, será mas redituable considerando la durabilidad eficiente que se pretende que tengan estos elementos a partir de la presente Norma. Aunado a eso,los beneficios en la seguridad tanto del ferrocarril y la tripulación como del medio que rodea a las vías de ferrocarril. Gracias a lo anterior se concluye que los beneficios dela regulación son superiores a sus costos.
La Secretaría de Comunicaciones y Transportes, por conducto de la Dirección General de Transporte Ferroviario y Multimodal, es la autoridad competente para vigilar el cumplimiento del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana, mediante verificaciones periódicas. La dirección de Verificación Ferroviaria, tiene previsto realizar 1023 Verificaciones en todo el territorio nacional durante el 2015, a cargo de los Jefes de Departamento de los Centros SCT. La periodicidad de las mismas depende de los recursos y necesidades de cada región. Durante las verificaciones, los Jefes de Departamento evalúan tres rubros en general: Equipo, Operación e Infraestructura. En este último entra la evaluación de los elementos de la vía, y el estado general de la misma. Se evalúa el escantillón, los rieles, durmientes, soldadura, elementos de fijación y las capas de balastro y sub-balastro, todo lo anterior para cerciorarse que el tramo de vía que está siendo verificado pueda operar con seguridad. En dichas verificaciones los funcionarios a cargo realizan recorridos a pie para evaluar un tramo de vía, poniendo énfasis en los elementos antes mencionados. La información recabada en estos recorridos genera un dictamen del estado de la vía.
En la actualidad no se realizan verificaciones exclusivas a los Durmientes de concreto, ya que no serían suficientes los recursos para esto, si se verificaran los elementos de la vía por separado el número de visitas para evaluar la infraestructura se multiplicaría por la cantidad de elementos que la componen, lo cual generaría costos para la autoridad. Por lo tanto se dictan medidas de seguridad sobre el estad o general de la vía y un pazo para que estas sean atendidas. En ese sentido, se propone que en dichos informes se especifique cuando el mal orden de las vías se deba a fallas en los durmientes. Toda vez que el objetivo de esta norma es disminuir esa posibilidad, las observaciones deben ser mínimas. Por lo anterior el indicador se propone como indicadores los siguientes: - Cantidad de Durmientes de concreto en mal orden detectados en las verificaciones . - Cantidad de medidas de seguridad relacionadas a los durmientes que son dictaminadas y atendidas al año. Con lo anterior se puede generar la estadística necesaria para que al plazo de 5 años se analicen los resultados de la regulación. La implementación de los instrumentos que permitan a dichos funcionarios, comenzar a recabar los datos del indicador antes mencionado, depende de la fecha de publicación de la NOM en el DOF
Si
Mecanismo mediante el cual se realizó la consulta#1 Formación de grupo de trabajo/comité técnico para la elaboración conjunta del anteproyecto Formación de grupo de trabajo/ comité técnico para la elaboración conjunta del anteproyecto, en donde se reunieron los concesionarios ferroviarios y las empresas productoras de Durmientes de concreto. Las Empresas del Servicio Ferroviario Nacional se muestran sumamente interesadas en la publicación de la presente regulación, toda vez que la misma les brindará certeza en la adquisición de los durmientes de concreto que formarán partes de sus vías férreas, lo anterior implica una mayor seguridad para el sistema en general. De la misma manera las Empresas productoras de Concreto, están interesadas en la estandarización de la calidad de sus productos, para jugar un mejor papel en el mercado de Durmiente. |
Tanto las empresas productoras de Durmientes de Concreto como las empresas Ferroviarias, han propuesto en los Grupos de trabajo, las especificaciones de Diseño y los métodos de pruebas de calidad de los durmientes, a fin de asegurar que estos cumplan con las características mínimas para que operación sea segura. Lo anterior se ve reflejado en los numerales 6. Diseño y 8. Pruebas para la aceptación del durmiente.