Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

El Acuerdo tiene por objeto establecer los lineamientos para la instalación del Sistema de Apertura Rápida de Empresas y para la operación y funcionamiento del Programa de Reconocimiento y Operación del Sistema de Apertura Rápida de Empresas que serán aplicables a la COFEMER en su relación con aquellas entidades federativas y Autoridades Municipales con las que haya firmado, o pretenda firmar, un convenio de coordinación para brindar asesoría técnica en materia de mejora regulatoria.

Apartado II.- Impacto de la regulación

Se considera que el Acuerdo no genera costos de cumplimiento para los particulares, toda vez que aplica a las entidades federativas, Municipios y órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, que hayan celebrado convenios de coordinación con la Comisión Federal de Mejora Regulatoria o que tengan un convenio vigente.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos