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Solicitud de exención de MIR por no costos

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

(Modifica la solicitud de exención de MIR por no costos con número 3944) Con el objeto de proveer una mejor observancia de la norma en cuestión y facilitar su cumplimiento, la Dirección General de Normas determinó modificarla en los dos siguientes aspectos, con el consenso de todos los sectores interesados: 1) Actualmente la norma en su numeral 9.2.1.2 señala que la denominación comercial, únicamente para la fórmula láctea y producto lácteo combinado, debe aparecer en el envase con un tamaño de por lo menos el 75% del tamaño de la marca comercial del producto.Ahora bien, la modificación señala que "La denominación comercial, únicamente para la fórmula láctea y producto lácteo combinado, debe aparecer en el envase con un tamaño del 25% mayor del tamaño en que se exprese el contenido neto, de conformidad con lo establecido por la NOM-030-SCFI-1993". Con dicha modificación se le facilita al fabricante el cumplimiento, ya que no tendrá que modificar sustancialmente el diseño de sus envases para señalar la denominación comercial, puesto que se esta reduciendo el tamaño exigido. Asimismo, se brinda seguridad jurídica al productor, ya que la NOM-030-SCFI-1993 "Información Comercial-Declaración de cantidad en etiqueta", establece claramente el tamaño del contenido neto, en relación con el tamaño de la superficie principal del envase, mientras que en un envase se pueden encontrar distintas marcas con diferentes tamaños. 2) Se agrega el numeral 9.2.1.3, para señalar que "El producto lácteo combinado podrá también ser denominado alimento lácteo".Lo anterior, se agregó con el objeto de permitir que el alimento lácteo sea también considerado como denominación comercial, al cumplir con las especificaciones establecidas en la norma para producto lácteo combinado, dando así una opción adicional a los productores.

Tipo de anteproyecto#1
Ordenamiento#1
Artículos y fracciones#1

No

Nombre del trámite#1
Homoclave RFTS#1