Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

El presente aviso tiene como objetivo la cancelación de la “Norma Oficial Mexicana NOM-063-ZOO-1999, Especificaciones que deben cumplir los biológicos empleados en la prevención y control de enfermedades que afectan a los animales domésticos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 02 de junio de 2003”, debido a que los requisitos que en ella se establecen en su momento fueron utilizados como referencia para llevar a cabo el control de calidad y la constatación de este tipo de productos biológicos, sin embargo, actualmente la metodología establecida en ella no es acorde con los avances tecnológicos y los estándares internacionales, lo que la hace obsoleta para llevar a cabo la constatación de productos biológicos para el control de enfermedades que afectan a los animales domésticos. Por lo tanto esta Secretaría considera que no se justifica la continuación de la vigencia de esta Norma, ya que se estima que los aspectos principales que regulan el procedimiento que debe de llevar a cabo el particular para obtener la constatación de los productos biológicos están contenidos en la LFSA, su Reglamento y demás disposiciones aplicables en la materia, ya que éstas establecen el control de los productos para uso o consumo animal y los procedimientos para su constatación con lo que se evitaría una doble regulación y confusión para los particulares en el cumplimiento de la misma.

Apartado II.- Impacto de la regulación

Debido de que se trata de una cancelación de Norma Oficial Mexicana, el proyecto no genera obligaciones al particular, al contrario, los exime del cumplimiento de lo que hoy en día establece la NOM.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos