Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

La regulación propuesta consiste en modificar los numerales 6.4.2.7; 6.4.2.8.; 6.5.1.; 6.6.1.; 6.6.2., y 6.7.2.9, de la Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005 Violencia Familiar, Sexual y contra las Mujeres. Criterios para la Prevención y Atención publicada en el DOF el 16 de abril de 2009, elimina el requisitos OBJETIVOS GENERALES: - Alinear la Norma Oficial Mexicana con los derechos establecidos en la Ley General de Víctimas vigente, toda vez que con la inclusión de esta Ley queda sin efectos los numerales antes descritos. La eliminación de requisitos para la prestación de los servicios de interrupción voluntaria del embarazo en caso de violación sexual no incrementa los costos de la atención a la persona violada, e incluso podría reducirlos al hacer el procedimiento de atención más expedito

Apartado II.- Impacto de la regulación

La modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005, Violencia Familiar, Sexual y contra las Mujeres, es necesaria toda vez que lo establecido actualmente no cumple con lo estipulado en la Ley General de Víctimas, al modificarla solo se estaría alineando a lo establecido con la Ley.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos