Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio
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La obligación de expedir el Acuerdo por el que se da a conocer el Resumen del Programa de Manejo del área natural protegida con la categoría de Parque Nacional la zona conocida como Sistema Arrecifal Veracruzano, deriva de lo previsto en los Artículos 66, último párrafo, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), así como del Artículo 76, del Reglamento de la LGGEPA en Materia de Áreas Naturales Protegidas y el Artículo 5, fracción XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Así mismo, con el fin de justificar que se trata de un instrumento que representa mayores beneficios sociales que costos de cumplimiento para los particulares, se recomienda revisar los archivos anexos Análisis de Beneficios PN Sistema Arrecifal Veracruzano y Beneficios Sociales PN Sistema Arrecifal Veracruzano.
| 1. Describa los objetivos generales de la regulación propuesta#1 La obligación de expedir el Acuerdo Secretarial por el que se da a conocer el Resumen del Programa de Manejo del área natural protegida con la categoría de Parque Nacional la zona conocida como Sistema Arrecifal Veracruzano, deriva de lo previsto en los Artículos 65 y 66, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y 72 al 76, de su Reglamento en Materia de Áreas Naturales Protegidas. Respecto a la pertinencia del instrumento regulatorio hay que resaltar que dentro de las áreas naturales protegidas, la conservación de los ecosistemas requiere de una planeación territorial integral que incluya el ordenamiento científico, técnico e institucional de los usos y aprovechamientos, que permita el manejo eficiente de los componentes de la biodiversidad y asegure su permanencia en el largo plazo. El instrumento legal que permite y obliga a los responsables de administrar las áreas naturales protegidas a establecer las directrices generales de conservación y ordenamiento de usos y aprovechamientos dentro de los espacios naturales destinados a la conservación, es justamente el Programa de Manejo. Este documento contiene las directrices para la administración del área, las reglas administrativas técnicamente determinadas y la definición de zonas territoriales homogéneas para la autorización o en su caso, restricción de usos y aprovechamientos, elementos que permitirán mejorar el uso de recursos y que en total congruencia con su Decreto de creación, contribuirán a lograr los objetivos específicos de conservación para los ecosistemas representativos de la biodiversidad mexicana presentes en la zona, a garantizar el flujo futuro de beneficios ambientales generados por estos ecosistemas, a mantener, recuperar y restablecer sus condiciones ecológicas, a revertir el deterioro de su capital natural y a prevenir daños futuros. Esto permitirá mantener y recuperar la funcionalidad de los ecosistemas presentes en el área, minimizar su posible deterioro y evitar cambios en sus patrones ecológicos con efectos a gran escala. Cabe resaltar que por tratarse de un instrumento que busca atender y prevenir daños potenciales o afectaciones a los recursos naturales que alberga el área protegida, esta Comisión Nacional considera que sus alcances forman parte de la regulación social en Materia Ambiental, dentro de la que la intervención gubernamental se justifica plenamente por la presencia de externalidades negativas, es decir, efectos negativos generados sobre los recursos naturales, derivados del comportamiento de agentes que realizan actividades no reguladas actualmente y cuyas consecuencias se traducen en el deterioro de los ecosistemas y en pérdidas para la sociedad en su conjunto. La regulación propuesta contribuirá entonces a alinear las actividades que se llevan a cabo dentro del área protegida, con los objetivos sociales de mantenimiento del capital natural presente en el Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano, procurando el interés público y garantizando el derecho de los mexicanos a un medio ambiente sano, sin interferir con el funcionamiento de los mercados y sin generar efectos adversos sobre la competencia. Estas directrices facilitarán el cumplimiento de los objetivos específicos de protección, manejo, restauración, conocimiento, cultura y gestión dentro del Parque Nacional, y fortalecerán las capacidades para la supervisión y sanción por parte de la Autoridad competente. La regulación propuesta y la adecuada supervisión de su cumplimiento, permitirá conservar una superficie marina con al menos 28 arrecifes, el mayor número de arrecifes de coral del sur del Golfo de México reconocidos en México por su ubicación, estructura, resiliencia y biodiversidad, destacando además lagunas arrecifales con pastos marinos, playas, bajos y cayos. El principal objeto del instrumento regulatorio es la conservación de las estructuras arrecifales y los servicios ecosistémicos que proporcionan entre los que se encuentran la capacidad de amortiguar fenómenos naturales y la provisión de hábitat para diversidad de especies entre las que se encuentran varias de interés comercial, proporcionan además un valor estético incomparable para los seres humanos y constituyen un reservorio de material genético. Los arrecifes de coral del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano son proveedores de estructura y proporcionan hábitat a una gran diversidad de organismos que encuentran alimentación, refugio, y sitios de reproducción y crianza, entre los que destacan los peces de arrecife como: cabrillas (Mycteroperca spp.), pericos (Scarus spp.), pargos (Lutjanus spp.), damiselas (Chromis, Microspathodon), ángel (Holacanthus, Pomacanthus) e invertebrados como equinodermos, moluscos y crustáceos. Así mismo, se busca la conservación como sitios de agregación y alimentación para especies migratorias como las tortugas marinas caguama (Caretta caretta), de carey (Eretmochelys imbricata), tortuga marina verde del Atlántico (Chelonia mydas), lora (Lepidochelys kempii) y laúd (Dermochelys coriacea), especies consideradas En peligro de extinción de acuerdo a la NOM-059-SEMARNAT-2010 y enlistadas en el Apéndice I de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES). La regulación propuesta permitirá la conservación de los sitios de anidación de la tortuga marina de carey (Eretmochelys imbricata), específicamente en los cayos Sacrificios y Enmedio, además del hábitat de mamíferos marinos como los delfines nariz de botella (Tursiops truncatus), de dientes rugosos (Steno bredanensis), y el delfín moteado (Stenella attenuata) que ocasionalmente se observa en las zonas más profundas del parque nacional y sus aguas adyacentes, especies inscritas en la categoría Sujeta a protección especial de conformidad con la NOM-059-SEMARNAT-2010, y en el Apéndice II de CITES. El instrumento busca la preservación de una zona marina de alta productividad primaria con una importante presencia de algas que conforman el fitoplancton, macroalgas entre las que destacan los rodolitos y sargazo, además de praderas de pastos marinos con Thalassia testudinum, Halophila decipiens, Halodule wrightii y Syringodium filiforme, así como cayos en donde prosperan comunidades de duna costera. Es de especial importancia la conservación de la única comunidad de manglar dentro del polígono del área protegida con Rhizophora mangle (mangle rojo), mangle blanco (Laguncularia racemosa) y mangle negro (Avicennia germinans), especies en la categoría Amenazada de conformidad con la NOM-059-SEMARNAT-2010, ubicada en Isla Verde. La regulación propuesta busca además reforzar la protección de los vínculos ecológicos y las rutas de conectividad de una amplia gama de especies distribuidas en una red de áreas protegidas marinas del Golfo de México desde el Santuario Playa de Rancho Nuevo, las áreas de protección de flora y fauna (APFF) Laguna Madre y Delta del Río Colorado y Sistema Arrecifal Lobos-Tuxpan, las reservas de la biosfera Los Tuxtlas y Pantanos de Centla hasta el APFF Laguna de Términos, áreas que en conjunto integran una ecorregión marina con una gran diversidad de especies de flora y fauna de ecosistemas marinos y costero-marinos, que no reconoce fronteras administrativas, y que es fundamental tanto por la riqueza de sus elementos naturales y la productividad primaria como por los procesos ecológicos y evolutivos que tienen lugar en esos ecosistemas. Es importante señalar que el instrumento propuesto contribuirá a reforzar la protección y conservación de recursos naturales que se constituyen en una importante fuente de ingresos para los pobladores de las localidades aledañas, a través del aprovechamiento extractivo (pesca comercial) y no extractivo (prestación de servicios turísticos), así como al mantenimiento de un atractivo fundamental para el turismo nacional e internacional que visita las aguas del Parque Nacional, y que aporta una derrama económica importante para el estado de Veracruz. Por otro lado, se busca promover la investigación y la difusión de una cultura ambiental asociada a la conservación de los ecosistemas marinos, así como prevenir el aprovechamiento ilegal de la flora y fauna y el depósito de residuos. Por último, se reforzará la estructura regulatoria para proteger el Sitio RAMSAR 1346 (Humedal de Importancia Internacional), y el Bien Natural de Patrimonio Mundial Sistema Arrecifal Veracruzano. |
Si bien la publicación del instrumento regulatorio que nos ocupa no se desprende de origen de la necesidad de resolver una problemática específica identificada dentro del área, sino de las obligaciones establecidas en la legislación aplicable a las áreas naturales protegidas, sin duda el instrumento propuesto contribuirá de forma directa a estructurar y fortalecer la gestión territorial y administrativa respecto a ciertas actividades, usos y aprovechamientos que, en la situación actual y ante la ausencia de un documento base para el ordenamiento, publicado y vigente, podrían generan riesgos para la conservación de los ecosistemas. Más que descripción de la problemática, esta Comisión Nacional considera pertinente señalar que en el presente apartado se describirá la situación actual del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano, como punto de partida para fortalecer el proceso de planificación y gestión de usos y aprovechamientos al interior de esta área protegida, a fin de procurar su conservación en el largo plazo. Para complementar la respuesta a este apartado revisar el archivo Descripción de la Problemática PN Sistema Arrecifal Veracruzano, disponible para consulta en la sección Documentos Anexos.
Acuerdo Secretarial.
| Disposiciones jurídicas vigentes#1 Para la respuesta a este apartado, consultar el archivo Disposiciones Jurídicas PN Sistema Arrecifal Veracruzano, disponible para consulta en la sección Documentos Anexos. |
| Alternativas#1 Otras No se consideró ninguna alternativa, toda vez que la elaboración del Programa de Manejo es una obligación legal y expresa a cargo de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas establecida en los Artículos 65 y 66, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de los Artículos del 72 al 76, de su Reglamento en Materia de Áreas Naturales Protegidas. Es importante señalar que en opinión de esta Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas no resulta viable buscar otra alternativa regulatoria, en virtud de que se estaría en contra del Principio de Legalidad, conforme al cual la autoridad sólo puede hacer lo que la ley le permite. En este sentido la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y su Reglamento en Materia de Áreas Naturales Protegidas, se refiere específicamente a la obligación de elaborar un Programa de Manejo para las áreas naturales protegidas de competencia federal, del cual se deberá publicar un Resumen en el Diario Oficial de la Federación. Ahora bien, esta Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas considera que, en caso de que no existiera la obligación legal de expedir un Programa de Manejo, la mejor forma de regular de forma específica las actividades al interior de las áreas naturales protegidas sería un instrumento de similar naturaleza, puesto que en este se determinan las estrategias de conservación, delimitaciones territoriales, lineamientos, usos y aprovechamiento de los ecosistemas dentro de las áreas protegidas. Cabe señalar que a nivel internacional, el Convenio sobre la Diversidad Biológica, principal instrumento de carácter internacional y vinculante para quienes como México, lo han ratificado, establece como uno de los mecanismos para garantizar la conservación “in situ" de los ecosistemas, hábitats naturales y el mantenimiento y recuperación de poblaciones viables de especies en sus entornos naturales, el establecimiento de estrategias y programas similares que aseguren la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica. A nivel mundial dichos Programas se han conceptualizado como planes o programas de manejo, programas de conservación, programas de conservación y manejo, planes rectores o planes directores entre otros, cuyas estructuras y alcances guardan similitudes con el anteproyecto propuesto. La viabilidad y oportunidad del instrumento se refuerzan con la confirmación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver la Controversia Constitucional 72/2008, mediante sentencia publicada el 18 de julio de 2011 en el Diario Oficial de la Federación, la cual menciona que: “Los instrumentos a través de los cuales se materializa esta competencia, son la declaratoria y el programa de manejo correspondiente” (Revisar el texto alusivo a la Controversia que nos ocupa, en el apartado 5 de la presente MIR). | |
| Alternativas#2 No emitir regulación alguna En opinión de esta Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas resulta inviable la opción de no emitir la regulación puesto que no existen otros instrumentos de política ambiental en México, que de forma coordinada y sistemática garanticen la planeación, delimitación territorial y ordenamiento de las actividades, así como el cumplimiento de acciones y lineamientos dentro de las áreas protegidas para lograr los objetivos específicos de conservación para los que fueron creadas. | |
| Alternativas#3 Esquemas de autorregulación De conformidad con lo establecido en el Art. 38 de la LGEEPA, los instrumentos de autorregulación en materia ambiental se refieren a la participación voluntaria de los agentes económicos o destinatarios de las regulaciones ambientales, en el desarrollo de procesos voluntarios de autoregulación, a través de los cuales mejoren su desempeño ambiental, respetando la legislación y normatividad vigente en la Materia y se comprometan a cumplir mayores niveles, metas o beneficios en materia de protección ambiental. En síntesis se busca que la Autoridad incentive acciones que permitan a los agentes privados alcanzar objetivos de la política ambiental superiores a los previstos en la normatividad ambiental establecida. Este instrumento no se considera como alternativa en esta etapa pues es facultad y obligación de esta Comisión Nacional el establecer en primer momento la regulación territorial de las actividades dentro del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano, así como garantizar su cumplimiento, para después incentivar un cumplimiento voluntario más estricto. | |
| Alternativas#4 Esquemas voluntarios La valoración económica del medio ambiente se dificulta porque los bienes y servicios ambientales en general, carecen de mercado, es decir, no existe un mecanismo que les asigne un precio como expresión de valor. Para que el adoptar esquemas voluntarios de protección, conservación y explotación racional de recursos naturales fuera eficiente como instrumento de política pública resultan necesarias las siguientes condiciones: 1. Que los agentes privados involucrados identifiquen el valor de mercado de los bienes y servicios ambientales a través del sistema de precios. Ello para que el cambio en su conducta en favor de la conservación de los recursos naturales se traduzca en un beneficio económico cuantificable para ellos. 2. Que identifiquen e internalicen el hecho de que su conducta respecto al uso o aprovechamiento de un recurso natural en el presente, puede perjudicar su uso o aprovechamiento en el futuro. Estos esquemas no se consideraron como alternativa regulatoria pues estas condiciones no se cumplen y en general, observamos que los agentes maximizan sus beneficios privados sin considerar afectaciones a los beneficios de terceros (externalidades negativas). Por ello, la regulación social directa en Materia Ambiental (dentro de la que se considera el presente anteproyecto), que permita maximizar los beneficios sociales, resulta justificada. | |
| Alternativas#5 Incentivos económicos Los problemas ambientales se pueden interpretar desde el punto de vista económico, como fallas de mercado que generan externalidades negativas. Ello se refiere a que los agentes económicos, como resultado de sus actividades, generan efectos sobre terceros y no compensan por estos daños, transfiriendo los costos de sus actividades hacia otros individuos, a la sociedad en su conjunto o incluso a generaciones futuras. Uno de los instrumentos de política ambiental que se propone para corregir este problema de externalidades negativas es el de la aplicación de instrumentos económicos, ya sea de carácter fiscal (impuestos y subsidios), financiero (créditos, fianzas, seguros de responsabilidad civil, fondos o fideicomisos) o de mercado (concesiones, autorizaciones, licencias y permisos). El propósito de la aplicación de los incentivos económicos es internalizar los costos ambientales de las decisiones y actividades privadas. La idea es que los particulares, a través de la política pública, reciban señales adecuadas para incorporar a sus objetivos, motivaciones permanentes para hacer un manejo sustentable de los recursos naturales a cambio de un beneficio económico de corto plazo. Esto debería convertirse en un mecanismo automático de corrección de externalidades. Sin embargo, no se han considerado como alternativa a la regulación propuesta pues se trata de mecanismos que requieren de diseños específicos y asignaciones fiscales importantes, así como de la intervención de agentes financieros o terceros administradores de fondos con los crecientes costos asociados para la Administración Pública. Así mismo no se observa un fuerte vínculo operativo entre la autoridad fiscal y la autoridad ambiental para coordinar estos instrumentos y puede darse la incoherencia entre estructuras de incentivos entre diferentes sectores. |
Para la respuesta a este apartado consultar el archivo Mejor Alternativa Regulatoria PN Sistema Arrecifal Veracruzano, disponible para consulta en la sección Documentos Anexos.
| Accion#1 No Aplica
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| Obligaciones#1 Otras Acciones Regulatorias. Para la respuesta a este apartado, consultar el archivo Acciones Regulatorias PN Sistema Arrecifal Veracruzano, disponible para consulta en la sección Documentos Anexos. |
| Grupo o industria al que le impacta la regulación#1 El anteproyecto no crea trámites adicionales ni genera nuevos costos de cumplimiento para los particulares, sin embargo, para efectos de actualización de factor, se reportan los costos financieros asociados a la creación de un área protegida, es decir, pagos directos por cobro de derechos para los particulares por usos o aprovechamientos. Las cantidades corresponden al año 2016, actualizadas con base en el “Anexo 19 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 2015. Cabe resaltar que no se identificaron costos administrativos o costos estructurales. Para la respuesta a este apartado, consultar el archivo Análisis de Costos PN Sistema Arrecifal Veracruzano, disponible para consulta en la sección Documentos Anexos. |
El anteproyecto de Resumen del Programa de Manejo del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano, que se da a conocer mediante Acuerdo Secretarial, no genera impactos diferenciados a sectores o agentes, toda vez que no genera cargas administrativas ni relativas ni absolutas para ningún sector económico o agente que produzca bienes o servicios. La regulación propuesta no genera costos por obligaciones de información (aportar o comunicar datos a la Autoridad o terceros en relación con su funcionamiento o actividad productiva, y disponibilidad para inspecciones o auditorías por ejemplo), actividades administrativas (elaboración, producción o transmisión de información a la Administración Pública o terceros que implique un costo administrativo) o tareas de gestión (presentación de documentación requerida, costos por desplazamientos, llenado de solicitudes, impresiones, elaboración de cálculos, reproducción de informes o edición de folletos, por ejemplo). El anteproyecto no prevé el otorgamiento de derechos especiales o exclusivos para ofrecer bienes o servicios, no crea esquemas preferentes de compras que beneficien a sectores, no establece procedimientos diferenciados para obtención de permisos y autorizaciones, no restringe la producción de ningún bien o servicio y no exime del cumplimiento de ninguna normatividad a ningún agente involucrado.
| Grupo o industria al que le impacta la regulación#1 Los bienes naturales o capital ambiental que se pretende proteger y conservar por conducto de esta regulación, poseen un valor intrínseco que es independiente del reconocimiento o valoración monetaria que pudiera asignársele, y cuya permanencia e integridad funcional resultan en un beneficio social por sí mismo, tanto para la población actual como para generaciones futuras en términos de permanencia de funciones ecológicas, procesos de regulación y de ciclos bioquímicos fundamentales para la vida y que de forma cualitativa es posible describir. Para la respuesta a este apartado, consultar los archivos Análisis de Beneficios PN Sistema Arrecifal Veracruzano y Beneficios Sociales PN Sistema Arrecifal Veracruzano, disponibles para consulta en la sección Documentos Anexos. |
Para la respuesta a este apartado, consultar los archivos Beneficios Sociales y Análisis de Beneficios PN Sistema Arrecifal Veracruzano, disponibles para consulta en la sección Documentos Anexos.
Las labores propias de protección, manejo, operación y vigilancia dentro del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano, que permitirán garantizar la efectividad del instrumento propuesto, se llevarán a cabo con el personal actualmente contratado por la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas: un Director de área natural protegida, un Subdirector, un Jefe de Departamento, tres Técnicos Operativos, dos Asistentes Técnicos, uno dedicado a Educación Ambiental y Capacitación para la Conservación y otro a la Operación de Programas de Conservación, un Técnico de Vigilancia, un Enlace de Procedimientos Administrativos, un Jefe de Oficina de Obras, un Enlace de Alto Nivel de Responsabilidad, un Coordinador y tres Profesionales Dictaminadores, una Secretaria y dos profesionales titulados de base. Respecto a los recursos materiales, operativos y otros activos para el cumplimiento de las funciones arriba señaladas, se cuenta con una camioneta Ford Ranger Pick Up modelo 2012, una Ford F-150 modelo 2010, una Chevrolet LUV 2005, una Ford Van Econoline modelo 2005, una Jeep Liberty modelo 2005 y un automóvil Chevy modelo 2003. Se cuenta también con una motocicleta RX-100 Yamaha 2005, y tres cuatrimotos Honda TRX420, TRX421 y TRX422 modelo 2015. Respecto a las embarcaciones y motores, se cuenta con un remolque para embarcación de acero doble eje, (armado) modelo 2005, una lancha de fibra de vidrio con toldo de 33 pies marca Imemsa modelo 2000, tres motores fuera de borda de cuatro tiempos de 115 HP Yamaha modelo 2010 (2) y modelo 2006 (1), un motor fuera de borda de cuatro tiempos de 115 HP Honda modelo 2009 y una lancha de fibra de vidrio de 33 pies marca Argos con motor fuera de borda de cuatro tiempos de 115 HP modelo BF115, modelo 2009, una embracación marca Argos de 26 pies con dos motores Mercury de 60 HP, modelo 2015. La Dirección del área protegida cuenta con una oficina propiedad del Ayuntamiento de Veracruz otorgada en Comodato por 15 años (a partir del 2007), ubicada en la Ciudad de Veracruz en donde se cuenta con equipo de oficina, cómputo y telecomunicaciones para la operación propia del área protegida y con un predio con una superficie de 1,693.37 m2 de terrenos ganados al mar, ubicado en Playa Santa Ana, Boulevard Vicente Fox s/n, en la localidad y Municipio de Boca del Río, otorgado mediante Acuerdo de Destino (Ver Acuerdo de Destino CONANP octubre 2012 en documentos anexos), en donde se pretende construir el Centro de Monitoreo y oficinas. También se cuenta con una superficie de 48,333.98 m2 de zona federal marítimo terrestre otorgada mediante Acuerdo (ver Acuerdo de Destino CONANP mayo 2008), que abarca la Zona Federal Marítimo Terrestre de las Islas de Enmedio, Santiaguillo, Verde, Sacrificios y Salmedina, en las que se llevan a cabo acciones de protección, restauración, conservación, investigación, saneamiento, aprovechamiento sustentable no extractivo y rescate de los recursos naturales existentes. Respecto a la infraestructura para embarco y desembarco, se cuenta con tres espacios de atraque en la Marina Veramar sobre el bulevar de la Ciudad de Veracruz, otorgados mediante Convenio con la Administración Portuaria Integral Estatal de Veracruz. Cabe señalar que para este 2016 se tiene una asignación presupuestal fiscal para operación del Parque Nacional que asciende a $325,856.00, más aproximadamente $180,000.00 correspondientes a compras consolidadas que incluyen combustibles, materiales de oficina, etc. El cumplimiento del anteproyecto regulatorio se logrará de acuerdo a la coordinación institucional existente entre la Dirección del área protegida, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), la Secretaría de Marina (SEMAR) a través del Mando de la Primera Región Naval, para atención oportuna a encallamientos, supervisión de proyectos de restauración, atención a denuncias (descargas de aguas residuales entre otras) y cumplimiento de condicionantes para proyectos de ampliación portuaria. Con SEMAR también se realizan patrullaje y labores de reconocimiento para preservar el área protegida y de forma conjunta se dan opiniones para la autorización de vertimiento de desechos. Con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), a través de la Capitanía de Puerto Regional y la Dirección General de la Administración Portuaria Integral de Veracruz (APIVER), se tiene coordinación para la autorización de permisos de tránsito náutico, intercambio de información climatológica que pueda determinar apertura o cierre del Puerto, apoyo durante operativos vacacionales y seguimiento al cumplimiento de compromisos derivados de obras portuarias. Con la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA) dependiente de la SAGARPA y la SEMAR se realizan operativos de mar para verificar autorizaciones, permisos y concesiones, así como el cumplimiento de la NOM-064-SAG-PESC-SEMARNAT-2013, relacionados principalmente con la prevención y detección de uso de métodos de pesca prohibidos y violaciones durante épocas de veda (especialmente pulpo). Con PROFEPA también se realizan operativos especiales de vigilancia durante los periodos de mayor afluencia turística (Operativo Carnaval, Semana Santa y vacaciones de verano e invierno), con el fin de reforzar acciones de protección a turistas y para cumplimiento de Ley Federal de Derechos (Artículo 198). Así mismo se participa en el Comité de Coordinación Local del Plan Nacional de Contingencias por Derrame de Hidrocarburos y otras Sustancias Nocivas al Mar, en donde se colabora con la SEMAR, Protección Civil del Gobierno del estado de Veracruz, Petróleos Mexicanos (PEMEX), APIVER, Agencia de Seguridad, Energía y Medio Ambiente (ASEA), PROFEPA, SCT, Procuraduría General de la República (PGR) entre otras instancias, con el fin de fortalecer las capacidades de respuesta y tomar acciones inmediatas para la contención, recuperación y limpieza en los sitios afectados, así como con la Secretaría de Salud para atención a personas lesionadas. Para el desarrollo del Programa de Conservación de Cuencas Costeras y del Programa de Ordenamiento Ecológico del Territorio (POET), se trabaja en colaboración con el Gobierno del estado de Veracruz. Con los H. Ayuntamientos del Veracruz, Boca del Río y Alvarado, se tienen acciones coordinadas para fortalecer el Programa de Educación Ambiental y consolidar el Programa de Atención a Contingencias. Respecto a las acciones de prevención, se tiene estrecha colaboración con la National Oceanic and Atmospheric Administration (NOAA) para alerta temprana de tormentas y huracanes, y con apoyo del Acuario de Veracruz y el Laboratorio de Seguimiento del Instituto de Ecología (INECOL A.C.), para detección temprana de condiciones propicias de marea roja a través del seguimiento y procesamiento de datos generados en las estaciones de investigación instaladas dentro del Parque Nacional. Con el Acuario de Veracruz también se realizan acciones para la atención del campamento tortuguero de las islas del PNSAV y atención a varamientos de mamíferos marinos. Con relación la administración y manejo de recursos hídricos, se participa en los Consejos de Cuenca de los ríos Tuxpan-Japama y Papaloapan, en donde se trabaja para incorporar el concepto de Manejo Integral de Cuenca y lograr que se consideren los efectos de los afluentes de ambas cuencas, sobre los recursos naturales del Sistema Arrecifal Vercaruzano. Esto con el fin de participar en el diseño e implementación de acciones para la regularización de usos del agua, saneamiento, prevención de contaminación (aguas residuales de industria y agroindustria, usos domésticos) y protección de cuerpos receptores de agua. Respecto a temas de educación ambiental, investigación, monitoreo de recursos naturales e implementación de diversos proyectos de conservación, se cuenta con el apoyo de Nova University, NOAA-Flower Gardens, el Instituto Oceanográfico de SEMAR, la Universidad Veracruzana, el Instituto Tecnológico de Boca del Río (ITBOCA), Amigos de Sian Ka´an, Acuario de Veracruz A.C., GIZ, PRONATURA, Tortulecta – Fundación Tony, Fundación Chalchi, Voluntariado Banamex, Gulf Marine, Cool Planet, Sociedad Ecológica, Internacional Contenedores Asociados de Veracruz S.A de C.V (ICAVE), Corporación Integral de Comercio Exterior (CICE) y APIVER. Con la Secretaría de Educación Pública se trabaja para apoyar la conservación del patrimonio histórico y cultural del Parque Nacional y para la capacitación para conductores de grupos de turistas. Para la verificación del cumplimiento de la regulación en materia pesquera y turística, así como para el fortalecimiento de las acciones de conservación en estos rubros, se trabaja en relación con la Federación Nacional de Sociedades Cooperativas de Producción Pesquera (S.C.P.P.), Asociadas por la Producción Sustentable del Sistema Arrecifal Veracruzano, S.C.P.P. Pescadores Bocaver, la S.C.P.P. Isla de Enmedio, Buceo en Veracruz, Servicios de Actividades Acuático Recreativas del Puerto de Veracruz, Servicio de Recorridos Turísticos y Buceo en Antón Lizardo, Alvarado, Veracruz, y la Asociación Veracruzana de Turismo Alternativo A.C.. Las violaciones al instrumento propuesto serán sancionadas de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la LGEEPA y sus Reglamentos, así como en el Código Penal Federal y demás disposiciones legales aplicables.
En lo que respecta a la evaluación y seguimiento administrativo para cumplimiento de los objetivos del instrumento regulatorio, la Dirección del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano está obligada a presentar ante Oficinas Centrales de esta Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, el Programa Operativo Anual (POA), en el que se planifican, priorizan y calendarizan las actividades necesarias para este fin. En el POA se establecen los indicadores de cumplimiento, las responsabilidades y los recursos presupuestales que se asignarán para lograrlo. Estas actividades se diseñan con base en los componentes del Programa de Manejo y requieren de una lógica y metodología que permita medir los avances para las acciones específicas establecidas en dicho Programa, así como su congruencia con los Decretos de creación y Modificación de la propia área protegida, la problemática específica del área y los objetivos estratégicos de la Comisión Nacional en el marco de los objetivos establecidos en el PROGRAMA Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2013-2018, alineados al Plan Nacional de Desarrollo. Los avances serán presentados de forma trimestral y en formatos establecidos, a fin de programar su revisión e identificar desviaciones de cumplimiento. Ello con el fin de establecer las medidas correctivas y los plazos para garantizar la efectividad del instrumento. Por otra parte, conforme a lo previsto en el Artículo 77, y demás correlativos del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Áreas Naturales Protegidas, el Programa de Manejo del Parque Nacional, será revisado por lo menos cada cinco años con el objeto de evaluar su efectividad y proponer posibles modificaciones. Previo análisis y opinión del Consejo Asesor del área protegida, se podrá modificar el Programa de Manejo cuando: I. Las condiciones naturales y originales del área hayan cambiado debido a la presencia de fenómenos naturales y se requiera el planteamiento de estrategias y acciones distintas a las establecidas en el programa vigente; II. Técnicamente se demuestre que no pueden cumplirse estrategias o acciones establecidas en el programa vigente, o III. Técnicamente se demuestre la necesidad de adecuar la delimitación, extensión o ubicación de las subzonas delimitadas. Las modificaciones que resulten necesarias deberán seguir el mismo procedimiento establecido para la elaboración del Programa de Manejo, y un Resumen de las mismas se publicará en el Diario Oficial de la Federación.
Si
| Mecanismo mediante el cual se realizó la consulta#1 Circulación del borrador a grupos o personas interesadas y recepción de comentarios Isabel Pastrana Vázquez, en representación de la Federación Regional de Sociedades Cooperativas de la Industria Pesquera. Se inconforma con el borrador del Programa de Manejo y exige que en las reglas administrativas se le de participación a los pescadores. | |
| Mecanismo mediante el cual se realizó la consulta#2 Circulación del borrador a grupos o personas interesadas y recepción de comentarios Felipe Valencia Hernández, en representación de Pescadores Unidos del río Jamapa, Sistema Lagunar de Mandinga y Zonas Anexas. Se inconforma con la subzonificación presentada el borrador del Programa de Manejo porque no se garantiza la subsistencia de la economía de los pescadores. Solicita que se modifique. | |
| Mecanismo mediante el cual se realizó la consulta#3 Circulación del borrador a grupos o personas interesadas y recepción de comentarios Ing. José Antonio González Azuara. Delegado Federal de SEMARNAT en Veracruz. Sugiere que el anteproyecto sea alineado al Programa de Ordenamiento Ecológico Marino y Regional del Golfo de México y Mar Caribe, considerando las estrategias ecológicas para la UGA-163. | |
| Mecanismo mediante el cual se realizó la consulta#4 Seminario/conferencia por invitación Joseph A. Loustalot. Comenta que los buzos certificados de Open Water pueden bucear en pareja sin necesidad de guías, sugiere que se ajusten las distancias para bucear a partir de las boyas y que los cursos para acreditarse como guías certificados sean gratuitos. | |
| Mecanismo mediante el cual se realizó la consulta#5 Seminario/conferencia por invitación Fernando Ortiz. Prestador de servicios turísticos. Sugiere que la isla Sacrificios se abra para la realización de actividades ecológicas que no dañen el arrecife. | |
| Mecanismo mediante el cual se realizó la consulta#6 Seminario/conferencia por invitación Jorge Homs. Prestador de servicios turísticos. Está de acuerdo con que se impartan pláticas de educación ambiental para aquellos que soliciten un permiso para servicios turísticos, es necesario educar a la comunidad de usuarios del Parque Nacional. | |
| Mecanismo mediante el cual se realizó la consulta#7 Seminario/conferencia por invitación Gregorio Chedrahui. Directo General Gulf Marine. Propone que la isla Sacrificios se abra para la visitación y que a los yatistas solo les interesa visitar Cancuncito, Enmedio, Salmedina y Polo, señala que está de acuerdo con que los yates estén en regla con sus permisos y que pueden apoyar como Marina. |
Para la consulta pública del anteproyecto de Programa de Manejo se realizaron diversos talleres temáticos incluyendo: prestadores de servicios turísticos modalidad buceo y recorridos en embarcaciones motorizadas y no motorizadas, así como embarcaciones particulares (Club de Yates y Marinas) y pescadores representados a través de Sociedades Cooperativas de Producción Pesquera. Así mismo y de acuerdo a sus facultades y competencias, se convocó a participar a autoridades de la Tercera Zona Naval de la Secretaría de Marina, de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA), de la Administración Portuaria Integral de Veracruz, del Gobierno del estado de Veracruz y de los H. Ayuntamientos de Boca del río, Alvarado y Veracruz. En las reuniones temáticas se presentaron los antecedentes del área protegida y el marco legal que determina la obligación de publicar el Programa de Manejo, una vez publicado el Decreto Modificatorio del Parque Nacional en el año de 2012. Se describieron los objetos de conservación y los servicios ecosistémicos que prestan los recursos naturales del Parque Nacional y se identificaron las actividades que generan presiones sobre éstos y que requieren de una intervención activa por parte de la autoridad para evitar un mayor deterioro (actividad portuaria, tránsito de embarcaciones, desarrollo costero, pesca comercial, contaminación de cuencas en zona de influencia, turismo intensivo, extracción ilegal de especies, descargas de aguas residuales, entre otras). Se explicaron a detalle los apartados del Programa de Manejo con énfasis en los subprogramas, componentes, actividades y acciones de conservación por realizar. Así mismo se presentaron las herramientas de manejo contenidas en al anteproyecto, destacando la propuesta de subzonificación que comprende, para las zonas núcleo, el polígono de protección, y para las zonas de amortiguamiento, las de Aprovechamiento Sustentable de los Recursos Naturales, Uso Público y Recuperación, de conformidad con el Artículo Primero del Decreto Modificatorio de 2012. También se presentó la propuesta del polígono de la zona de influencia. Se revisaron las tablas de actividades permitidas para cada una de las subzonas, así como las reglas administrativas aplicables a aquellos que realicen usos o aprovechamientos de los recursos naturales del área protegida. También se revisaron las disposiciones relacionadas con capacidad de carga, específicamente para las subzonas de uso público en los sitios en los que se realiza buceo autónomo (nodos de actividades en arrecifes), para la visitación al bajo de arena del arrecife de Isla Pájaros (Cancuncito) y para la visitación al cayo denominado Enmedio. Previo inicio de las reuniones temáticas, durante el desarrollo de la consulta y una vez concluida, se realizaron diversas reuniones con integrantes del Consejo Asesor del área natural protegida, presididas por el Presidente y el Secretario Técnico, en las que se fue revisando el anteproyecto, los comentarios vertidos, los ajustes solicitados derivados de las observaciones de los participantes durante las reuniones temáticas, y los ajustes procedentes, buscando siempre el consenso y la concertación con los diferentes miembros del Consejo. Cabe señalar que a partir del 10 de junio de 2014 y hasta el 10 de septiembre del mismo año, el anteproyecto estuvo disponible para consulta de los interesados, en la página electrónica de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas. Es importante señalar que la subzonificación que se presentó durante las reuniones de consulta, fue establecida en congruencia con lo dispuesto en el Artículo Primero del Decreto Modificatorio de 2012 y los artículos correlativos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, con base en el análisis de la biodiversidad, cobertura y densidad de corales y la abundancia de peces, sobreponiendo las actividades pesqueras y turísticas, a fin de hacer compatibles los usos del Parque con los objetos de conservación. Para una revisión detallada del proceso de consulta pública se recomienda revisar los anexos correspondientes a Talleres Temáticos (minutas, listas de asistencia, comentarios), Comentarios del Sector Pesquero y APIVER, Aviso de Consulta Pública al Consejo Asesor, Opiniones y Respuestas derivadas del proceso de consulta y Minutas Consejo Asesor.