Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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MIR de impacto Moderado con análisis de impacto en la competencia

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No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Indique el (los) supuesto (s) de calidad para la emisión de regulación en términos del artículo 3 del Acuerdo de Calidad Regulatoria.

Si

No

Si

No

Véase anexo IV.

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación
1. Describa los objetivos generales de la regulación propuesta#1

La regulación propuesta tiene como objeto establecer las especificaciones de seguridad y los métodos de prueba que deben cumplir los gatos hidráulicos tipo botella con capacidad hasta de 30 toneladas, empleados para levantar, bajar o en general, mover cargas pesadas, ya sea total o parcialmente. Lo anterior debe estar sustentado por un instrumento regulatorio, como el propuesto, que de forma obligatoria señale lo conducente sobre las características técnicas y de diseño, así como el proceso por el cual se determina que los dispositivos hidráulicos mencionados cumplen con las cualidades estipuladas.  Es importante mencionar que una idea fundamental de la regulación propuesta es que se materializa y se establece el Proceso de la Evaluación de la Conformidad (PEC), mismo que formaliza el proceso por el cual los sujetos obligados deben conducirse de manera forzosa con el objetivo de garantizar que los productos regulados en esta norma oficial mexicana satisfagan todas y cada una de las características y requisitos señalados. Lo anterior, con la finalidad de asegurar el correcto funcionamiento de los dispositivos hidráulicos mencionados, mismo que conlleva a proteger a los usuarios y sus bienes de posibles daños físicos.

De acuerdo con datos del Sistema de Información Arancelaria Vía Internet (SIAVI) la importación de gatos hidráulicos con capacidad máxima de carga de hasta 30 toneladas, se especifica en el cuadro 1 (Véase anexo II MIR DE GATOS HIDRÁULICOS para mayor detalle) En promedio, se importaron un poco más de 358 mil piezas en el periodo de 2011 a 2014, mismo que representa la cantidad de $14.4 millones de dólares ($236 millones de pesos aproximadamente). Sin embargo, para el mismo periodo se exportó la cantidad de 43.7 mil piezas en promedio, con un valor cercano a $33 millones de pesos, lo que representa el 12% de las importaciones; en este sentido, conforme a la información del Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte (SCIAN) 2007, la venta de maquinaria y equipo para la industria en general, como taladros, presas, herramientas de mano con motor, bombas y motores, entre otros, así como la fabricación de gatos hidráulicos, se estima en aproximadamente $366.9 millones de pesos . Por lo que la cantidad de estos dispositivos fabricados a nivel nacional se estima en poco más de 77,304 piezas  en promedio; en estos términos la producción nacional es de aproximadamente el 22% de las importaciones.  Con esta información, tenemos un panorama general del comportamiento del mercado nacional de los gatos hidráulicos; por lo que es imperante desarrollar un instrumento regulatorio que garantice la protección de los usuarios o consumidores a través del correcto funcionamiento de estos dispositivos, lo cual, a su vez, se basa en fabricar y diseñar los gatos hidráulicos conforme a las especificaciones técnicas determinadas en esta propuesta de regulación. Bajo este último argumento, un proceso fundamental para garantizar que los dispositivos estudiados sean fabricados, importados y comercializados acorde a lo señalado en esta norma oficial mexicana, es la incorporación del Procedimiento de Evaluación de la Conformidad (PEC). La importancia de establecer el PEC radica en que los beneficios que proceden de un sistema o instrumento de normalización en el mejoramiento de la eficiencia económica y el acceso a los mercados a nivel global no pueden materializarse sin la capacidad de realizar mediciones confiables, mismas que demuestran que los productos, dispositivos, mercancías, servicios, etcétera, se ajustan a los requisitos especificados en las normas. Así mismo, establecer el PEC en el instrumento regulatorio como el propuesto, implica establecer y monitorear que el conjunto de bienes y servicios son apropiados para el uso comercial, en favor de la protección del consumidor, su seguridad y el medio ambiente. Adicionalmente, el PEC sirve como base para mostrar la calidad de los productos y servicios, lo que implica separar y eliminar aquellos que no cuentan con las especificaciones de las normas. Bajo este perspectiva, al ser una cantidad importante de dispositivos (gatos hidráulicos) que se comercializan, producen e importan dentro del territorio nacional, es imperante la inclusión del PEC en el instrumento regulatorio propuesto: con el PEC los sujetos regulados así como las autoridades correspondientes podrán certificar que las especificaciones de la norma oficial propuesta cumplan con los requisitos técnicos mínimos para su diseño y fabricación, a efecto de garantizar la seguridad de los usuarios y la calidad del producto. Adicional a ello, el PEC permite que las especificaciones y métodos de prueba no sean formulados y ejecutados a discreción de los laboratorios o personas acreditadas para tal tarea; en este sentido, el PEC formulado instituye una serie de técnicas, mediciones, definiciones, entre otros elementos, que de manera obligatoria y sistemática deben realizar los individuos u organizaciones especializadas en evaluar el producto, en este caso, los gatos hidráulicos de hasta 30 toneladas, y con ello inhibir prácticas discrecionales que pueden implicar una inadecuada certificación y evaluación de los dispositivos citados, lo que puede conllevar un impacto negativo a los consumidores o usuarios.

NOM

Disposiciones jurídicas vigentes#1

En la actualidad tenemos un referente normativo relacionado con los dispositivos en estudio, este es, la NOM-114-SCFI-2006, Gatos hidráulicos tipo botella-Especificaciones de seguridad y métodos de prueba; la cual tiene como objetivo establecer las especificaciones de seguridad y los métodos de prueba que deben cumplir los gatos hidráulicos tipo botella con capacidad hasta de 30 t, empleados para levantar, bajar o en general, mover cargas pesadas, ya sea total o parcialmente. La diferencia entre la NOM vigente y el instrumento regulatorio propuesto es que en el primero no se desarrolla o establece el PEC de manera explícita, ya que indica que la Evaluación de la Conformidad se llevará a cabo por personas acreditadas y aprobadas en términos de la legislación vigente. Lo anterior implica que los sujetos calificados que pueden llevar a cabo el PEC podrán hacerlo de manera discrecional, de tal suerte que los resultados tengan una importante discrepancia en relación a las especificaciones establecidas en la NOM. Por lo que la NOM-114-SCFI-2006, si bien contiene un PEC, este no se establece de manera expresa, por lo que es insuficiente para determinar el grado de cumplimiento de los requisitos específicos relativos al producto estudiado. En el ámbito internacional, podemos encontrar la norma “ISO 11530:1993- Road vehicles - Hydraulic jacks – Specifications”, la cual tiene como objetivo establecer los requisitos de diseño y seguridad, así como el método de prueba para lo concerniente a los gatos hidráulicos que se utilizan para cambiar ruedas de vehículos. Sin embargo, esta norma internacional no especifica lo concerniente al Procedimiento de la Evaluación de la Conformidad. Por lo tanto, es un instrumento regulatorio insuficiente para determinar si los dispositivos citados cumplen o no con los requerimientos de calidad y especificaciones técnicas.  Por lo que es necesaria la expedición de una NOM para el caso específico de gatos hidráulicos de hasta treinta toneladas, que a su vez considere y desarrolle explícitamente el PEC a fin de evaluar si estos dispositivos cumplen o no con las especificaciones determinadas en el instrumento regulatorio propuesto, a efecto de garantizar la seguridad de los usuarios y establecer obligatoriamente el PEC.

Apartado II.- Identificación de las posibles alternativas a la regulación
Alternativas#1

No emitir regulación alguna

Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#1

Esta opción no es viable debido a que hasta el momento, a pesar de que existe una Norma Oficial Mexicana relacionada con las especificaciones y requisitos mínimos que deben cumplir los gatos hidráulicos de hasta 30 toneladas, no existe un procedimiento que garantice el cumplimiento del diseño y características técnicas necesarias de los productos en estudio. Por lo que si no se emite regulación, las acciones que puedan ejercer los proveedores, fabricantes o importadores pueden ir en contra de la seguridad de los consumidores, así como en sus beneficios económicos.

Alternativas#2

Esquemas de autorregulación

Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#2

Esta opción no es viable debido a que hasta el momento, a pesar de que existe una Norma Oficial Mexicana relacionada con las especificaciones y requisitos mínimos que deben cumplir los gatos hidráulicos de hasta 30 toneladas, no existe un procedimiento que garantice el cumplimiento del diseño y características técnicas necesarias de los productos en estudio. Por lo que si no se emite regulación, las acciones que puedan ejercer los proveedores, fabricantes o importadores pueden ir en contra de la seguridad de los consumidores, así como en sus beneficios económicos.

Alternativas#3

Esquemas voluntarios

Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#3

Se evaluó la alternativa de atender la problemática a través de esquemas voluntarios, como por ejemplo, una Norma Mexicana (NMX); sin embargo, esta opción no resulta viable, ya que una de las múltiples características que identifican a una NMX es precisamente su carácter voluntario para su aplicación, y conforme a ello, si se procurara hacer cumplir las disposiciones obligatorias de una ley federal, a través de un instrumento cuyo cumplimiento es discrecional, se carecería de la fundamentación adecuada.

Alternativas#4

Incentivos económicos

Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#4

Los incentivos económicos no representan una alternativa viable debido a que la problemática planteada en la presente manifestación de impacto regulatorio no se liga con la capacidad económica de los fabricantes, comercializadores o importadores de los dispositivos en estudio: se busca, entre otras cosas, establecer un procedimiento que garantice que el diseño y especificaciones técnicas no sean discrecionales lo que puede provocar menoscabos en la seguridad de los usuarios. 

Alternativas#5

Otro tipo de regulación

Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#5

Con respecto a la alternativa de implementar otro tipo de regulación, la inclusión de este tipo de disposiciones en Reglamentos o Leyes no es conveniente, ya que estos ordenamientos jurídicos generalmente no establecen requisitos sobre especificaciones técnicas ni características para el diseño de los dispositivos mencionados.

Alternativas#6

Otras

Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#6

NA

La naturaleza obligatoria de la regulación propuesta permitirá establecer por un lado las especificaciones técnicas mínimas necesarias para el diseño y fabricación de los dispositivos señalados, y por otro lado, de establecer de manera precisa y expresa el Procedimiento de Evaluación de la Conformidad; en este sentido, se establecen las condiciones a efecto de garantizar una adecuada calidad de los productos y por consiguiente se garantiza la seguridad de los consumidores. 

Apartado III.- Impacto de la regulación
Accion#1

No Aplica

Homoclave#1
Población a la que impacta#1
Ficta#1
Plazo#1
Medio de presentación#1
Tipo#1
Vigencia#1
Justificación#1

Nombre del trámite#1
Requisitos#1
Obligaciones#1

Establecen requisitos

Justificación#1

Justificación: Se establecen las definiciones y términos que son necesarios para el correcto entendimiento de la regulación propuesta, lo anterior con el objetivo de que los sujetos regulados tengan claridad sobre los términos empleados al momento de estar sujetos al cumplimiento de la regulación.

Artículos aplicables#1

Artículos aplicables: Apartado 3 Definiciones

Obligaciones#2

Establecen requisitos

Justificación#2

Se establecen las los diferentes tipos de gatos hidráulicos de acuerdo a sus capacidades de carga, a efecto de que los sujetos obligados puedan identificar con claridad a que clases de dispositivo se debe aplicar las especificaciones. 

Artículos aplicables#2

Apartado 4 Clasificación

Obligaciones#3

Establecen restricciones

Justificación#3

Se establecen las especificaciones que de manera preventiva deberán aplicarse a los distintos tipos de gatos hidráulicos con el objetivo de garantizar que estos dispositivos cuentan con las características técnicas mínimas a efecto de salvaguardar la seguridad de los usuarios o consumidores.

Artículos aplicables#3

Apartado 5 Especificaciones

Obligaciones#4

Establecen requisitos

Justificación#4

Se establece la metodología sobre la cual deberá llevarse a cabo la toma de muestras que resulte necesaria para corroborar el cumplimiento de las especificaciones que establece la regulación propuesta.

Artículos aplicables#4

Apartado 6 Muestreo 

Obligaciones#5

Establecen requisitos

Justificación#5

Se establecen los métodos de prueba necesarios para corroborar el debido funcionamiento de los gatos hidráulicos de hasta 30 toneladas, con el objetivo de que la autoridad verificadora tenga certeza de la metodología que debe usarse.

Artículos aplicables#5

Apartado 7 Métodos de Prueba

Obligaciones#6

Establecen obligaciones

Justificación#6

Se establecen los datos mínimos que deben contener los gatos hidráulicos de hasta 30 toneladas, con el objetivo de proporcionar la información necesaria al verificador y al consumidor, de las principales características con que cuentan los dispositivos en estudio.

Artículos aplicables#6

Apartado 8. Información comercial y marcado de seguridad.

Obligaciones#7

Establecen procedimientos de evaluación de la conformidad

Justificación#7

Se determina que la evaluación de la conformidad de la regulación propuesta se deber llevar a cabo por las personas acreditadas y aprobadas o por la Secretaría de Economía en términos en lo dispuesto en la Ley Federal de Metrología y Normalización y su reglamento, de acuerdo con lo descrito en los “Procedimientos para la evaluación de la conformidad” descritos en la regulación propuesta.

Artículos aplicables#7

Apartado 9 y 10. Procedimiento de Evaluación de la conformidad.

8.1 Identifique la acción seleccionada de la lista de verificación de impacto competitivo#1

Establece normas o reglas de calidad para los productos o servicios

8.2 Indique la Acción o mecanismo regulatorio que considera podría restringir o promover la competencia y el(os) artículo(s) de la propuesta regulatoria aplicables#1

La entrada en vigor de la regulación propuesta exigirá a los importadores, comercializadores y fabricantes de gatos hidráulicos tipo botella, orientar sus acciones de acuerdo a las especificaciones planteadas en el documento normativo, lo anterior a efecto de garantizar la seguridad de los usuarios. Por lo que esta regulación no implica un obstáculo a la libre competencia, toda vez que todas y cada una de las unidades económicas relacionadas con la actividad y producto descrito, deberán cumplir con las especificaciones mencionadas

8.3 Artículos aplicables#1

Apartado 5, Especificaciones

8.4 Describa cómo esta acción puede restringir (limitar) o promover la competencia o eficiencia del mercado#1

Las condiciones y especificaciones estipuladas en el instrumento regulatorio propuesto, impedirán que las unidades económicas involucradas no distribuyan, importen o fabriquen productos sin la calidad establecida. Por lo que todos aquellos sujetos obligados que no cumplan o se conduzcan fuera de las especificaciones señaladas dentro de la norma no podrán realizar actividades propias de la industria o mercado. Por lo que esta regulación, se limita a prevenir prácticas que inciden de manera negativa en el consumidor. 

8.5 Justifique la necesidad de inclusión de la acción#1

Los consumidores y usuarios que adquieran el producto en estudio (gatos hidráulicos tipo botella de hasta 3 toneladas) tendrán la certeza de que éste cuenta con las especificaciones técnicas y de calidad estipuladas; por lo que los usuarios obtendrán la seguridad y calidad mínima requerida.

8.6 ¿Se consideró alguna otra alternativa regulatoria respecto de la acción o mecanismo regulatorio que se analiza? Señale cuál fue ésta y justifique porqué es mejor la alternativa elegida#1

Se contemplaron distintas alternativas de regulación, como las normas mexicanas, opciones de autorregulación, entre otras; sin embargo, éstos no se sujetan a las condiciones necesarias para mitigar la problemática descrita en esta Manifestación de Impacto Regulatorio. Por lo cual, se considera que la mejor opción es la propuesta de norma oficial mexicana, ya que es de carácter obligatorio y con especificaciones técnicas precisas, lo que permitirá reducir la probabilidad de dañar patrimonial o físicamente a los consumidores o usuarios de gatos hidráulicos tipo botella.

No, por tratarse de una Norma Oficial Mexicana, los esquemas que contempla la regulación impactan de la misma forma a todos aquellos importadores, comercializadores y fabricantes de gatos hidráulicos descritos en la norma dentro del territorio nacional. Los costos versan son la obtención del certificado que avala el cumplimiento de las características y especificaciones establecidas en la regulación propuesta y que sustentan la seguridad de los consumidores; estos costos son absorbidos por las unidades económicas involucradas, por lo que la regulación propuesta impacta de la misma manera en cada una de ellas. 

Grupo o industria al que le impacta la regulación#1

Los costos de la regulación impactan directamente a las unidades económicas dedicadas a importar, comercializar y fabricar gatos hidráulicos de hasta 30 toneladas.

Describa y estime los costos#1

De acuerdo con información de Organismos Nacionales de Normalización, el costo de la emisión del certificado de validez para los gatos hidráulicos en estudio, el cual tiene una vigencia por tres años, es de $37,160 pesos en promedio. En este tenor, se estimó que en el periodo 2012 a 2015 se emitieron en promedio 31 certificados; por lo que el costo total por certificación asciende a la cantidad de $1,142,680 pesos. Así mismo, se cuantificó que el precio de las pruebas de laboratorio por cada familia de dispositivos oscila entre $13,920 y $20,880 pesos, esto indica que el costo por este tipo de pruebas se cuantifica en $535,050 pesos. De esta manera, se estima que el costo total que deberán erogar las unidades económicas involucradas asciende a la cantidad de $1,677,730.25 pesos.

Grupo o industria al que le impacta la regulación#1
Grupo o industria al que le beneficia la regulación#1

Consumidores y/o usuarios de gatos hidráulicos de hasta 30 toneladas.

Describa y estime los beneficios#1

De acuerdo con información del Sistema de Información Arancelaria Vía Internet (SIAVI), se estimó que el valor de importación de gatos hidráulicos de hasta 30 toneladas, en el periodo 2011-2015, sumó en promedio la cantidad de $218,064,853 pesos, esto representa una importación de 339 mil piezas en promedio. Así mismo, como se mencionó con anterioridad, el número de piezas producidas a nivel nacional se estimó en aproximadamente 77,305 piezas (de acuerdo con datos del mercado, el precio de venta promedio de estos dispositivos es de $4,745.49 pesos) con un valor de producción de $366,847,578 pesos. Por lo que en términos agregados, la cantidad de piezas que se han comercializado, importado o fabricado asciende a la cantidad de $416,404 piezas con un valor de $584.9 millones de pesos (se consideró el valor de importación y el valor de producción a nivel nacional). Bajo este panorama, los beneficios versan precisamente sobre el valor que representa comercializar, importar y/o fabricar los gatos hidráulicos dentro del territorio nacional: si no se emite la regulación propuesta las unidades económicas dejarán de percibir beneficios por la cantidad de $584,912,431 pesos. 

Durante el periodo 2011-2015 se estimó que el valor total de los gatos hidráulicos (importados y producidos dentro de territorio nacional) es de aproximadamente $584,912,431 pesos como promedio del periodo mencionado. Así mismo, tomando en cuenta el promedio de certificados que se emitieron durante 2011-2015, se estimó que los costos totales que las unidades económicas deben erogar son aproximadamente $1,677,730.25 pesos (incluidas las pruebas de laboratorio). Por lo que se puede concluir que los beneficios netos ascienden a la cantidad de $583,234,701 pesos, mismo que representa una cantidad superior con respecto a los costos. 

Apartado IV. Cumplimiento y aplicación de la propuesta

No es necesario que se empleen recursos públicos adicionales, ya que el certificado de validez que deben tramitar las unidades económicas, a efecto de poder continuar con las actividades de producción, importación y comercialización, serán sufragados por ellas mismas. Lo anterior, permitirá que las UE se apeguen a las condiciones de diseño y calidad estipulados en la regulación propuesta, a fin de garantizar la seguridad de los usuarios. 

Apartado V. Evaluación de la propuesta

Una vez que entre en vigor la regulación propuesta, se espera que el número de solicitudes para la emisión de los certificados de validez se incremente, ya que la ser obligatorio el Procedimiento de Evaluación de la Conformidad, entonces los sujetos obligados no se conducirán con discrecionalidad sobre el cumplimiento de este procedimiento, por lo que deberán diseñar y fabricar los dispositivos de acuerdo a las características técnicas determinadas en la norma. 

Apartado VI. Consulta pública

Si

Mecanismo mediante el cual se realizó la consulta#1

Formación de grupo de trabajo/comité técnico para la elaboración conjunta del anteproyecto

Señale el nombre del particular o el grupo interesado#1

La DGN preparó un anteproyecto de modificación, mismo que se presentó para los comentarios y observaciones correspondientes.

Describa brevemente la opinión del particular o grupo interesado#1

A petición del particular, la DGN conformó el grupo de trabajo a efecto de desarrollar el anteproyecto correspondiente. Adicional a ello, se llevaron a cabo 4 reuniones de grupo de trabajo para lograr un consenso a través del cual se modificó la NOM.

Se modificó sustancialmente la NOM principalmente en lo referente a anexar y desarrollar explícita y sistemáticamente el Proceso de Evaluación de la Conformidad (PEC). 

Apartado VII. Anexos